Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

369258

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Disponen clausura de relleno sanitario municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 075-2008-A/MDA Ancon, 27 de febrero de 2008 VISTOS: El Expediente Nº 1866-2007 del 1 de junio de 2007 y la Carta Notarial del 19 de MORDAZA de 2007, presentados por el Comite de Defensa del Medio Ambiente y la Salud de Ancon (CODEMEASAN); Informe Nº 215-2007-OAJ/MDA del 21 de diciembre de 2007 de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 1032-2007-DSCMA/GDS/MDA del 14 de diciembre de 2007 de la Division de Servicios Comunales y Medio Ambiente; Informe Nº 101-2007/STODC-MDA del 27 de diciembre de 2007 de la Secretaria Tecnica del Comite Distrital de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Ancon; Informe Nº 002-2008INDECI/10.2 del 07 de enero del 2008 de la Unidad de Estudios y Evaluacion del Riesgo de la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil; Ordenanza Nº 1018 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que regula el reajuste integral de la zonificacion de los usos de suelo del distrito de Ancon; CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Nº 1866-2007 del 01 de junio de 2007 y la Carta Notarial del 19 de MORDAZA de 2007, el Comite de Defensa del Medio Ambiente y la Salud de Ancon (CODEMEASAN), interpone denuncia ante la Municipalidad Distrital de Ancon y solicita la clausura del relleno sanitario municipal de Ancon ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, porque su presencia en la proximidad de la poblacion viene generando afecciones respiratorias, a la piel y reacciones alergicas sobre todo entre los menores de edad y atenta contra el medio ambiente , alegando ademas la existencia de numerosos informes del sector salud que hacen referencia al continuo mal manejo del relleno sanitario, filtracion de lixiviados a la MORDAZA freatica, mal manejo operativo y contravencion de las normas tecnicas y legales que regulan el funcionamiento de dicho establecimiento; Que, el Gobierno Central ha proyectado en la MORDAZA de "Piedras Gordas", adyacente al relleno sanitario municipal de Ancon, la construccion de MORDAZA de viviendas de uso popular, cuyo medio ambiente y aprovisionamiento de agua potable para las futuras generaciones de pobladores de Ancon se encuentra en inminente peligro de contaminacion; Que, el Informe Nº 1032-2007-DSCMA/GDS/MDA del 14 de diciembre de 2007 de la Division de Servicios Comunales y Medio Ambiente, respecto de la inspeccion ocular efectuada en el lugar del relleno sanitario de Ancon senala que este viene desarrollandose en areas distintas y mayores a las autorizadas en el convenio suscrito entre la Municipalidad Distrital de Ancon y la empresa CASREN, para su administracion, y ademas difiere de las areas declaradas para sustentar el Estudio de Impacto Ambiental aprobado por el Ministerio de Salud. Asimismo, se ha constatado la construccion de edificaciones e infraestructuras no autorizadas en el citado convenio que ademas carecen de las licencias de construccion correspondientes y del certificado de conformidad expedido por el Comite de Defensa Civil, senalado en el Articulo 92º de la Ley Organica de Municipalidades. Tambien se ha constatado la inexistencia de barreras sanitarias que impidan que el mal olor se dirija a las poblaciones mas cercanas, contaminando ademas el medio ambiente; Que, se ha constatado la existencia de cientos de vectores y olores nauseabundos en el interior del asentamiento humano "Senor de Los Milagros", "Calichera", "Jazmines" y "Las Palmeras" ubicados en las inmediaciones del relleno sanitario, malos olores procedentes del citado establecimiento que atentan

contra el bienestar del vecindario y ponen en grave peligro la salud de MORDAZA de pobladores del distrito de Ancon ante la inminente transmision de enfermedades infecto contagiosas que produce la descarga diaria de MORDAZA de toneladas de basura en el interior del relleno sanitario y la presencia de MORDAZA de toneladas de basura al aire libre debido a un mal manejo y falta de cobertura de los residuos solidos, cuyos vahos se proyectan a todo el distrito; Que, la presencia de malos olores y vectores en la poblacion, ha sido corroborado por el Instituto de Defensa Civil, a traves de la Unidad de Estudios y Evaluacion del Riesgo de la Direccion Nacional de Prevencion, al senalar mediante el Informe Nº 002-2008-INDECI/10.2, del 07 de enero del 2008, que participo en una inspeccion al Relleno Sanitario en cuestion el pasado 27 de diciembre de 2007, comprobandose que efectivamente los malos olores se perciben a mas de cien metros aproximadamente de la entrada del citado relleno, asimismo se aprecio la existencia de moscas (vectores) que vienen originando malestar en la poblacion que se encuentra en los alrededores del relleno sanitario. Asimismo, el citado documento hace referencia al Informe Nº.103-PSAB/ DESA-DISA-III-LIMA de la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental del Ministerio de Salud al senalar que la MORDAZA sanitaria existente en el lugar, no estaria asegurando el control de los olores hacia la poblacion cercana, debido al comportamiento de los vientos, puesto que en la MORDAZA se presentan cambios de direccion de vientos. Segun el Instituto Nacional de Defensa Civil, esa situacion en modo alguno no ha variado a la fecha ya que el cerco existente, de alambres con pequena vegetacion (que se encuentra en la MORDAZA perimetrica), no garantiza de modo alguno una MORDAZA adecuada de los malos olores que se sienten en la MORDAZA adyacente del relleno. Finalmente, senalan que en el documento de la DESA se da cuenta de "la existencia de agua subterranea que estaria siendo contaminada por el relleno sanitario ubicado a la altura del ingreso de la IDF-RS Ancon, que no cuenta con la cobertura adecuada, de ser este el caso se deben de tomar las acciones de prevencion, para evitar que esta agua sea contaminada, considerando que esta MORDAZA esta considerada como de expansion urbana"; Que, el Articulo 69º del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos establece que la distancia que debe existir entre un relleno sanitario y la poblacion debe de ser de mas de 1000 metros; asimismo el referido Articulo establece la obligatoriedad de contar con una MORDAZA natural o artificial, hecho que no se cumple en el presente caso, contraviniendo lo dispuesto en la citada norma; Que, mediante Informe Nº 215-2007-OAJ/MDA del 21 de diciembre de 2007, la Oficina de Asesoria Juridica indica que, conforme se desprende del Examen Especial Nº 0652002-CG-LR de la Contraloria General de la Republica, que tiene la calidad de prueba PRE CONSTITUIDA, el funcionamiento del relleno sanitario municipal de Ancon en el Km.45.5 de la Panamericana Norte frente a la poblacion del distrito, fue autorizado por dos convenios que a su vez devienen de una adjudicacion directa por invitacion en un periodo de urgencia y/o emergencia declarado por la Municipalidad Distrital de Ancon mediante Acuerdo de Concejo Nº 080 del 05 de agosto de 1999 y la Ordenanza 015-A-99-MDA, situacion temporal que de acuerdo a la Ley no puede prolongarse indefinidamente, mas aun si a la fecha se han subsanado los motivos que dieron lugar a la declaratoria de emergencia, venciendo ademas el plazo del convenio y cambiado la zonificacion del lugar; Que, el primer convenio de fecha 21 de agosto de 1999, celebrado entre la Municipalidad de Ancon y la empresa CASREN EIRL denominado "Convenio para la implementacion, obtencion de autorizacion de Funcionamiento, y administracion del micro relleno sanitario de Ancon" fue resuelto mediante acuerdo tomado en sesion de Concejo de fecha 29 de septiembre del 2000, por incumplimiento del pago de comisiones del 15% correspondiente a la venta de servicios a terceros en el relleno sanitario; Que, el MORDAZA convenio, suscrito en 24 de MORDAZA de 2000, denominado "Convenio de Gestion, Cooperacion Implementacion y Aprobacion para el Reaprovechamiento, Tratamiento y disposicion Final de Residuos Solidos", fue suscrito por el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la empresa CASREN EIRL, sin la aprobacion del Concejo Distrital,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.