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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2008 (11/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de julio de 2008 375951 S/. 31,607.81 (Treinta y un mil seiscientos siete y 81/100 Nuevos Soles. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios proceda a la publicación de la presente Resolución en el SEACE, así como efectuar la contratación indicada, mediante acciones inmediatas y conforme lo previsto por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará en la Unidad Orgánica, - Fuente de Financiamiento 00. Cadena de gasto 5.3.11.34. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración Documentaría realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su emisión y remita una copia de la misma y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección NacionalInstituto Nacional de Cultura 224629-2 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Guía Peruana sobre Adopción Regional o Nacional de Normas Internacionales y otros productos de la Normalización Internacional RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 093-2008/CRT-INDECOPI Lima, 25 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modifi cado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, el Sistema Peruano de Normalización, requiere para su funcionamiento armonizar los términos y defi niciones empleados en la elaboración, aprobación y difusión de las Normas Técnicas Peruanas, a fi n de facilitar el desarrollo de dichas actividades; Que, la terminología antes aludida, debe estar basada en directrices internacionales a fi n de asegurar la armonización del Sistema Peruano al Internacional; Que, a tal efecto la Guía ISO/IEC 021-2:2005 Regional or national adoption of international standards and other international deliverables. Part 2: Adoption of International Deliverables other than International Standards, de la Organización Internacional para la Normalización – ISO, establece los métodos para la adopción de normas internacionales como normas regionales o nacionales, por lo que luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su adopción como Guía Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley 25868, el Decreto Legislativo 807 y la Resolución 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 25 de junio de 2008. RESUELVE Primero.- APROBAR como Guía Peruana, la siguiente: GP-ISO/IEC 21-2:2008 ADOPCIÓN REGIONAL O NACIONAL DE NORMAS INTERNACIONALES Y OTROS PRODUCTOS DE LA NORMALIZACIÓN INTERNA-CIONAL. Parte 2: Adopción de otros documentos producto de la normalización internacional diferentes a normas internacionales. 1ª Edición Reemplaza a la GP-ISO/IEC 21:2001 Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Guía Peruana: GP-ISO/IEC 21:2001 ADOPCIÓN DE NORMAS INTERNA- CIONALES COMO NORMAS TECNICAS REGIONALES O NACIO-NALES. Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera, Jaime Miranda Sousa Díaz, Antonio Blanco Blasco y Jorge Danós Ordoñez . AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 224130-1 Se suprime la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de refrescos en polvo originarios de Chile producidos y/o exportados por Córpora Tres Montes S.A. RESOLUCIÓN Nº 093-2008/CDS-INDECOPI Lima, 1 de julio de 2008 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto el Expediente Nº 008-2002-CDS y; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Nº 086-2003/CDS- INDECOPI publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de julio de 2003, la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, dispuso declarar fundada la solicitud de la empresa Asa Alimentos S.A. y en consecuencia aplicó derechos antidumping defi nitivos de 41% sobre el valor FOB de las importaciones de refrescos Descargado desde www.elperuano.com.pe