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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2008 (25/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de mayo de 2008 372818 suma de dinero al Residente de una obra para efectuar adquisición alguna, por no ser su atribución, constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Peculado y Falsifi cación de Documentos, previstos y penados en los artículos 387º y 427º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 203888-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 203-2008-CG Lima, 23 de mayo de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 095-2008-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, La Libertad, por el período Ene.2005 – Dic.2005, considerando hechos anteriores al citado período; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, con la fi nalidad de determinar si los recursos públicos aplicados en la adquisición de bienes y prestación de servicios, derivados de las exoneraciones a los procesos de selección correspondientes, se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que funcionarios de dicha comuna declararon en situación de desabastecimiento inminente el suministro del Programa del Vaso de Leche por los períodos de Feb.2005 y May.2005 – Jun.2005, sin que se confi guren las condiciones de extraordinaria e imprevisible, requeridas por la normativa, contratándose directamente a dos proveedores, a quienes se les adquirió productos alimenticios, a pesar que éstos no contaban con los registros sanitarios necesarios para la fabricación y comercialización de dichos productos; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Aprovechamiento Indebido de Cargo, previsto y penado en el artículo 399º del Código Penal; Que, la Comisión Auditora también evidenció que durante la etapa del proceso de selección correspondiente a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 003-2005-CEP/PVL-MPSCH - Primera Convocatoria, así como en la ejecución derivada del contrato, se suscitaron diversas irregularidades, tales como: se otorgó la Buena Pro del proceso a un postor, a pesar que el mismo presentó un registro sanitario de un producto diferente al requerido en el objeto de la convocatoria; se canceló un mayor precio por el producto adquirido; se modifi có el objeto de la convocatoria, consignándose en el contrato una cantidad del producto inferior a la indicada en las bases; y asimismo, se ha determinado la inaplicación de penalidades que correspondían al citado proveedor, por el retraso en la entrega del producto; todo lo cual ha ocasionado un perjuicio económico de S/.92 059,90 a la municipalidad; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Aprovechamiento Indebido de Cargo, previsto y penado en el artículo 399º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 203888-5 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Orcopampa, Las Lomas y Santa Rosa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 200-2008-CG Lima, 23 de mayo de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 092-2008-CG/ ORAR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Orcopampa, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2006, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a dicha entidad a fi n de evaluar el correcto uso fi nanciero y presupuestal de los recursos de la fuente de fi nanciamiento canon minero y regalías, y determinar si la adquisición y contratación de bienes y servicios con dichos recursos se efectuó de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión de Auditoría ha determinado irregularidades Descargado desde www.elperuano.com.pe