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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de marzo de 2008 369259 como una ampliación del primer convenio, mediante el cual la empresa se compromete a gestionar ante el Ejército Peruano un área de terreno de 64.229 has, ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, en favor de la Municipalidad Distrital de Ancón para operar un primer relleno sanitario municipal, que por su cercanía a la población debía ser cerrado indefectiblemente el 31 de diciembre del año 2002, asimismo, gestionar un área de 400 has. para implementar un segundo relleno sanitario municipal; Que, el 04 de abril del 2001, se fi rma el Convenio de Constitución de Derecho Real de Superfi cie entre el Ejército Peruano y la Municipalidad Distrital de Ancón, mediante el cual el Ejército constituye derecho real de superfi cie sobre un área de 464.229 has, dividido en dos terrenos, el primero de 64.229 has ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte donde debía funcionar por el periodo de emergencia un relleno sanitario municipal hasta el día 31 de diciembre del 2002 y el segundo de 400 Has. ubicado en la quebrada de Los Inocente, altura del Km. 52 de la Panamericana Norte, donde se establecería el nuevo relleno sanitario municipal de Ancón, a partir del 1 de enero del año 2003 hasta el 4 de abril del año 2011; Que, mediante Carta Notarial de fecha 28 de marzo del año 2006, la Municipalidad de Ancón resolvió el segundo convenio fi rmado por el ex Alcalde Miguel Ortecho y la empresa CASREN E.I.RL., denominado “Convenio de Gestión Cooperación, Implementación y Operación para el Reaprovechamiento, Tratamiento y Disposición Final de residuos sólidos y Convenio de Estabilidad Jurídica”, por incumplimiento de las obligaciones pactadas, bajo cláusula de resolución automática de pleno derecho; Que, por las graves irregularidades cometidas en el proceso de selección por invitación en el período de urgencia y/o emergencia que dio lugar a los referidos convenios, así como el incumplimiento en la entrega del 15% de la venta de servicios del relleno sanitario municipal a la Municipalidad de Ancón, la Contraloría General de la República ha formalizado denuncia penal contra el ex Alcalde Miguel Ortecho y el representante legal de la empresa CASREN EIRL, Cesar Navarro López Torres, por los delitos de Apropiación Ilícita y otros en agravio de la Municipalidad de Ancón, existiendo actualmente un proceso penal por los mencionados hechos ante la Segunda Sala Penal del Cono Norte, expediente Nº 2096-2005; Que, el Ejército Peruano, propietario del terreno en cuestión, mediante Ofi cio Nº 118.T-12.j.2/10.00 del 8 de febrero del 2008, ha solicitado la entrega del terreno ubicado en el kilómetro 45.5 de la Panamericana Norte que fuera cedido a la Municipalidad de Ancón para la habilitación del relleno sanitario municipal del distrito, al haber vencido el convenio de Constitución de derecho real de superfi cie, el 31 de diciembre de 2002; Que, hasta la fecha la empresa CASREN EIRL, ha tenido la condición de administrador de un bien municipal sin más atribuciones y facultades que las establecidas en el mismo convenio, cuya primera parte referente a la administración del Relleno Sanitario Municipal de Ancón, ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte venció el 31 de diciembre del año 2002, sin embargo pretende asumir atribuciones de propietario, que no le corresponden, desconociendo la autoridad municipal, conforme ocurrió en la última inspección de fecha 27 de diciembre del año próximo pasado en la que no se permitió el ingreso de funcionarios del Comité Distrital de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Ancón, además del Instituto Nacional de Defensa Civil e inspectores de la Municipalidad Metropolitana de Lima, según el Informe Nº 101-2007/ST-ODC-MDA del 27 de diciembre de 2007 de la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Defensa Civil; Que, la Municipalidad de Lima Metropolitana, mediante Ordenanza Nº 1018 que “Regula el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos de Suelo del distrito de Ancón”, ha variado el uso del suelo donde se encuentra el relleno sanitario municipal de Ancón en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, estableciéndola actualmente como una área recreativa para parques zonales, situación que difi ere y contradice su uso actual; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los Artículos 49º, 78º y 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la clausura defi nitiva del relleno sanitario municipal de Ancón, ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, por generar malos olores que constituyen un foco infeccioso, que atenta contra la salud y la tranquilidad de los vecinos de Ancón, comunicando de la presente resolución a DIGESA, Defensoría del Pueblo, el CONAM y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la implementación de un plan de cierre del mencionado relleno sanitario. Artículo Segundo.- Dar por concluida la administración del relleno sanitario municipal de Ancón, ubicado en el kilómetro 45.5 de la Panamericana Norte, por parte de la empresa CASREN EIRL, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Declarar Parque Ecológico “Felipe Benavides Barreda” al ex relleno sanitario municipal de Ancón ubicado en el kilómetro 45.5 de la Panamericana Norte, una vez ejecutado el desalojo en la vía judicial, cumplase con devolverlo debidamente arborizado al Ejército del Perú, según Convenio de fecha 24 de julio del 2000. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Social, efectué las coordinaciones respectivas con el Ejército Peruano para la habilitación de un nuevo relleno sanitario municipal a la altura del kilómetro 52 de la Panamericana Norte. Artículo Quinto.- Disponer el internamiento en el depósito municipal de los vehículos que arrojen residuos sólidos en el Parque Ecológico Felipe Benavides Barreda. Así como la aplicación de las diferentes multas previstas en el RASA. Artículo Sexto.- Autorizar al Procurador Público Municipal Adjunto, el inicio de las acciones legales a las que hubiere lugar, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de Ancón Artículo Séptimo.- Solicitar el auxilio policial, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y notifíquese.GUILLERMO LEONARDO POZO GARCÍA Alcalde 178158-1 Modifican la R.A. Nº 075-2008-A/ MDA, sobre autorización otorgada a Procurador Público Municipal Adjunto y a Ejecutor Coactivo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 083-2008-A/MDA Ancón, 6 de marzo de 2008 VISTOS:La Resolución de Alcaldía Nº 075-2008-A/MDA del 27 de febrero del 2008; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 075- 2008-A/MDA, la Municipalidad Distrital de Ancón dio por concluida la administración del relleno sanitario municipal de Ancón, ubicado en el kilómetro 45.5 de la Panamericana Norte, por parte de la empresa CASREN EIRL. Asimismo, dispuso la clausura defi nitiva del relleno sanitario municipal de Ancón, ubicado en el kilómetro 45.5 de la Panamericana Norte, por generar malos olores que constituyen un foco infeccioso, que atenta contra la salud