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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de junio de 2008 374470 la defensa legal en la denuncia penal formulada en contra del Presidente del Directorio de la APN; Que, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos, mediante memorando Nº 307 de fecha 28 de mayo de 2008, ha informado que existe disponibilidad presupuestal para la referida contratación de servicios; Que, mediante Informe Legal Nº 409-2008-APN/UAJ de fecha 23 de mayo de 2008, la Unidad de Asesoría Jurídica señala que, considerando la complejidad del objeto contractual señalado, así como las características inherentes y especiales de éste, la Gerencia General coordinó con la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional sobre la posibilidad de contratar al Dr. Dino Carlos Caro Coria, quien por su notoria especialización, reconocimiento público, alta capacidad, además de su destreza, habilidad y experiencia particular en investigaciones y procesos penales, sustenta razonable e indiscutiblemente su adecuación como el proveedor esencial para satisfacer la complejidad del objeto contractual requerido, lo cual concuerda con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, en el sentido que es razonable contar con especialistas que tengan la experiencia sufi ciente, a fi n que puedan asumir la defensa legal en la denuncia penal formalizada en contra del Presidente del Directorio de la APN; Que, en el referido informe legal señala asimismo, que de conformidad a lo establecido en el inciso a) del artículo 20º del TUO de la LCAE, la exoneración de los procesos de selección de las contrataciones de servicios personalísimos se aprobarán mediante resolución del Titular del Pliego de la entidad, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, remitiéndose una copia de la misma, así como del informe técnico-legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la aprobación, de acuerdo al artículo 147º del RLCAE; Que, mediante Informe Técnico Nº 027-2008-APN/ OGA de fecha 26 de mayo de 2008, la Ofi cina General de Administración señala que la APN necesita la contratación de servicios personalísimos. Que, en razón de lo expuesto, se puede manifestar que se ha confi gurado la causal de exoneración del proceso de selección por servicios personalísimos y, de conformidad con el artículo 19º inciso f) de la LCAE, corresponde a la Presidencia del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional aprobar la referida exoneración; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 503 -115- 27/05/2008/D de fecha 27 de mayo de 2008, el Directorio de la APN aprobó la contratación de servicios profesionales especializados por la vía de la exoneración de proceso de selección del Dr. Dino Carlos Caro Coria, a efectos que el mismo asuma la defensa judicial del Presidente de Directorio en la denuncia penal antes referida; Que, el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, señala que el Presidente del Directorio ejerce la representación ofi cial de la APN y en mérito a dicha atribución es necesario aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación de servicios personalísimos a fi n que puedan asumir la defensa judicial del Presidente del Directorio de la APN; Que, en vista de los considerandos antes expuestos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación directa del Dr. Dino Carlos Caro Coria a efectos que el mismo asuma la defensa en las investigaciones y proceso penal que se origine por la formalización de la denuncia penal presentada por la Fiscal Provincial Penal de la Octava Fiscalía Provincial Penal del Callao, Elsa Benaducci Ugaz, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Delito Cometido por Funcionario Público – Retardo de Actos Ofi ciales en agravio del Estado. Artículo 2º.- Autorizar a la Ofi cina General de Administración para que formalice la contratación del servicio exonerado, según lo previsto en el artículo 148º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que se sujetará a lo siguiente: a. Tipo de contrato: Serviciob. Descripción del servicio a contratar: El contratista brindará servicios en la especialidad de derecho penal, para que asuma la defensa legal del Presidente del Directorio de la APN. c. Valor referencial: El costo del servicio será de un honorario inicial de S/. 20,680.00 (Veinte Mil Seiscientos Ochenta con 00/100 Nuevos Soles), monto que incluye todos los tributos y gastos correspondientes y de S/. 13,200.00 (Trece Mil Doscientos con 00/100 Nuevos Soles) como honorario de éxito si se archiva el caso vía Auto de No Ha Lugar de Apertura de Instrucción, excepción de Naturaleza de Acción o sentencia absolutoria del Juzgado Penal, monto que incluye todos los tributos y gastos correspondientes. La estructura de pagos será la siguiente:El pago del honorario inicial de S/. 20,680.00 se efectuará previa presentación del Primer Informe de Conformidad de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional. El pago devengado como honorario de éxito de S/. 13,200.00 se efectuará previa presentación del segundo y último Informe de Conformidad de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional. d. Fuente de fi nanciamiento: Recursos directamente recaudados. e. Plazo de contratación: El asesoramiento se efectuará durante el tiempo que duren las investigaciones y proceso penal que se origine por la referida denuncia. f. Dependencia encargada de realizar la contratación: La presente contratación, objeto de exoneración, deberá ser realizada por la Ofi cina General de Administración de la Autoridad Portuaria Nacional. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración remita copia de la presente resolución y de los informes Técnico y Legal que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, debiendo publicar asimismo esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y publíquese.FRANK BOYLE ALVARADO Presidente del DirectorioAutoridad Portuaria Nacional 216060-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan a vocal y al Jefe del Gabinete Técnico de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial para participar en el III Encuentro Internacional de Redes de EUROsociAL, a realizarse en México RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 154-2008-CE-PJ Lima, 10 de junio de 2008VISTA:La Carta cursada por la Coordinadora Ejecutiva de EUROsociAL Justicia; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, la Coordinadora Ejecutiva de EUROsociAL Justicia ha cursado invitación al doctor Francisco Távara Descargado desde www.elperuano.com.pe