Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2008 (14/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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372255

DECRETA:

Articulo Unico.- Prorrogar hasta el 31 de MORDAZA de 2008, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 130 modificada por la Ordenanza Nº 132. REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

199350-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES

Convocan a eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local - CCLD para el periodo 2008-2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00006-2008/MDSJM-A
San MORDAZA de Miraflores, 8 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 197º de la Constitucion Politica de 1993, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece en el articulo 17º, inciso 17.1 que los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuestos y en la gestion publica; Que, de conformidad con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que establece la Constitucion en su articulo 194º, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los articulos 102º al 105º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", establece, la definicion, composicion, instalacion y funciones de los Consejos de Coordinacion Local Distrital, como organos de coordinacion y concertacion de las municipalidades y los representantes de la Sociedad Civil; teniendo como funciones principales las de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000056MDSJM de fecha 23.01.08 se aprobo la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000063MDSJM de fecha 02.04.08 se aprobo la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, que en su Articulo 2º menciona: "APROBAR el Cronograma de Actividades del MORDAZA de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, que forma parte del Reglamento"; Que en la referida Ordenanza en su Articulo 8º expresa: "El Comite Electoral es el organo MORDAZA que tiene a su cargo la organizacion, conduccion, supervision y ejecucion del MORDAZA electoral, garantizando su realizacion de manera democratica y transparente; sus decisiones son definitivas e inapelables";

Que en la referida Ordenanza en su MORDAZA Disposicion Complementaria, senala que "El MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, convocara mediante Decreto de Alcaldia a la eleccion de los presentantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local para el periodo 2008 - 2009"; Que, con Informe Nº 515-2008/MDSJM/GDS-SGPC de fecha 23.04.08, la Sub. Gerencia de Participacion Ciudadana informa que "los integrantes de la junta directiva del Comite Central de Pamplona Alta solicitan ampliacion de plazo para la inscripcion de representantes de las organizaciones sociales de base asi como ampliacion de fecha de elecciones del CCLD" solicitud que le parece oportuna a la Sub. Gerencia de Participacion Ciudadana; Que, con Informe Nº 570-2008/MDSJM/GDS-SGPC de fecha 30.04.08, la Subgerencia de Participacion Ciudadana informa que los "Representantes de la Sociedad Civil del Sistema de Planificacion y Desarrollo de San MORDAZA de Miraflores" solicitan la prorroga de elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD hasta el MORDAZA 8 de junio, solicitud que le parece correcta a la Subgerencia de Participacion Ciudadana; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CONVOCAR a la eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion local CCLD para el periodo 2008 - 2009, que tendra lugar el dia MORDAZA 8 de junio del 2008. Articulo 2º.- APROBAR el Cronograma de Actividades del MORDAZA de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD ajustado a la fecha de convocatoria enunciada en el articulo precedente. Articulo 3º.- CONCORDAR el "Reglamento de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion local Distrital (CCLD) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores" al Cronograma Ajustado de Actividades del MORDAZA de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, en los siguientes articulos: 1. Sobre el Articulo 15º literal b) Estan exceptuados todas las organizaciones privadas y publicas presentando su inscripcion en Registros privados y/o sectoriales. 2. Sobre el Articulo 15º literal c) Estan exceptuados los delegados electores jovenes de 18 a 29 anos, pudiendo su organizacion tener minimamente 1 ano de actividad institucional. 3. Sobre el Articulo 18º: No hay impugnacion a la inscripcion solo es necesario cumplir los requisitos del Reglamento. 4. Sobre el Articulo 22º: Por criterio de equidad de genero como minimo 3 representantes mujeres o varones y por criterio de equidad generacional como minimo 2 jovenes miembros de cualquier organizacion social o privada. 5. Sobre el Articulo 26º: El numero asignado a cada lista es segun orden de inscripcion. 6. Sobre el Articulo 28º: La capacitacion de ONPE solo es para los delegados electores y no para la ciudadania en general y es obligatoria para los delegados electores. 7. Sobre el Articulo 30º La votacion se inicia a las 9:00 am y termina a las 12 m 8. Sobre el Articulo 30º literal e) 1º, Solo debe tener las cedulas la firma del presidente. 9. Sobre el Articulo 30º literal e) 5º, No es necesario la tinta indeleble. 10. Sobre el Articulo 30º literal h), Los candidatos electores deben quedarse en el local hasta que se elija a todos los miembros. 11. Sobre el Articulo 31º literal a), Los personeros deben estar MORDAZA del escrutinio. 12. Si hay empate y se va a una MORDAZA vuelta, debe utilizarse solo 2 casilleros de la cedula (que tiene cuatro). POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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