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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369144 Establecen monto aprobado de la previsión presupuestaria correspondiente al mes de abril, como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre del año fiscal 2008 para los pliegos del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 017-2008-EF/76.01 Lima, 17 de marzo de 2008 CONSIDERANDO :Que, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, ha establecido en su Cuadragésima Segunda Disposición Final que la aprobación del Calendario de Compromisos se sujeta a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada que aprueba la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, la actual coyuntura económica internacional ha motivado a que el Ministerio de Economía y Finanzas apruebe un conjunto de medidas de orden fi scal que deben ser complementadas con la determinación de los montos a ejecutar en bienes y servicios, vía Calendario de Compromisos, por parte de los pliegos presupuestarios durante el Segundo Trimestre del año fi scal 2008, buscando generar una menor presión de gasto en dichos rubros y la factibilidad de contar con la disponibilidad de recursos ante situaciones que ameriten asegurar el mantenimiento en gastos principalmente de orden social; Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3º literal f) de la Ley Nº 29144 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º literal d) de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se considera necesario asignar la previsión presupuestaria correspondiente al mes de abril, como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre, para los pliegos del Gobierno Nacional y los pliegos del Gobierno Regional, a nivel de Pliego, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto y por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, según corresponda; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º literal d) de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, según el artículo 13º de la Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 3º literal f) de la Ley Nº 29144 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer, excepcionalmente, el monto aprobado de la previsión presupuestaria correspondiente al mes de abril, como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre del año fi scal 2008 para los pliegos del Gobierno Nacional y pliegos del Gobierno Regional, ascendente a la suma de TRES MIL DOCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 012 267 274,00 ), por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, de acuerdo al detalle que fi gura en el Anexo de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- La previsión presupuestaria aprobada para el mes de abril no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes, ni constituye sustento legal ni técnico para autorizar gastos que no cuenten con la base legal respectiva. Artículo 3º.- Fijar las fechas de aprobación de la previsión presupuestaria de los meses de mayo y junio, que forman parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre, para los pliegos del Gobierno Nacional y pliegos del Gobierno Regional, de acuerdo a lo siguiente: Gobierno Nacional y Gobierno RegionalPlazos Previsión Presupuestaria para el mes de Mayo – Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre.Hasta el 17 de abril de 2008. Previsión Presupuestaria para el mes de Junio - Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre. Hasta el 19 de mayo de 2008. Artículo 4º.- Disponer que, dentro de los cinco (5) primeros días del Tercer Trimestre, se publica la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre que, de manera agregada, recoge los meses de Abril, Mayo y Junio, incluyendo sus ampliaciones, de ser el caso. Artículo 5º.- Dejar en suspenso las disposiciones de la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01 – “La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) y la aprobación de Calendario de Compromisos para el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales”, que se opongan a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público LEY Nº 29142 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2008 ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 017-2008-EF/76.01 PREVISIÓN PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA PPTM - ABRIL DEL AÑO FISCAL 2008 ( EN NUEVOS SOLES ) FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS GOBIERNO NACIONAL ABRIL GASTOS CORRIENTES 1 762 521 490 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 628 685 573 OBLIGACIONES PREVISIONALES 407 627 006BIENES Y SERVICIOS 386 967 415OTROS GASTOS CORRIENTES 339 241 496 GASTOS DE CAPITAL 480 227 782 INVERSIONES 348 757 063 INVERSIONES FINANCIERAS 296 130 OTROS GASTOS DE CAPITAL 131 174 589 TOTAL 2 242 749 272