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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (07/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Lima, viernes 7 de noviembre de 2008 383025 Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos” y que aprueba el “Procedimiento de Inscripción en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos”; con la fi nalidad de recibir las opiniones de los interesados; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, las entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y por el literal c) del artículo 23º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal, de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural y de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Crear el “Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para las Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos”. Artículo 2º.- Aprobar el “Procedimiento de Inscripción en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos”, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de la presente resolución. Artículo 4º .- Publicar la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de OSINERGMIN (www.osinerg.gob.pe). PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROFESIONALES EXPERTOS EN ELABORAR ESTUDIOS DE RIESGOS Y PLANES DE CONTINGENCIA PARA ACTIVIDADES DE GAS NATURAL E HIDROCARBUROS LÍQUIDOS TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objetivo El objetivo del presente procedimiento es establecer las pautas a seguir para que las personas interesadas puedan inscribirse en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos. Artículo 2º.- Ámbito de Aplicación El presente procedimiento regula el funcionamiento del Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos y es de aplicación para el trámite de las solicitudes de inscripción, temporales y defi nitivas. Los profesionales que se encuentren aptos para elaborar los Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para las Actividades de Gas Natural e Hidrocarburos Líquidos y, soliciten ser reconocidas por OSINERGMIN como tales, deberán regirse por las disposiciones contenidas en el presente procedimiento. Artículo 3º.- Defi niciones Para los fi nes del presente procedimiento se aplicarán las defi niciones del Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2007-EM, así como las siguientes: 3.1. Acreditación: Procedimiento mediante el cual un organismo nacional autorizado reconoce formalmente que una empresa cumple con determinados criterios y es competente para efectuar tareas específi cas de evaluación de la conformidad en un alcance defi nido. 3.2. Actividades de Hidrocarburos : Para efectos de la elaboración de Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia, las Actividades de Hidrocarburos se clasifi can de acuerdo al grado de riesgo, en las siguientes: - Actividades de Categoría A: Comprende las actividades de hidrocarburos de mayor riesgo. - Actividades de Categoría B: Comprende las actividades de hidrocarburos de riesgo moderado. - Actividades de Categoría C: Comprende las actividades de hidrocarburos de bajo riesgo. En el Anexo A del presente procedimiento, se detallan los tipos de actividades de hidrocarburos y su clasifi cación de acuerdo a la categoría que les corresponde. 3.3. Certifi cado de Competencia Técnica: Documento generado y emitido por un Organismo de Certifi cación de Personas, debidamente acreditado por el Servicio Nacional de Acreditación del INDECOPI, mediante el cual se certifi ca que una persona es competente para elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para algunas o todas las actividades de gas natural o hidrocarburos líquidos, correspondientes a las categorías A, B y C del Anexo A. 3.4. Comité Permanente: Comité encargado de evaluar las solicitudes de inscripción en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia, para las actividades de gas natural e hidrocarburos líquidos de Categorías A, B y C del Anexo A. 3.5. Empresa Autorizada: Persona natural o jurídica autorizada a realizar Actividades de Hidrocarburos, en calidad de Contratista, Concesionario u operador. 3.6. Estudios de Riesgos: Documento que contiene aspectos de seguridad en las Instalaciones de Hidrocarburos y en su área de infl uencia, con el propósito de determinar las condiciones existentes en el medio, así como prever los efectos y las consecuencias de la instalación y su operación, indicando los procedimientos, medidas y controles que deberán aplicarse con el objeto de eliminar condiciones y actos inseguros que podrían suscitarse. Este documento constituye el sustento técnico del Plan de Contingencias. 3.7. Hidrocarburos : Compuesto orgánico, gaseoso, líquido o sólido, que consiste principalmente de carbono e hidrógeno. 3.8 INDECOPI: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual. 3.9. Organismo de Certifi cación de Personas: Persona jurídica, nacional o extranjera, acreditada ante el Servicio Nacional de Acreditación del INDECOPI para otorgar Certifi cados de Competencia Técnica a los profesionales interesados en elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia. 3.10. OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. 3.11. Plan de Contingencias: Instrumento de gestión elaborado para actuar en caso de derrames de hidrocarburos, sus derivados o material peligroso y otras emergencias tales como: incendios, accidentes, explosiones y desastres naturales. TÍTULO II SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE PROFESIONALES EXPERTOS EN ELABORAR ESTUDIOS DE RIESGOS Y PLANES DE CONTINGENCIA CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 4º.- Órgano Responsable de la inscripción El proceso de inscripción en el Registro de PROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe