Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2008 (14/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2008

Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Organo de Control Institucional, Direccion Regional de Educacion de MORDAZA y a la Presidencia de la Compania Minera Southern Peru MORDAZA Corporation. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

199503-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 166-MVES, emitida por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, que fija montos de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2008
ACUERDO DE CONCEJO Nº 192
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA del ano en curso, el Oficio N° 001-090-004731 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, sobre ratificacion de la Ordenanza Nº 166-MVES, que fija los montos por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de MORDAZA El MORDAZA correspondiente al ejercicio 2008. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe N° 004-082-00000793, de fecha 17 de MORDAZA del ano en curso, que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen N° 0902008-MML/CMAEO, por sus fundamentos; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 166MVES, que fija los montos por derecho de emision

mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de MORDAZA El MORDAZA correspondiente al ejercicio 2008 en su jurisdiccion, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidos en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicacion del texto integro de la Ordenanza Nº 166-MVES, con el Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos correspondiente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la ratificacion. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web: www.munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Informe del Servicio de Administracion Tributaria y el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

199471-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban beneficios para la ejecucion de obras del Programa Techo Propio relacionados a la revision de los Proyectos de Vivienda
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 151-A/MDC
Carabayllo, 9 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades reconocen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 1º del D.S. Nº 005-2006-VIVIENDA, aprobo el Plan Nacional de Vivienda "Vivienda para Todos", dirigido a los grupos familiares urbanos pobres y extremadamente pobres de nuestro pais. Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 054-20202VIVIENDA, se declaro de utilidad publica la creacion y desarrollo del proyecto Techo Propio, bajo el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobandose mediante el D.S. Nº 044-2006-VIVIENDA el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional. Que el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 2252005- VIVIENDA dispone que las municipalidades podran organizar, asesorar y apoyar a los grupos familiares aspirantes al MORDAZA Familiar Habitacional en todas las fases de las modalidades de "Construccion en Sitio Propio" y "Mejoramiento de Vivienda", correspondientes al Programa Techo Propio. Que, con fecha 18 de enero de 2008 el Concejo Municipal aprobo la Ordenanza Nº 139-A/MDC, que

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