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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de noviembre de 2008 383315 JACINTO SÁNCHEZ, formulada por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 06 de junio de 2008 y que fuera aclarada por Resolución Consultiva de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano colombiano CARLOS ALFONSO PERLAZA MOSQUERA y de los ciudadanos peruanos WILLIAM ABAD SAAVEDRA y GUSTAVO TEMOCHE por la presunta comisión del delito de narcotráfi co Internacional; y en relación al ciudadano peruano PERCY JACINTO SÁNCHEZ precisó que dada la circunstancia temporal de no contar con los datos de ubicación en territorio nacional de dicha persona, no constituyendo una decisión defi nitiva del Supremo Tribunal declaró improcedente por ahora su extradición (Exp. Nº 62-2008); Que, mediante el Informe Nº 113-2008/COE-TC del 03 de noviembre de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición pasiva de CARLOS ALFONSO PERLAZA MOSQUERA, WILLIAM ABAD SAAVEDRA y GUSTAVO TEMOCHE PINGO, mas no del requerido PERCY JACINTO SÁNCHEZ; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Lima el 25 de julio de 2001, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 27827 de fecha 22 de agosto de 2002 y cuya vigencia se dio desde el día 25 de agosto de 2003; y lo dispuesto en el literal “b” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición pasiva del ciudadano colombiano CARLOS ALFONSO PERLAZA MOSQUERA y de los ciudadanos peruanos WILLIAM ABAD SAAVEDRA y GUSTAVO TEMOCHE PINGO, formulado por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida; y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República por la presunta comisión del delito de narcotráfi co internacional; y disponer su entrega al Gobierno de los Estados Unidos de América de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- No emitir pronunciamiento respecto al pedido de extradición pasiva del ciudadano peruano PERCY JACINTO SÁNCHEZ por no tener ubicación conocida dentro de territorio nacional. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de JusticiaEncargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 277701-12 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban donación efectuada a favor de la población pre escolar en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 514-2008-MIMDES Lima, 12 de noviembre de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 632-2007- MIMDES de fecha 27 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2008, del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de las fuentes de fi nanciamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el Año Fiscal; Que, el acápite ii. del numeral 4.1 del artículo 4° del Anexo N° 1 “Ejecución del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno Nacional de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por Resolución Directoral N° 003-2007-EF/76.01, prevé que la incorporación de mayores fondos públicos en el Nivel Institucional procede cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y por Donaciones y Transferencias; Que, con fecha 26 de marzo del 2008 el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES suscribió el “Convenio de Cooperación entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y la Asociación Antamina para complementar el apoyo alimentario que brinda el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA a la población Pre Escolar en el Departamento de Ancash” mediante el cual la Asociación Antamina se compromete a entregar anualmente al MIMDES, a través de la Unidad Ejecutora 005: PRONAA, pescado en latas de conserva con un costo referencial de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y SIETE Y 603/100 NUEVOS SOLES (S/ 856 047,603), así como los recursos necesarios para su distribución secundaria con un costo referencial de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 54 451,00), durante el periodo de tres (3) años; Que, la Gerente de la Unidad Administrativa del PRONAA, mediante Memorando N° 2185-2008-MIMDES/PRONAA/UAD de fecha 28 de octubre de 2008, informa sobre la recepción del cheque del Banco Continental Nº 00000826 por la suma de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 27 500,00) correspondiente a la donación de la Asociación Antamina en el marco del convenio precitado, el mismo que ha sido depositado en la Cuenta Corriente del Banco de la Nación Nº 0000-872776 - PRONAA - Donaciones Asociación Antamina; Que, mediante el Ofi cio N° 173-2008-MIMDES- PRONAA/UPR, el Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA, solicita la aceptación e incorporación de la donación dineraria por la suma de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 27 500,00), provenientes de la Asociación Antamina, en el marco del “Convenio de Cooperación entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y la Asociación Antamina para complementar el apoyo alimentario que brinda el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA a la población Pre Escolar en el Departamento de Ancash“; monto que se encuentra destinado a fi nanciar la distribución secundaria de la conserva de lomo desmenuzado de anchoveta en aceite vegetal y depositado en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000-872776, ingreso acreditado con Recibo de Ingresos Nº 0004747 del mes de octubre de 2008; Que, mediante Memorando N° 591-2008-MIMDES- OGPP de fecha 7 de noviembre de 2008, la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, manifi esta su conformidad respecto al Informe N° 858-2008-MIMDES-OGPP/OPPI del Jefe (e) de la Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones, a través del cual propone la aprobación de una donación ascendente a VEINTISIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 27 500,00) efectuada por la Asociación Antamina; así como la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, hasta por la suma de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 27 500,00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias;Descargado desde www.elperuano.com.pe