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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2008 (30/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de marzo de 2008 369736 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de comunicación de radio troncalizado digital RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 025-2008-INDECOPI/DIR Lima, 26 de marzo de 2008 VISTOS; El informe Técnico Nº 005-2008/GAF-Log-ser, elaborado por el Área de Logística y Control Patrimonial – Servicios Generales; y el informe legal Nº 006-2008/GEL, elaborado por la Gerencia Legal; y, CONSIDERANDO:Que, el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que la contratación de servicios personalísimos por parte de las entidades del Estado se encuentra exonerada de los procesos de selección, previstos en dicha Ley; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y modifi cado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, dispone que procede la exoneración por causal de servicios personalísimos cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científi cos o tecnológicos, siempre que la destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados del proveedor, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores; Que, de acuerdo a lo consignado en el Informe Nº 005-2008/GAF-Log-ser, elaborado por el Área de Logistica y Control Patrimonial – Servicios Generales, existe la necesidad de continuar con el servicio de comunicación digital por medio del sistema de radio troncalizado que actualmente brinda la empresa Nextel del Perú S.A a fi n de facilitar la intercomunicación entre el Indecopi y las empresas que trabajan de manera vinculada con él, dada la especialidad y experiencia de la empresa en brindar dicho servicio, ello sumado a la rapidez en la comunicación, la imposibilidad de clonación de los equipos, a la existencia de costos de oportunidad y la reducción de costos de transacción, todo lo cual hace que el servicio de radio digital troncalizado tenga características propias que no pueden ser comparados con los que ofrecen otras empresas del mismo rubro; Que la Gerencia Legal de la Institución a través de su Informe Nº 006-2008/GEL, estima que el Área de Logistica y Control Patrimonial – Servicios Generales ha esbozado los fundamentos necesarios que justifi can la contratación de los servicios brindados por la referida empresa Nextel del Perú S.A., en vista de sus características inherentes y particulares de conformidad con lo señalado en el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, bajo la modalidad de servicios personalísimos; Que, para dicha contratación se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, según lo expresado por la Jefatura de Contabilidad y Presupuesto, a través del Memorándum Nº 0054-2008/GAF-Con;De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataci ones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los Artículos 145º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868 y el numeral 6 del capítulo VI de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación del servicio de comunicación de radio troncalizado digital y, consecuentemente, autorizar al Área de Logística y Control Patrimonial de la institución a contratar dichos servicios con la empresa Nextel del Perú S.A., conforme a la modalidad prevista en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, hasta por un valor referencial de S/. 68 418.00 (Sesenta y Ocho Mil Cuatrocientos Dieciocho con 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de recursos directamente recaudados, con sujeción a los montos debidamente presupuestados para la contratación de dicho tipo de servicios y por un plazo de doce meses. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, publicando además la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión, así como en la página web de la Entidad y en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE RICARDO STOK CAPELLA Presidente (e) del Directorio 181684-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Directora General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2008-J-OPD/INS Lima, 28 de marzo de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 512-2007- J-OPD/INS de 23 de noviembre de 2008, se designó en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud al Licenciado Luís Alfonso Monzón Prieto; Que, resulta conveniente dar por concluida la designación a que se hace referencia en el considerando precedente y a fi n de garantizar la continuidad del servicio y normal desarrollo de las actividades, es necesario designar a la profesional propuesta para dicho cargo; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los artículos 77° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y artículos 3° y 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2003-SA;