Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2008 (20/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de marzo de 2008

y registradas (homologadas) por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. Articulo 3°.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley N° 27153 y normas modificatorias, todos los requisitos y condiciones que sirvieron de base para la presente autorizacion deben mantenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorizacion concedida y disponerse la clausura del establecimiento destinado a la explotacion de maquinas tragamonedas. Articulo 4°.- De conformidad con lo establecido en el articulo 7° del citado cuerpo legal, los titulares de una autorizacion de explotacion concedida por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificacion, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de la licencia municipal a que hubiere lugar. Articulo 5°.- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el Tribunal Constitucional (Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), la misma que bajo responsabilidad constituye precedente vinculante para todos los poderes publicos, los explotadores de juegos de casino y maquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del Impuesto a los Juegos como consecuencia de la actividad comercial que desarrollan. Articulo 6º.- La Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorizacion en caso verificarse que las condiciones economico-financieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos. Articulo 7°.- De conformidad con lo previsto en el articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 8°.- En observancia de lo dispuesto en el articulo 12° de la Directiva 001-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 382007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera la informacion y/o documentacion economica financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales y/o juridicas que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

009-2002-MINCETUR, se MORDAZA la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, el articulo 33º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, establece los requisitos que deben cumplir los solicitantes, asi como la informacion que deben proporcionar a fin de obtener su inscripcion en el registro de fabricantes de maquinas tragamonedas; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 33º, literal f) del º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, los interesados deben presentar la documentacion sustentatoria con la que se acredite la condicion de fabricante de maquinas tragamonedas; Que, mediante Expediente Nº 002220-2007-MINCETUR, de fecha 06.08.2007, de conformidad con el articulo 41º, numeral 41.1.2, de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", la solicitante presenta los documentos de identificacion de los representantes de la solicitante, MORDAZA de las Escrituras Publicas donde consta el poder de los representantes legales, MORDAZA de la Partida Registral Nº 11373676, Asiento A00002 y Asiento A00003, de Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, la copia: "Manufacturer of Gaming Devices or Equipment", del ano 2007 otorgada al fabricante WMS Gaming Inc, por el Estado de MORDAZA (EE. UU), entre otra documentacion tecnica sustentatoria que acredita su condicion de fabricante; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada por la solicitante, se advierte que la empresa solicitante es un fabricante internacional de maquinas tragamonedas que desarrolla su actividad en Estados Unidos de America; Que, la acreditacion de la representacion legal de la solicitante se acredita mediante la MORDAZA de la Partida Registral Nº 11373676, Asiento A00002 y Asiento A00003, de Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, donde constan las facultades de representacion de los Srs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Salat Munoz, identificados con D.N.I. Nº 10805032 y Pasaporte espanol Nº AA440005, respectivamente; Que, si bien la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas no autoriza ni certifica labores de fabricacion de maquinas tragamonedas ni garantiza la calidad o procedencia de los componentes utilizados, resulta de su competencia evaluar las solicitudes de inscripcion en el mencionado Registro y establecer los criterios a seguir para determinar la procedencia de las mismas; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, el MORDAZA del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0062005-MINCETUR y la Ley Nº 27444 "Ley de Procedimiento Administrativo General", estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 868-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la inscripcion en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas a la empresa WMS Gaming Inc, (EE.UU), segun el siguiente detalle:
Nº de Registro MORDAZA de Origen F014 EE.UU

Nombre del Fabricante WMS Gaming Inc Lugar donde desarrolla 800 S. Northpoint Boulevard Waukegan, su actividad Illinois 60085 Estados Unidos de MORDAZA Identificacion de los Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representantes legales D.N.I. 10805832 Sr. MORDAZA Salat Munoz Pasaporte espanol Nº AA440005

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Renuevan inscripcion de la empresa WMS Gaming Inc. en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1049-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT
MORDAZA, 28 de setiembre de 2007 Visto, el Expediente Nº 002220-2007-MINCETUR, de fecha 06.08.2007, presentado por la empresa WMS GAMING INC, en el que solicita su renovacion de inscripcion en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº

Articulo 2º.- Cualquier variacion de los datos del fabricante contenidos en el articulo 1º de la presente resolucion, implicara la modificacion de la misma. Articulo 3º.- De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, el plazo de vigencia de la presente inscripcion es de dos (02) anos. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

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