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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de mayo de 2008 372824 entre otros, supervisando el cumplimiento de las normas y procedimientos de los asuntos administrativos entre otras áreas, de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales; Que, es responsabilidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, conforme lo señala el artículo 26º del precitado Reglamento, asesorar a la Alta Dirección de la Agencia, emitir opinión, revisar y proponer resoluciones, según corresponda; Que, el artículo 7° de la Ley, establece que las entidades del sector público deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC, que prevea el tipo de bienes, servicios y obras que se han de requerir durante el ejercicio presupuestal, así como el monto del presupuesto necesario para su contratación o adquisición, debiendo el indicado Plan aprobarse por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 013-2008/APCI-DE, de fecha 25 de enero del 2008, fue aprobado el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la APCI para el Ejercicio Presupuestal 2008; Que, el artículo 23° del Reglamento establece que el PAAC debe contener todas las adquisiciones y contrataciones con independencia del régimen que las regule y, el artículo 27° del referido reglamento dispone que el PAAC podrá ser modifi cado de la forma prevista en sus artículos 25° y 26°; Que, de conformidad con el artículo 11° de la Ley es requisito para convocar a proceso de selección, bajo sanción de nulidad, que éste esté incluido en el PAAC de la entidad; Que, por Resolución Directoral Ejecutiva N° 045-2008- APCI/DE de fecha 30 de abril del 2008, se exoneró del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva la contratación del servicio de arrendamiento de local para el funcionamiento de las Subdirecciones de la Dirección de Operaciones y Capacitación de la APCI; Que, según lo expresado por la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales en el anexo del primer documento de Vistos, no se incluyó en el PAAC 2008 el servicio de arrendamiento de local requerido por la entidad; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 049-2008/APCI-DE de 12 de mayo del 2008 se incluyó en el PAAC el proceso de selección de contratación de servicio de arrendamiento precitado, en regularización al 30 de abril del presente año, habiéndose otorgado a continuación la Buena Pro el 13 de mayo del 2008; Que, el artículo 57° de la Ley faculta al Titular de la Entidad a declarar de ofi cio la nulidad de los actos administrativos expedidos por ésta, hasta antes de la celebración del contrato, cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, al no haberse incluido el citado proceso de selección en el PAAC con anterioridad a su exoneración se ha omitido dar cumplimiento al artículo 11° de la Ley, por lo que es necesario y estando a lo recomendado por el segundo documento de Vistos, declarar de ofi cio la nulidad del proceso de selección y del otorgamiento de Buena Pro, sin efecto por las mismas consideraciones las Resolución Directoral Ejecutiva N° 045-2008/APCI-DE y modifi car la fecha de vigencia de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 049-2008/APCI-DE; Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y Estando a lo dispuesto por los literales d) e i) del artículo 10º de la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, Ley N° 27692 y sus modifi catorias así como por lo establecido en el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y en concordancia con lo señalado en el artículo 57º de la Ley; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR la nulidad de ofi cio del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº EXO 1-2008-APCI y de la Buena Pro otorgada, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral Ejecutiva N° 045 -2008/APCI-DE. Artículo Tercero.- MODIFICAR el artículo Primero de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 049-2008/APCI-DE cuyo texto queda redactado de la siguiente manera:.“Aprobar la Segunda modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, para el ejercicio fi scal autorizado mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 013-2008/APCI-DE, conforme se describe en el Cuadro anexo que forma parte integrante de la presente resolución” Artículo Cuarto.- La Ofi cina General de Administración deberá publicar la presente resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) dentro del plazo de ley, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- DISPONER que la Ofi cina General de Administración eleve a la Dirección Ejecutiva un informe de determinación de responsabilidades y/o aplique las medidas correctivas correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíqueseAGUSTÍN HAYA DE LA TORRE Director Ejecutivo 204342-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican numeral del Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 376-2008-OS/CD Lima, 19 de mayo de 2008 VISTO:El Memorando N° GFE-406-2008 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, la modifi cación de la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2005-OS/CD publicada el 31 de mayo de 2005, que incorporó el anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, correspondiente a la tipifi cación de sanciones por incumplimiento del “Procedimiento de Fiscalización y Subsanación de Defi ciencias de Media Tensión por Seguridad Pública”. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 028- 2003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobó la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN (en adelante la Escala); Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 095-2005-OS/CD, publicada el 31 de mayo de 2005 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprobó el anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, correspondiente a la tipifi cación de sanciones por incumplimiento del “Procedimiento de Fiscalización y Subsanación de Defi ciencias de Media Tensión por Seguridad Pública”; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 376-2006-OS/CD, publicada el 15 de agosto de 2006 en el Diario Ofi cial El Peruano, se modifi có el numeral 3.1 del Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, correspondiente a la tipifi cación de sanciones por incumplimiento del “Procedimiento de Fiscalización y Subsanación de Defi ciencias de Media Tensión por Seguridad Pública”; Que, con posterioridad a la entrada en vigencia de la referida escala modifi cada, OSINERGMIN ha observado Descargado desde www.elperuano.com.pe