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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (13/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de noviembre de 2008 383305 recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripción, Informes Técnicos de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”, se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y con lo dispuesto en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 054-2008-PCM-SD/MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad Municipal del Yacus”; integrada por las Municipalidades Distritales de Ataura, Huamalí, Huertas, Julcán, Masma, Masma Chicche, Molinos, Pancan, Ricrán y Yauli, en la Provincia de Jauja, Departamento de Junín. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”, como sigue: - Presidente: César Roberto López Sánchez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Molinos. - Vicepresidente: Silvio Astete Benites, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Masma. - Tesorero: Felix Mabi Ildefonso Quispe, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Julcán. - Secretario: Domingo Felipe Aylas Valenzuela, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huertas. - Fiscal: Zoilo Diógenes Bullón Méjico, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pancan. - 1er. Vocal: Neil Gilmar Ildefonso Quispe, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Yauli - 2do. Vocal: Lorenzo Fortunato Simeón Nuñez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ricrán Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Yacus”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm. gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 277281-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 059-2008-PCM/SD Lima, 11 de noviembre de 2008 VISTOS: El Ofi cio S/N de fecha 10 de noviembre de 2008, Informe Técnico de Viabilidad, Informe Técnico Nº 020-2008-AC-MDSH-DM/HCO, Informe Técnico Nº 014-2008-JPPPI- MDP-DM/HCO, Acuerdo de Concejo Nº 028-2008-MDP de la Municipalidad Distrital de Pachas, Acuerdo de Concejo Nº 001- 2008-MDSH de la Municipalidad Distrital de Shunqui, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco” y el Informe Nº 055-2008-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante el Ofi cio de la referencia, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Pachas y Shunqui, en la Provincia de Dos de Mayo, Departamento de Huánuco; solicitan la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de vistos, contiene información sobre diagnóstico y composición; aspecto legal, poblacional, agrario, de educación, de salud, niveles de pobreza, vías de comunicación, ubicación y extensión; utilidad para el desarrollo territorial en gestiones fi nancieras, servicios públicos, calidad de vida, competitividad y ejecución de proyectos; desarrollo tecnológico y de instrumentos de gestión para las municipalidades integrantes; y propuesta de estructura; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”. Este documento ha sido ratifi cado mediante los Informes Técnicos Nº 020-2008-AC-MDSH-DM/HCO y 014-2008-JPPPI-MDP-DM/HCO, emitidos en las Municipalidades Distritales de Shunqui y Pachas, respectivamente. Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Pachas y Shunqui, aprueban la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la Mancomunidad, señala como fi nes de la misma, los siguientes: a) Mejorar la calidad de los servicios públicos municipales, en bien de la ciudadanía, b) Promover el desarrollo local mancomunado, c) Promover la participación ciudadana en acciones conjuntas que comprometan la participación de la mancomunidad, y d) Complementariamente, la mancomunidad promoverá e impulsará el desarrollo económico y social de las jurisdicciones distritales de la mancomunidad; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripción, Informes Técnicos, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”, se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y con lo dispuesto Descargado desde www.elperuano.com.pe