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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2008 (14/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de mayo de 2008 372259 señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo”; Que, el Artículo 42º del mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2008-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 07.02.2008 y el Decreto Supremo Nº 035-2008-PCM publicado en el mismo Diario el 09.05.2008, se declaran los días jueves 15, viernes 16 y sábado 17 de mayo de 2008, días no laborables a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao para trabajadores de los Sectores Público y Privado, en atención a que el Perú será el anfi trión de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobiernos de América Latina, el Caribe y la Unión Europea - Perú 2008, y que, dicha Cumbre permitirá al Perú recibir a los más altos representantes de los países de América Latina, el Caribe y la Unión Europea, para tratar asuntos sobre el intercambio económico entre ambas regiones y compartir experiencias y proyectos relacionados con la reducción de la pobreza, por lo que dada la importancia de este evento, es necesario adoptar medidas de diversa naturaleza para la atención y seguridad de los visitantes; Que, el citado decreto establece, además, que para fi nes tributarios, los días antes mencionados serán considerados hábiles; Que, a raíz de las actividades del evento en mención, el gobierno ha dispuesto una serie de medidas orientadas a brindar la mayor seguridad posible a los visitantes y asistentes a la Cumbre, entre las cuales por ejemplo, ha dispuesto restricciones al tránsito peatonal y vehicular en determinadas zonas, lo cual afectará de alguna manera el normal desplazamiento de las personas en Lima y Callao; Que, el inciso b) del Artículo 15º del Texto Único de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 294-MSS establecen el marco legal y disposiciones para el cálculo de los arbitrios municipales para el ejercicio 2008, no contemplan como fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, los días 15, 16 y 17 de mayo de 2008; así como tampoco dichos días resultan fechas de vencimiento para el cumplimiento de otras obligaciones tributarias municipales contempladas en las normas antes mencionadas;Que, considerando necesario que esta Municipalidad colabore con la seguridad de su comunidad y a la vez, le otorgue facilidades para el cumplimiento oportuno de sus deberes tributarios municipales, resulta conveniente que, de manera excepcional, las Mesas de Partes de la Municipalidad, a cargo de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, se acojan a lo señalado en el primer párrafo del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 008-2008-PCM y, por tanto, no abra sus ofi cinas para la atención al público, los días 15 y 16 de mayo del 2008. Que, el acogimiento a los feriados señalados en el citado decreto, no debe perjudicar a los contribuyentes en manera alguna, por lo que resulta necesario declarar la prórroga de los plazos para cumplir con los actos procedimentales que estuvieren a cargo de los contribuyentes, relacionados con la presentación de impugnaciones y otros documentos relacionados con materia tributaria, cuyo plazo para su presentación, se cumpla en los días 15 y 16 de mayo de 2008, hasta el día 19 de mayo de 2008. Estando al Informe Nº 480-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades señaladas en los Artículos 20º numeral 6) y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- OBJETO Prorrogar hasta el 19 de mayo de 2008, los plazos para cumplir con los actos procedimentales que estuvieren a cargo de los contribuyentes, relacionados con la presentación de impugnaciones y otros documentos relacionados con materia tributaria, cuyo plazo para su presentación, se cumpla en los días 15 y 16 de mayo de 2008, fechas en las cuales las Mesas de Partes de la Municipalidad, a cargo de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, no brindarán atención al público. Artículo Segundo.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, y a la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Ofi cina de Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances entre los contribuyentes del distrito. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 199627-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe