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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2008 (21/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de marzo de 2008 369251 De conformidad a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al TUO de la misma, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, así como a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; a la facultad delegada por Resolución Nº 201-2007-SUNARP/SN y al literal m) del artículo 14º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Registrador Público Javier Eduardo Gómez de la Torre Briceño, como funcionario responsable de brindar información que se solicite en el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al TUO de la misma, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, así como a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en la Oficina Registral del Callao de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AGUILAR BERMÚDEZ Gerente GeneralSUNARP 178125-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS CHAVIN S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 012-2008-SUNASS-CD Lima, 17 de marzo de 2008VISTOS:La Resolución Nº 005-2007-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín Sociedad Anónima, EPS Chavín S.A., conforme a lo establecido en el artículo 20º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD; El Memorándum Nº 044-2008-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario fi nal, que contiene la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 005-2007-SUNASS- GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el quinquenio 2008-2012, conforme a lo establecido en el artículo 20º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007- SUNASS-CD; Que, mediante Memorándum Nº 173-2007- SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio;Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 065-2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 7 de diciembre de 2007 se realizó la audiencia pública en la cual SUNASS sustentó la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EPS CHAVÍN S.A.; Que, mediante Memorándum Nº 044-2008-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluación de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública; así como la propuesta fi nal de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio; Que, conforme al artículo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestión para la citada EPS; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo Nº 005-2008-SUNASS: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín Sociedad Anónima, EPS CHAVÍN S.A. para el próximo quinquenio, las cuales se encuentran contenidas en el anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la creación de un fondo exclusivo para fi nanciar las inversiones con recursos propios que forman parte de la fórmula tarifaria y estructuras tarifarias aprobadas por la SUNASS, que sólo podrá ser utilizado para tales fi nes y el cual se regirá por lo establecido en el artículo 31º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. Para constituir dicho fondo, EPS CHAVÍN S.A. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del período quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y servicios colaterales señalados en el Cuadro Nº 1. CUADRO Nº 1 FONDO EXCLUSIVO DE INVERSIÓN Período Porcentaje de los Ingresos (1) Año 1 32,6%Año 2 18,0% Año 3 22,9% Año 4 34,0%Año 5 29,9% (1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales. Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fines distintos a los establecidos en la presente Resolución, la Superintendencia comunicará el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República para la determinación de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Artículo 3º.- Aprobar los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las metas de gestión e incrementos tarifarios de EPS CHAVÍN S.A., los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la aplicación de las estructuras tarifarias establecida en el Anexo Nº 1 a partir del siguiente ciclo de lectura, posterior a la publicación de la presente Resolución.