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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (21/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de junio de 2008 374476 VISTA: La solicitud de autorización presentada por la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa - EDPYME ALTERNATIVA a esta Superintendencia con fecha 27 de mayo de 2008, para la apertura de una Agencia ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, la EDPYME ALTERNATIVA en Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 30.4.08, aprobó la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación pertinente conforme lo establece la normativa vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “C” mediante Informe Nº 158-2008-DEM “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME ALTERNATIVA la apertura de una (1) agencia ubicada en la avenida Túpac Amaru Nº 1280 - Segundo piso, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 215464-1 Autorizan al Banco de Comercio la apertura de oficina especial de carácter temporal ubicada en las instalaciones del Centro Naval del Perú - Sede San Borja, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2227-2008 Lima, 17 de junio del 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco de Comercio para que se rectifi que el tipo de ofi cina especial de permanente a temporal para realizar operaciones el 11 de junio de 2008, a ser ubicada dentro de las instalaciones del Centro Naval del Perú - Sede San Borja, sito en la avenida San Luis s/n, distrito San Borja, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 1995-2008 de fecha 6 de junio de 2008 se autorizó al Banco de Comercio la apertura de una ofi cina especial de carácter permanente a ser ubicada dentro de las instalaciones del Centro Naval del Perú - Sede San Borja, sito en la avenida San Luis s/n, distrito San Borja, provincia y departamento de Lima; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 1995- 2008 de fecha 6 de junio de 2008 mediante la cual se autorizó al Banco de Comercio la apertura de una ofi cina especial de carácter permanente en la dirección indicada. Artículo Segundo.- Autorizar, en vía de regularización, al Banco de Comercio la apertura de una ofi cina especial de carácter temporal ubicada dentro de las instalaciones del Centro Naval del Perú - Sede San Borja, sito en la avenida San Luis s/n, distrito San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 215492-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de estudio de abogados para prestar servicio de asesoría legal especializada en derecho laboral y previsional RESOLUCIÓN SBS Nº 2252-2008 San Isidro, 17 de junio de 2008EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTO:Lo señalado en el Informe Técnico N° 023-2008-RR.HH. de fecha 28 de abril de 2008, del Departamento de Recursos Humanos; y lo indicado por el Informe Nº 048-2008-DL de fecha 04 de junio de 2008, del Departamento de Logística y por el Informe N° 029-2008-SAAJ de fecha 6 de junio de 2008, de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Departamento de Recursos Humanos mediante Informe Técnico N° 023-2008-RRHH, señala que para el desempeño adecuado de sus labores se requiere contratar los servicios de una asesoría legal especializada en materia de derecho laboral y previsional, toda vez que constantemente se vienen produciendo diferentes cambios e innovaciones en la legislación y jurisprudencia laboral y pensionaria, así como en las normas legales provenientes del Gobierno Central en dichas materias, las cuales tienen repercusión en la gestión de los procesos de los recursos humanos de la Institución, tales como el Cuadro Institucional de Asignación de Personal (CIAP), modifi caciones o sentencia relativas a los Decretos Leyes N°s. 19990 y 20530, políticas o escalas remunerativas, entre otros; Que, en tal sentido, mediante el referido Informe el Departamento de Recursos Humanos solicita la contratación del servicio de asesoría legal especializada en materias de derecho laboral y previsional para la SBS, tomando en consideración que a la fecha esta Superintendencia viene atendiendo demandas laborales y previsionales relacionadas con sus ex trabajadores y pensionistas; manifestando que para el desempeño de esta labor se requiere que el proveedor a contratar no solo reúna los requisitos idóneos para la realización del servicio, sino además genere en esta Superintendencia la confi anza sufi ciente para brindarle la información de tipo confi dencial a la cual tendrá acceso; proponiendo para los efectos la contratación del Estudio Miranda & Amado Abogados S. Civil de R.L. debido a su especialización en la materia, su experiencia y prestigio a nivel nacional, así como la calidad y destreza de los profesionales que lo integran, toda vez que el Estudio cuenta con un equipo de profesionales altamente especializado en materia laboral que combinan conocimientos y experiencia en materia legal, laboral, tributario-laboral, gestión humana y manejo de confl ictos, además de contar con una alta formación académica, experiencia docente -profesores en las principales universidades del país- y un enfoque interdisciplinario debido a las especializaciones estudios de post grado en MBA, Recursos Humanos, Constitucional, entre otros-; lo cual ofrece la garantía de contar con un servicio altamente califi cado y serio que vele efi ciente y Descargado desde www.elperuano.com.pe