Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2008 (30/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de la normatividad vigente y la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 26 de diciembre de 2004, por la que se aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de MORDAZA, la Municipalidad Distrital recurrente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 739 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y los articulos 66º y 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo 2º de la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24 de marzo de 2004, concluyendo segun Informe Nº 004-08200000772 de fecha 18 de febrero de 2008, que procede la ratificacion de dichas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 0422008-MML/CMAEO, por sus fundamentos; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 248MPL, modificada por las Ordenanzas Nºs. 263-MPL y 268-MPL mediante las cuales la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre establece la Tasa por Estacionamiento Vehicular en Zonas Urbanas de su jurisdiccion, cuya informacion sustentatoria tiene caracter de Declaracion Jurada. Articulo Segundo.- Se deja establecido que la procedencia de la ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del presente Acuerdo, asi como de las Ordenanzas Nºs. 248-MPL, 263-MPL y 268-MPL y de la MORDAZA version de los Anexos 01; 02; 03 y 04 que contienen los MORDAZA de estructura de costos y estimacion de ingresos, la relacion de zonas de estacionamiento vehicular y el horario en que se prestara el servicio, respectivamente, por lo que su aplicacion sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad de las funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web: www.munlima.gob. pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Informe del Servicio de Administracion Tributaria y el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

arbitrios municipales, correspondiente al ejercicio 2008 en su jurisdiccion. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe Nº 004-082-00000771 de fecha 18 de febrero de 2008, que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 047-2008-MML/ CMAEO, por sus fundamentos; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 2852008-MPL, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre fija los montos por derecho de emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion y distribucion del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2008 en su jurisdiccion, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicacion del texto integro de la Ordenanza Nº 285-2008-MPL con el Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos correspondiente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la ratificacion. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web: www.munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Informe del Servicio de Administracion Tributaria y el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

181678-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 096
MORDAZA, 11 de de marzo de 2008 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de marzo del ano en curso el Oficio Nº 001-090004664 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, sobre ratificacion de la Ordenanza Nº 285-2008-MPL, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre fija los montos por derecho de emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion y distribucion del impuesto predial y

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