Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369259

como una ampliacion del primer convenio, mediante el cual la empresa se compromete a gestionar ante el Ejercito Peruano un area de terreno de 64.229 has, ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, en favor de la Municipalidad Distrital de Ancon para operar un primer relleno sanitario municipal, que por su cercania a la poblacion debia ser cerrado indefectiblemente el 31 de diciembre del ano 2002, asimismo, gestionar un area de 400 has. para implementar un MORDAZA relleno sanitario municipal; Que, el 04 de MORDAZA del 2001, se firma el Convenio de Constitucion de Derecho Real de Superficie entre el Ejercito Peruano y la Municipalidad Distrital de Ancon, mediante el cual el Ejercito constituye derecho real de superficie sobre un area de 464.229 has, dividido en dos terrenos, el primero de 64.229 has ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte donde debia funcionar por el periodo de emergencia un relleno sanitario municipal hasta el dia 31 de diciembre del 2002 y el MORDAZA de 400 Has. ubicado en la quebrada de Los MORDAZA, altura del Km. 52 de la Panamericana Norte, donde se estableceria el MORDAZA relleno sanitario municipal de Ancon, a partir del 1 de enero del ano 2003 hasta el 4 de MORDAZA del ano 2011; Que, mediante Carta Notarial de fecha 28 de marzo del ano 2006, la Municipalidad de Ancon resolvio el MORDAZA convenio firmado por el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la empresa CASREN E.I.RL., denominado "Convenio de Gestion Cooperacion, Implementacion y Operacion para el Reaprovechamiento, Tratamiento y Disposicion Final de residuos solidos y Convenio de Estabilidad Juridica", por incumplimiento de las obligaciones pactadas, bajo clausula de resolucion automatica de pleno derecho; Que, por las graves irregularidades cometidas en el MORDAZA de seleccion por invitacion en el periodo de urgencia y/o emergencia que dio lugar a los referidos convenios, asi como el incumplimiento en la entrega del 15% de la venta de servicios del relleno sanitario municipal a la Municipalidad de Ancon, la Contraloria General de la Republica ha formalizado denuncia penal contra el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el representante legal de la empresa CASREN EIRL, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los delitos de Apropiacion Ilicita y otros en agravio de la Municipalidad de Ancon, existiendo actualmente un MORDAZA penal por los mencionados hechos ante la MORDAZA Sala Penal del MORDAZA Norte, expediente Nº 20962005; Que, el Ejercito Peruano, propietario del terreno en cuestion, mediante Oficio Nº 118.T-12.j.2/10.00 del 8 de febrero del 2008, ha solicitado la entrega del terreno ubicado en el kilometro 45.5 de la Panamericana Norte que fuera cedido a la Municipalidad de Ancon para la habilitacion del relleno sanitario municipal del distrito, al haber vencido el convenio de Constitucion de derecho real de superficie, el 31 de diciembre de 2002; Que, hasta la fecha la empresa CASREN EIRL, ha tenido la condicion de administrador de un bien municipal sin mas atribuciones y facultades que las establecidas en el mismo convenio, cuya primera parte referente a la administracion del Relleno Sanitario Municipal de Ancon, ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte vencio el 31 de diciembre del ano 2002, sin embargo pretende asumir atribuciones de propietario, que no le corresponden, desconociendo la autoridad municipal, conforme ocurrio en la MORDAZA inspeccion de fecha 27 de diciembre del ano proximo pasado en la que no se permitio el ingreso de funcionarios del Comite Distrital de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Ancon, ademas del Instituto Nacional de Defensa Civil e inspectores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, segun el Informe Nº 101-2007/ST-ODC-MDA del 27 de diciembre de 2007 de la Secretaria Tecnica del Comite Distrital de Defensa Civil; Que, la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, mediante Ordenanza Nº 1018 que "Regula el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos de Suelo del distrito de Ancon", ha variado el uso del suelo donde se encuentra el relleno sanitario municipal de Ancon en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, estableciendola actualmente como una area recreativa para parques zonales, situacion que difiere y contradice su uso actual; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 191º de la Constitucion Politica

del Peru, los Articulos 49º, 78º y 80º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la clausura definitiva del relleno sanitario municipal de Ancon, ubicado en el Km. 45.5 de la Panamericana Norte, por generar malos olores que constituyen un foco infeccioso, que atenta contra la salud y la tranquilidad de los vecinos de Ancon, comunicando de la presente resolucion a DIGESA, Defensoria del Pueblo, el CONAM y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la implementacion de un plan de cierre del mencionado relleno sanitario. Articulo Segundo.- Dar por concluida la administracion del relleno sanitario municipal de Ancon, ubicado en el kilometro 45.5 de la Panamericana Norte, por parte de la empresa CASREN EIRL, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Declarar MORDAZA Ecologico "Felipe MORDAZA Barreda" al ex relleno sanitario municipal de Ancon ubicado en el kilometro 45.5 de la Panamericana Norte, una vez ejecutado el desalojo en la via judicial, cumplase con devolverlo debidamente arborizado al Ejercito del Peru, segun Convenio de fecha 24 de MORDAZA del 2000. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Social, efectue las coordinaciones respectivas con el Ejercito Peruano para la habilitacion de un MORDAZA relleno sanitario municipal a la altura del kilometro 52 de la Panamericana Norte. Articulo Quinto.- Disponer el internamiento en el deposito municipal de los vehiculos que arrojen residuos solidos en el MORDAZA Ecologico MORDAZA MORDAZA Barreda. Asi como la aplicacion de las diferentes multas previstas en el RASA. Articulo Sexto.- Autorizar al Procurador Publico Municipal Adjunto, el inicio de las acciones legales a las que hubiere lugar, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de Ancon Articulo Septimo.- Solicitar el MORDAZA policial, para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 178158-1

Modifican la R.A. Nº 075-2008-A/ MDA, sobre autorizacion otorgada a Procurador Publico Municipal Adjunto y a Ejecutor Coactivo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 083-2008-A/MDA Ancon, 6 de marzo de 2008 VISTOS: La Resolucion de Alcaldia Nº 075-2008-A/MDA del 27 de febrero del 2008; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0752008-A/MDA, la Municipalidad Distrital de Ancon dio por concluida la administracion del relleno sanitario municipal de Ancon, ubicado en el kilometro 45.5 de la Panamericana Norte, por parte de la empresa CASREN EIRL. Asimismo, dispuso la clausura definitiva del relleno sanitario municipal de Ancon, ubicado en el kilometro 45.5 de la Panamericana Norte, por generar malos olores que constituyen un foco infeccioso, que atenta contra la salud

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.