Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369261

Articulo Segundo.Las caracteristicas de los Sublotes resultantes A, A-1, A-2, A-3 y A-4 figuran en los planos y memoria descriptiva anexos, que forman parte de la presente Resolucion debidamente visados. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano , que corre a cargo de los recurrentes, el cual debe efectuarse dentro de 30 dias a partir de su notificacion. Articulo Cuarto.- Transcribase esta Resolucion al Servicio de Parques de la municipalidad metropolitana de MORDAZA, para la revision de los aportes que corresponda, asimismo, a la oficina registral de MORDAZA y Callao, para la inscripcion inmobiliaria que corresponde. Articulo Quinto.- encargar el cumplimiento de la presente determinacion a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y a la subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Desarrollo MORDAZA y Transporte 177312-1

Articulo Segundo.- ESTABLECER que los contribuyentes que se presenten al Primer Matrimonio Civil Comunitario, no abonen pago por Apertura de Expediente Matrimonial, el pago por el derecho a Matrimonio Comunitario se encuentra establecido en el MORDAZA por el monto de S/. Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50.00). Articulo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberan presentar los siguientes documentos: - Partida de Nacimiento certificada ( de ambos) - MORDAZA autenticada por el fedatario de la Municipalidad del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente, con la MORDAZA del ultimo sufragio, o en su caso del CIP, Pasaporte o Carne de Extranjeria, debiendo mostrar los originales. - Una fotografia tamano carne o pasaporte de cada contrayente - Certificado medico prenupcial extendido por el area de salud - Declaracion Jurada de residir en el distrito, adjuntando MORDAZA de recibo de agua, telefono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) anos, los cuales deberan portar su documento de identidad original, adjuntando copias autenticadas por el fedatario de la Municipalidad. * Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar en este PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008, deberan cumplir con presentar la documentacion adicional, segun sea el caso. * El plazo limite para presentar el expediente matrimonial sera hasta el 29 de marzo del 2008. Articulo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunitario de la publicacion de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio de que la Municipalidad proceda a efectuar la difusion y publicacion que corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Servicios Comunales, Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio y Secretaria General de esta Municipalidad, quienes deberan realizar las acciones necesarias para cumplir con los fines encargados. Registrese, Publiquese, Comuniquese y Cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 178284-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Autorizan celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2008
ORDENANZA MUNICIPAL N° 174/ML Lurin, 07 de marzo del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Extraordinaria del 06 de marzo del 2008, el dictamen de la Comision de Asuntos Sociales y Desarrollo Humano, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2008. CONSIDERANDO.Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales en materia de poblacion y participacion vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestacion de los servicios publicos esenciales, como es el caso del Registro Civil. Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brinda facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Familiar como celula basica de la sociedad. Que, dentro de ese contexto, la Subgerencia de Registro Civil mediante el Informe Nº 012-2008-SGRCCGSC/ML a traves de la Gerencia de Servicios Comunales mediante el Informe Nº 018-2008-GSC/ML de fecha 28 de febrero del 2008, propone la realizacion del "Primer Matrimonio Civil Comunitario 2008", y; Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad, con dispensa de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008 Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008", el mismo que se realizara el dia 19 de MORDAZA del 2008 en la Plaza de MORDAZA de Lurin.

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Declaran a predio ubicado en la Av. Del Ejercito como predio tugurizado
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 054-2008-ALC/MM Miraflores, 15 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece

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