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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de noviembre de 2008 383311 5.3. El CREBE depende técnica y administrativamente de la Dirección o Área de Gestión Pedagógica de la DRE o UGEL según corresponda y brinda sus servicios de atención a través de las modalidades: presencial, virtual y otras, cuya frecuencia responderá a las características y necesidades de la población que atiende. 5.4. El CREBE para su funcionamiento, administración educativa y la prestación de servicios que le corresponde, podrá contar con el fi nanciamiento del MED, Gobierno Regional y/o Local, Cooperación Internacional, Instituciones de la Sociedad Civil; entre otros. 5.5. El CREBE que se organice con fondos de la cooperación internacional estará enmarcada dentro de la normatividad legal y las disposiciones específi cas del Ministerio de Educación en articulación con las instancias de gestión educativa del ámbito correspondiente. La entidad cooperante podrá realizar las acciones de evaluación y monitoreo que considere pertinente, en coordinación con el Ministerio de Educación afi n de garantizar el buen uso, seguridad y conservación de los bienes asignados. En caso de no evidenciar óptimo funcionamiento, la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente en coordinación con la Dirección General de Educación Básica Especial, podrá disponer su reubicación o las acciones administrativas que estime pertinentes en bien del servicio educativo. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS6.1 Formas de Atención. El CREBE desarrollará su acción a través de: a. CREBE de Servicios Educativos Complementarios; es cuando brinda información, apoya o realiza investigación, ofrece soporte técnico para el logro de las actividades de sensibilización, el fortalecimiento del desarrollo profesional y atención con biblioteca especializada. b. CREBE de Servicios Educativos Complementarios y de Producción , es cuando amplía su atención a la producción de materiales educativos específi cos para las diferentes discapacidades asegurando condiciones óptimas de soporte técnico para este fi n. 6.2 Líneas de Acción. Las líneas de acción para ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la Educación Básica Especial son las siguientes: a. Información e Investigación, comprende las siguientes acciones: - La difusión de materiales educativos y orientaciones para el uso adecuado en la aplicación de la normatividad del MED en materia de atención a las NEE - Elaboración de estudios, proyectos de investigación, informes y propuestas para la planifi cación y el desarrollo de la atención de los estudiantes con NEE - Creación y actualización permanente del fondo documental y tecnológico sobre Educación Especial, abierto a la consulta de docentes, otros profesionales y padres de familia y otros actores de la comunidad educativa. b. De Soporte, comprende las siguientes acciones:-Sensibilización para fortalecer la participación activa de la comunidad para el impulso de la Educación Inclusiva. -Soporte técnico para los servicios complementarios y de producción de materiales educativos en la atención educativa de estudiantes con NEE. -Fortalecimiento del desarrollo profesional para mejorar la calidad del servicio educativo. c. Biblioteca Básica Especializada que comprende: textos, libros de consulta guías y documentos especializados, en la atención de los estudiantes con NEE y servicio de lectura. d. Producción y/o difusión de material educativo, sólo cuando el CREBE es de Servicios Educativos Complementarios y de Producción de Material Educativo, comprende: - Procesos de elaboración, impresión y publicación de materiales educativos para la atención de estudiantes con NEE. - Publicación de investigaciones, artículos, informes y propuestas para el desarrollo de la Educación Inclusiva. - Edición, transcripción y publicación de textos sobre experiencias y estudios de investigación respecto a la atención de estudiantes con NEE de la escuela regular para su distribución a nivel nacional. - Difusión e información del uso de los materiales didácticos específi cos para personas con discapacidad visual, así como instruirles en el uso de los equipamientos y tecnologías que propician la producción de textos en sistema braille, relieve y sonoro. 6.3 Organización6.3.1. El CREBE se organiza teniendo en cuenta la siguiente estructura orgánica: Dirección Equipo de Apoyo Administrativo Equipo de Asistencia Profesional Especializada y de Producción 6.3.2. Los cargos del CREBE se asignarán de acuerdo a la siguiente estructura orgánica: Estructura Orgánica Cuadro de Asignación Personal Dirección 01 Director Equipo de Producción Y Asistencia Profesional Especializada01 Docente de Audición y Lenguaje 01 Docente de Discapacidad Intelectual01 Docente de Ceguera y Baja Visión01 Docente-Psicólogo Educacional Equipo de Apoyo Administrativo01 Técnico en Producción (Cuando el CREBE es de Servicios Educativos Complementarios y de Producción)01 Técnico Administrativo (Cuando el CREBE es de Servicios Educativos Complementarios y de Producción)02 Trabajadores de Servicio 6.3.3. Las plazas para atender los CREBE, podrán ser asignadas de las plazas vacantes originadas por conversión o de las plazas vacantes excedentes generadas en el proceso de racionalización. 6.4 FUNCIONES Y REQUISITOS DEL PERSONAL DEL CREBE 6.4.1. Funciones del Director del CREBE: El Director es la máxima autoridad y el representante legal del CREBE. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo, debiendo demostrar que cuenta con experiencia de gestión en la producción de textos y materiales educativos. Además de cumplir las funciones dispuestas en las normas establecidas por el Sector Educación, le corresponde: a. Planifi car, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el funcionamiento del CREBE, así como la producción de material educativo, formas de fi nanciamiento, administración de recursos humanos, materiales y económicos. b. Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Reglamento Interno, Plan Anual de Trabajo y los demás instrumentos de gestión, de manera participativa. c. Promover la práctica de evaluación y auto evaluación de su gestión y dar cuenta de ella a la instancia educativa descentralizada inmediata superior. d. Promover, impulsar y optimizar la prestación de servicios complementarios y la producción de material del CREBE, como la elaboración de solicitud de prestación de servicios y adquisición de insumos según las prioridades previamente establecidas. e. Promover, en el ámbito de su competencia, alianzas, convenios, acuerdos, pactos, alianzas de producción en red y consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. f. Gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento, así como la dotación de la infraestructura requerida para su funcionamiento velando por su mantenimiento y conservación. g. Elaboración del cuadro de asignación del personal del CREBE según las necesidades de atención y producción de la demanda de materiales educativos del ámbito local y regional. h. Desarrollar acciones de capacitación del personal del CREBE.Descargado desde www.elperuano.com.pe