Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2008 (19/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion.

Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 26 DE NOVIEMBRE AL 01 DE DICIEMBRE DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 359-2008-MTC/12.04 Y Nº 646-2008-MTC/12 ORDEN INICIO INSPECCION Nº 2293-2008MTC/12.04 2294-2008MTC/12.04 26-Nov VIATICOS SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA (US$) TUUA (US$) 28- US$ 600.00 LAN PERU MORDAZA MORDAZA Nov US$ 30.25 S.A. Raygada, MORDAZA MORDAZA 01- US$ 600.00 Dic US$ 30.25 LAN PERU S.A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FIN MORDAZA DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 17019-17020

MORDAZA

29-Nov

MORDAZA

Chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo A319/320 Chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo A319/320

17019-17020

280272-8

Aprueban publicacion, en la pagina web del Ministerio, de la Informacion sobre Informe de Evaluacion y sus ampliatorios elaborados sobre la MORDAZA renovacion gradual del plazo de los contratos de concesion de la empresa Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 528-2008-MTC/27 MORDAZA, 13 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 2003-024465 de fecha 22 de diciembre de 2003, la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. solicito la MORDAZA renovacion gradual del plazo de las concesiones que le fueran otorgadas, por un periodo de cinco (5) anos adicionales, del 2019 al 2024; Que, mediante carta del 19 de marzo de 2004 OSIPTEL remite el Informe de Evaluacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. establecidas en la clausula cuarta de los contratos de concesion; Que, mediante carta del 29 de MORDAZA de 2004, OSIPTEL remite la primera ampliacion del Informe de Evaluacion a solicitud del Ministerio mediante el Oficio Nº 146-2004MTC/17 del 15 de MORDAZA de 2004; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2004 se llevo a cabo la audiencia publica sobre la MORDAZA renovacion gradual de las concesiones de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A., contando con la participacion de OSIPTEL, el concesionario, las asociaciones de consumidores, la Defensoria del Pueblo y usuarios; Que, mediante carta del 14 de MORDAZA de 2004 OSIPTEL remite la MORDAZA ampliacion del Informe de Evaluacion a solicitud del Ministerio mediante los Oficios Nºs 185-2004MTC/17 y 186-2004-MTC/17; Que, mediante carta del 1 de junio de 2004 OSIPTEL remite la tercera ampliacion del Informe de Evaluacion de

acuerdo a lo solicitado por el Ministerio mediante el Oficio Nº 205-2004-MTC/17; Que, con fecha 23 de MORDAZA de 2006 se llevo a cabo la audiencia de pruebas convocada por el Ministerio mediante los Oficios Nºs 288-2006-MTC/17 y 289-2006MTC/17 con la presencia de los representantes de OSIPTEL y la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A.; Que, mediante Oficios Nº 4630-2007-MTC/27, 64262007-MTC/27, 6900-2007-MTC/27, 9341-2007-MTC/27 y 3881-2008-MTC/27 del 26 de setiembre, 22 de octubre, 26 de octubre y 3 de diciembre de 2007, respectivamente, asi como del 29 de febrero de 2008, se solicito a OSIPTEL precisar y aclarar aspectos del Informe de Evaluacion, entre ellos, establecer una gradacion de los incumplimientos de las obligaciones a cargo de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A., conforme a lo dispuesto en el literal b) de la seccion 4.03 de los citados contratos de concesion, que establecen que OSIPTEL debera senalar la medida en que la empresa concesionaria ha cumplido con sus obligaciones; Que, mediante carta registrada como P/D Nº 094169 del 29 de agosto de 2008 OSIPTEL remite el Informe Nº 093-GG-/2008 senalando el grado de cumplimiento de las obligaciones contenidas en los contratos de concesion de la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. a efectos de evaluar la solicitud de la MORDAZA renovacion gradual del plazo de las concesiones que le fueran otorgadas; Que, en virtud del MORDAZA de publicidad establecido en el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, toda informacion que posea el Estado se presume publica, salvo las excepciones expresamente previstas por la citada norma; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, establece como uno de los principios del derecho administrativo, el MORDAZA de Participacion, el cual establece que las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la informacion que administren, sin expresion de causa, salvo aquellas que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente MORDAZA excluidas por Ley;

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