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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de noviembre de 2008 383021 Artículo 3º.- Dentro de los 15 días calendario siguientes a la realización del viaje, la Econ. Ruth Mery Acosta Zevallos, presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas, logros obtenidos y la correspondiente rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Sobre, el monto de la partida 5.3.11.20 - Viáticos y Asignaciones, la rendición se efectuará en su totalidad. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Tesorería, Ofi cina de Presupuesto, Ofi cina de Cooperación Técnica y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 275066-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior ORDENANZA Nº 055-2008/MLV La Victoria, 30 de julio de 2008El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:VISTO; en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 011-2008-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen como fi nalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General- en el artículo 38º establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; Que, la Ley Nº 29227 - Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias - tiene como objetivo regular el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior, estableciendo que son competentes para llevar a cabo el procedimiento especial establecido en la presente Ley, los alcaldes distritales y provinciales, así como los notarios de la jurisdicción del último domicilio conyugal o de donde se celebró el matrimonio; Que, la citada ley en la única disposición complementaria establece que las municipalidades adecuarán sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA para el cobro de las tasas correspondientes al procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2008 - JUS - Reglamento de la Ley Nº 29227- tiene como fi nalidad normar el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarías establecida en el referida Ley; Que, la citada norma en su artículo 16º establece los requisitos que deberán cumplir las Municipalidades para obtener su acreditación, requiriendo que deben contar con un ambiente privado y adecuado para el desarrollo del procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior, así como contar con una Ofi cina de Asesoría Jurídica con titular debidamente designado o, en su defecto, con un abogado autorizado para dar cumplimiento a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6º de la Ley. La acreditación será en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de presentada la información que sustenta el cumplimiento de los requisitos exigidos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 515-08-GAJ-MLV, señala que a efectos de lograr obtener la acreditación se deberá cumplir con lo establecido en la única disposición de la Ley Nº 29227, que establece que las municipalidades adecuarán sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA para el cobro de las tasas correspondientes al procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, para lo cual se deberá someter a la evaluación y aprobación del Concejo, para su posterior ratifi cación ante el SAT; Que, mediante Informe Nº 355-2008-GPP/MLV de fecha 21 de julio de 2008, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adjunta el Proyecto del Procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, que será incluido en el Texto Único de Procedimiento Administrativo, informando que en la formulación del procedimiento se ha tenido en cuenta el marco normativo correspondiente. Asimismo que el mencionado procedimiento formará parte de la Subgerencia de Protocolo y Matrimonio, unidad orgánica dependiente de la Secretaria Genera; En mérito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de La Victoria, por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR Artículo 1º.- Aprobar el procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, en el Texto de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de La Victoria, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 29227. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la inclusión del procedimiento señalado en el artículo anterior en el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos - TUPA, así como a la Secretaria General en lo que le corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 274881-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban beneficio tributario denominado “Navidad Tributaria 2008” ORDENANZA Nº 000088-2008-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 4 de noviembre del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: VISTO: En la Sesión Extraordinaria de fecha 4 de noviembre de 2008, el Dictamen Nº 0002-2008, de la Comisión de Rentas, en Fiscalización e informática;Descargado desde www.elperuano.com.pe