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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de noviembre de 2008 383192 Tercera.- Derogación de normas Deróguense todas las demás disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Reglamento. 276471-2 Modifican el Plan de Acción Dirigido a lograr la Recuperación de la Cuenca del Río Ramis RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 518-2008-MEM/DM Lima, 10 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 034-2007-EM se aprobó el Plan de Acción dirigido a la recuperación de la cuenca del Río Ramis, propuesto por la Comisión Multisectorial constituida para tal fi n, mediante Resolución Ministerial N° 074-2006-PCM; Que, a efecto de llevar a cabo el Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la cuenca del Río Ramis, se conformó una Comisión Multisectorial encargada de coordinar y efectuar el seguimiento de las acciones a Corto y Mediano Plazo, contempladas en el Plan de Acción referido; Que, mediante Decreto Supremo N° 046-2007-EM se modificó el Decreto Supremo N° 034-2007-EM, incorporándose el artículo 2-A en el cual se establece que la Comisión Multisectorial - Cuenca Río Ramis podrá proponer al Ministerio de Energía y Minas las modificaciones que fueren necesarias al Plan de Acción dirigido a la recuperación de la cuenca del Río Ramis. Asimismo, señala que tales propuestas serán incorporadas a dicho Plan de Acción mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, en virtud de las consideraciones precedentes, mediante Acta de la Undécima Reunión de Trabajo de la Comisión Multisectorial – Cuenca Río Ramis, se acordó solicitar al Ministerio de Energía y Minas, modificar el numeral 4.2.1. del Plan de Acción Cuenca Río Ramis; Que, mediante Acta de la Treceava Reunión de Trabajo de la Comisión Multisectorial – Cuenca Río Ramis, se acordó precisar el Acuerdo N° 5 de la Undécima Reunión de Trabajo de la Comisión Multisectorial antes señalada, referido a la sustitución del numeral 4.2.1 del Plan antes señalado: Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 034-2007-EM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 046-2007-EM y en el Decreto Supremo N° 037-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Numeral 4.2.1. del Plan de Acción Dirigido a lograr la Recuperación de la Cuenca del Río Ramis. Modifíquese el numeral 4.2.1. del Plan de Acción dirigido a lograr la Recuperación de la Cuenca del Río Ramis, quedando redactado de la siguiente manera: “4.2.1 Elaboración del Estudio Técnico a nivel de perfi l técnico económico para la construcción de presas de contención de sólidos, de acuerdo a recomendación contenida en el diagnóstico elaborado por la cooperación técnica brasileña. OBJETIVO: Evitar que los sólidos en suspensión provenientes de la actividad minera en el distrito de Ananea, discurran hacia la parte baja de la cuenca de las aguas de la cuenca media del Río Ramis y posibilitando el almacenamiento de agua de buena calidad para uso del sector agrícola en la época de estiaje. Actividad a Ejecutarse: - Estudio técnico a nivel de perfi l técnico económico para la construcción de 3 presas de contención de sólidos. - Financiamiento del estudio: Ministerio de Energía y Minas. - Responsable: Ministerio de Energía y Minas.- Supervisión y Monitoreo: Ministerio de Energía y Minas.” Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 276448-1 INTERIOR Designan Director de Programa Sectorial II, de la Dirección de Control de Armas, Munición y Explosivos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1083-2008-IN/1701. Lima, 10 de Noviembre de 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0382-2007- IN/1707 del 01 de junio de 2007, se designó al Co mandante de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Víctor José CERNA MORALES, en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, de la Dirección de Control de Armas, Munición y Explosivos de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior. Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la referida designación y designar al funcionario que ocupe dicho cargo de confi anza; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera a la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto hecho justificativo para su adopción; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida, con eficacia al 10 de setiembre de 2007, la designación del Comandante de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Descargado desde www.elperuano.com.pe