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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de noviembre de 2008 383306 en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM; Que, acorde con el Informe Nº 055-2008-PCM-SD/MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”; integrada por las Municipalidades Distritales de Pachas y Shunqui, en la Provincia de Dos de Mayo, Departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”, como sigue: - Presidente: Wilder Rosalino Gómez Penadillo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachas. - Vicepresidente: Billy Mendoza Huarac, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Shunqui. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Micro Cuenca del Vizcarra, de la Provincia de Dos de Mayo-Huánuco”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 277281-2 AMBIENTE Designan representantes titular y alterna del Ministerio encargadas de presidir el Comité de Coordinación y el Consejo Consultivo del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 069-2008-MINAM 11 de noviembre del 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28214 se declaró de necesidad pública, interés nacional y ejecución preferente la construcción y asfaltado del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil, el mismo que se constituye como medio de transporte multimodal;Que, en el artículo 12° de la Ley Nº 28750 se designó al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA como la unidad ejecutora del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur”; Que, por la Resolución Suprema Nº 295-2006-PCM del 4 de octubre del 2006, modifi cada por la Resolución Suprema Nº 161-2007-PCM del 6 de septiembre del 2007, se constituyó el Comité de Coordinación y el Consejo Consultivo del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur”, los cuales están presididos por el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, estableciéndose para ambos colegiados que sus integrantes designarán un representante titular y uno alterno; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente - MINAM, aprobó la fusión del CONAM en el referido Ministerio, siendo este último el ente incorporante; Que, el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 054-2008-MINAM del 31 de octubre del 2008, declaró la desactivación y extinción del CONAM, al haber concluido el proceso de fusión en referencia, por lo que conforme con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, debe entenderse que sus competencias, funciones y atribuciones corresponden al MINAM; Que, en consecuencia, resulta necesario que el MINAM asuma la Presidencia del Comité de Coordinación y del Consejo Consultivo del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur”; debiendo designar a sus representantes titulares y alternos; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley del Poder Ejecutivo, y en el literal e) del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVEArtículo 1º.- Designar a la Ingeniera Vanessa Vereau Ladd, Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, como representante titular del Ministerio del Ambiente, encargada de presidir el Comité de Coordinación y el Consejo Consultivo del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur”. Artículo 2º.- Designar a la Abogada Katherine Pardo Caballero, Asesora del Despacho Viceministerial de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, como representante alterno del Ministerio del Ambiente, encargado de presidir el Comité de Coordinación y el Consejo Consultivo del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur”. Artículo 3º.- Dejar sin efecto toda resolución o disposición administrativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 277243-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a Mexico, en comisión de servicio RESOLUCIÓN SUPREMA N° 183-2008-MINCETUR Lima, 12 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, en el marco de las negociaciones para la Ampliación del Acuerdo de Complementación Económica N° 8, suscrito Descargado desde www.elperuano.com.pe