Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2008 (14/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2008

Resolucion Suprema Nº 400-77-VC-4400 de fecha 11 de MORDAZA de 1977, que se adjunta. Que, al respecto, se debera autorizar al Procurador Publico Regional, el inicio de acciones para obtener la declaracion de Prescripcion Adquisitiva de Dominio del predio ubicado en la Av. J. F. MORDAZA Nº 245 de la Urbanizacion "Francisco Bolognesi" ­ distrito MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en donde funciona la I.E. Nº 007 MORDAZA MORDAZA BOLOGNESI; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 3 de marzo de 2008, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, el inicio de las acciones legales sobre el caso de la solicitud de la Asociacion Vecinal Los Mochicas MORDAZA Etapa; En cumplimiento del articulo N°78 de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales N°27867, Decreto Ley N° 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Articulo 11º del Decreto Supremo Nº002-2003JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional" la cual estipula para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales. Similar exigencia se requiere para desistirse, allanarse, conciliar o transigir, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, el inicio de las acciones judiciales correspondientes; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; Estando al Informe Legal Nº 248-2008-GR.LAMB/ ORAJ, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº27902 Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, para obtener la declaracion de Prescripcion Adquisitiva de Dominio del predio ubicado en la Av. Jhon MORDAZA Nº 245 de la Urbanizacion "Francisco Bolognesi", en donde funciona la Institucion Educativa Inicial Nº 007 MORDAZA MORDAZA BOLOGNESI. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional

199301-1 RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 185-2008-GR.LAMB/PR
Chiclayo, 24 de MORDAZA del 2008 VISTO: El Acuerdo Regional Nº 022-2008-GR.LAMB/CR, el Oficio Nº 173-2008-GR.LAMB/SCR y el Oficio Nº 0282008-GR.LAMB/GRPP-SGAAT, y; CONSIDERANDO: Que, con Acuerdo Regional Nº 022-2008-GR.LAMB/ CR, de fecha 18 de febrero de 2008, se dispuso reiterar a

los organos competentes del Ejecutivo Regional el cabal cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones contenidas en el Acuerdo Regional Nº 195-2004GR.LAMB/CR, respecto a la problematica planteada por la cercenacion, invasion y superposicion de areas que afectan al predio de propiedad del Gobierno Regional de MORDAZA, ubicada en la MORDAZA denominada La MORDAZA en la II Etapa del MORDAZA Industrial de Chiclayo; Que, segun Oficio Nº 173-2008-GR.LAMB/SCR, de fecha 27 de febrero de 2008, con Reg. 353590, el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario del Consejo Regional comunica al Gerente General Regional, que en cumplimiento del Acuerdo Regional Nº 022-2008-GR.LAMB/ CR, del 18-02-08, se debe autorizar al Procurador Publico Regional la interposicion de las acciones legales a que hubiere lugar, a fin de proteger y hacer MORDAZA el derecho de propiedad de esta Sede Regional ubicada en la MORDAZA denominada LA MORDAZA ­II ETAPA del MORDAZA Industrial de Chiclayo; Que, de acuerdo al Informe Nº 02-2008-GR.LAMB/ GRPP-SGAAT/JLL, de fecha 22 de enero de 2007 es improcedente la solicitud de reubicacion de terreno para la construccion de viviendas de la Asociacion Los Mochicas II en areas remanentes del MORDAZA Industrial II Etapa, propiedad del Gobierno Regional, debido a que no procede la venta directa, por cuanto los socios de esta no estan en posesion, ni tampoco por donacion, en razon que no es un MORDAZA de interes publico; salvo por subasta publica, siempre y cuando el Consejo Regional lo estime pertinente y resulte declarada esta persona juridica como la mejor postora; Que, con Oficio Nº 027-2008-GR.LAMB/GRPPSGAAT, de fecha 06 de febrero de 2008, la Sub Gerencia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de la GRPP del Gobierno Regional MORDAZA, recomienda que la Solicitud planteada por la Asociacion Vecinal Mochicas II 2da. Etapa, la cual pretende que el Gobierno Regional MORDAZA, le adjudique el area remanente del terreno ubicado en la 2da. Etapa del MORDAZA Industrial La MORDAZA via permuta con el Gobierno Provincial Chiclayo, sea derivada al Consejo Regional, a fin de que esa instancia superior emita un pronunciamiento sobre el area remanente del MORDAZA Industrial 2da. Etapa; Que, conforme al Oficio Nº 028-2008-GR.LAMB/GRPPSGAAT, del 06 de febrero de 2008 emitido por la Sub Gerencia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos, se ha declarado improcedente la solicitud presentada por la Asociacion Vecinal Los Mochicas 2da. Etapa, por no reunir los requisitos establecidos en la normatividad vigente sobre administracion y adjudicacion de terrenos del Estado; en tal sentido, se elevo el Informe Nº 004-2004-GR.LAMB/ GRPPAT-SGAAT, al Consejo Regional, a fin de que se analice y establezca el destino que deba tener el area remanente, ubicada en la 2da. Etapa del MORDAZA Industrial, de propiedad del Gobierno Regional MORDAZA, por cuanto existe antecedente de que el area adjudicada por la Direccion Regional de Vivienda a favor del Gobierno Regional MORDAZA para el funcionamiento del MORDAZA Industrial fue de 64.46 hectareas de terreno; sin embargo, esta area se ha visto reducida, primero por un cierre de partida irregular por parte de los Registros Publicos mediante Resolucion Registral Nº 014-2000, con el cual se cerro por duplicidad 30.416 hectareas, a favor del senor MORDAZA de la Oliva; no obstante, se debe iniciar las acciones legales pertinentes a traves de la Procuraduria Publica Regional para recuperar estas tierras, por cuanto de esta manera y en forma irregular se perjudico el patrimonio del Gobierno Regional; Que, del Informe MORDAZA indicado, se establecen los siguientes hechos: - La ex CORPORACION DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO MORDAZA, mediante Expediente Nº 01041-88 en el ano 1988 solicito la adjudicacion de terrenos eriazos ubicados al Oeste de la MORDAZA de Chiclayo, Distrito de MORDAZA, Provincia de Chiclayo, para destinarlos a la Ampliacion del MORDAZA Industrial II Etapa, sustentado en lo previsto por las Leyes Nºs 17119, 17716 y 19995, para cuyo efecto se identificaron tres lotes de terrenos contiguos, cada uno de ellos con una extension superficial de: 49.94 Has 12.26 Has 2.26 Has 64.46 Has

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