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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369143 pesquera “COQUI IV-VI”, el día 1 de noviembre de 2006; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 820-2006 DE/ SG de fecha 14 de agosto de 2006, se actualizó la relación de bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales que realizan las Dependencias y/o Unidades de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, considerándose a la Base Naval de Chimbote en el Ítem 58 (Actividad: Servicios de Muelle); Que, la Comandancia de la Base Naval de Chimbote, ha cursado comunicaciones vía Carta Notarial a la referida empresa, requiriéndose el cumplimiento de su obligación, sin haber obtenido resultado favorable para la Institución; Que, el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a Ley; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17767, Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado y su modifi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Marina de Guerra del Perú, para iniciar, continuar y culminar las acciones legales correspondientes contra la Empresa Pesquera “ISA S.R.L.” y su representante señor Jorge QUIROZ Strohmeier, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 178589-3 Designan Secretario del Consejo Nacional de Calificación de Acciones Heroicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2008-DE/SG Lima, 19 de marzo de 2008 CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26841 del 17 julio 1997, se crea el “Consejo Nacional de Califi cación de Acciones Heroicas”, dependiente del Ministerio de Defensa, que se encargará de califi car y de proponer al Poder Ejecutivo el otorgamiento del título honorífi co de Héroe Nacional que será otorgado por Ley expresa; el mismo que esta integrado por: los titulares de Defensa quien lo presidirá, Interior, Educación, Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Asamblea Nacional de Rectores; Que, el Artículo 6º del Reglamento del Consejo Nacional de “Califi cación de Acciones Heroicas”, aprobado por D.S. Nº 049-DE-SG del 15 Oct de 1999, establece que dicho Consejo contará con el apoyo técnico de un Secretario y un Asesor Legal, los que serán designados por el Presidente de dicho Consejo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 295-2007 DE/ SG del 27 de abril 2007, se designa al Contralmirante AP Ernesto LERMO RENGIFO, como Secretario y al Doctor Arturo DELGADO VIZCARRA como Asesor Legal del Consejo Nacional de Califi cación de Acciones Heroicas; Que, con fecha 1 de enero 2008, el señor Contralmirante AP Ernesto LERMO RENGIFO, ha sido cambiado de colocación; por lo que resulta necesario designar un nuevo Secretario del Consejo Nacional de Califi cación de Acciones Heroicas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594 del 14 diciembre 2001, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios Públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Mayor General FAP Juan Víctor RODRÍGUEZ CHIRINOS, como Secretario del Consejo Nacional de Califi cación de Acciones Heroicas, en reemplazo del señor Contralmirante AP Ernesto LERMO RENGIFO, quedando subsistente la designación del señor Doctor Arturo DELGADO VIZCARRA como Asesor Legal de dicho Consejo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 178589-4 ECONOMIA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF , aplicable a la importación de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 006-2008-EF/15.01 Lima, 19 de marzo de 2008 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 086-2007-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo Nº 121-2006-EF y la Tabla Aduanera del Maíz aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF, tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, por Decreto Supremo Nº 133-2007-EF se sustituyó la Tabla Aduanera de Lácteos aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y se dispuso que tenga vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2008-EF se sustituyó la Tabla Aduanera del Maíz aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF y se dispuso que tenga vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de marzo de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------------- Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo--------------------------------------------------------------------------------------------Del 1/3/2008 257 392 600 4 612al 15/3/2008-------------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA SOLEDAD GUIULFO SUAREZ-DURAND Viceministro de Economía 178643-1