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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368865 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Cajamarca, La Libertad, Junín y Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 468-2008 Lima, 29 de febrero de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de cuatro (4) agencias de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las cuatro (4) agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B” mediante los Informes Nºs. 029-2008-DEB “B”, 030-2008-DEB “B”, 031-2008-DEB “B”, 032-2008-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resoluciones SBS Nºs. 1096-2005 y 403-2008; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. la apertura de cuatro (4) agencias ubicadas en: - Av. Hoyos Rubios Nº 373 esquina con Calle Manuel Seoane, distrito, provincia y departamento de Cajamarca; - Pueblo Joven La Esperanza, Sector Central, Barrio 3, Mz. 24, Lote 15 (Av. José Gabriel Condorcanqui Nº 1220), distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; - Jr. Lima Nº 620-636-638-648, distrito y provincia de Tarma, y departamento de Junín; - Av. Cayetano Heredia Nº 503-505 y Av. Guardia Civil (Dpto. A, Primera Planta, Mz. Q, Lote 14, Tienda A2 y A3), urbanización Mirafl ores, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 175490-1 Exoneran de proceso de selección la contratación del Grupo RPP S.A. para que preste servicio de publicidad en medios radiales para la SBS RESOLUCIÓN SBS Nº 558-2008 San Isidro, 12 de marzo de 2008.EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTO:El Memorándum N° 020-2008-UCII de fecha 12 de febrero de 2008, mediante el cual la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional solicita se realicen las gestiones correspondientes para la suscripción de un contrato con el grupo RPP, así como los Informes Nº 013-2008-DL, emitido por el Departamento de Logística, el Informe N° 243-2008-LEG de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y el Informe N° 02-2008-UCII de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional. CONSIDERANDO:Que, mediante Memorándum N° 020-2008-UCII de fecha 12 de febrero de 2008, la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional solicita se realicen las gestiones correspondientes para la suscripción de un contrato con el grupo RPP, por el período de un año, a fi n que preste el servicio de publicidad en medios radiales para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, señalando a su vez, mediante Informe Nº 002-2008-OCII de fecha 13 de febrero de 2008, que es necesario que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones continúe con la contratación de avisos en radio en el Grupo RPP para ser utilizados como menciones, propuesta que busca lograr un mayor alcance y efectividad, así como permitir el acceso de modo permanente a canales externos de comunicación a través de los cuales poder realizar difusión e informar a los usuarios de los tres sistemas que supervisa esta Superintendencia; Que, para el presente año se propone que se continúe utilizando el medio radial por su gran poder comunicativo, mediante la contratación de avisos publicitarios que puedan ser utilizados para transmitir información puntual y utilitaria al público, además de hacerse las recomendaciones a los usuarios de los sistemas supervisados para la seguridad en el manejo de las operaciones, el anuncio de importantes novedades en materia normativa, los pasos a seguir para realizar consultas, denuncias y reclamos y la promoción de los canales informativos que ofrece la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones como es su página Web, entre otros; Que, luego de realizada la evaluación de mercado de emisoras radiales, se determinó que las empresas encargadas de brindar los servicios, no sólo deberían tener un buen nivel de llegada al público sino también deberían ofrecer el tipo de programación que se ajustara adecuadamente a la naturaleza de la información a difundir. Asimismo, al ser la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones una entidad pública, el medio a elegir deberá ser de carácter informativo más que musical y cuyo posicionamiento en el mercado se caracterice por su seriedad, confi abilidad y alta credibilidad; Que, de acuerdo a lo señalado precedentemente, es de interés de esta Superintendencia continuar con los servicios que brinda el Grupo RPP. Al respecto, el costo por segundo incluido IGV, en cada medio radial del Grupo RPP sería según se detalla a continuación: Aviso RotativoMedio RadialCosto por segundo S/.Duración del Aviso LimaRPP Noticias 22.05 De 15 a 20 segundos Felicidad 8.20 De 15 a 20 segundos Studio 92 6.21 De 15 a 20 segundos Corazón 5.65 De 15 a 20 segundos Oxígeno 6.43 De 15 a 20 segundos La Mega 6.21 De 15 a 20 segundos NacionalRPP Noticias 33.92 De 15 a 20 segundos Felicidad 10.95 De 15 a 20 segundos Studio 92 8.27 De 15 a 20 segundos La Mega 8.27 De 15 a 20 segundos