Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2008 (19/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/. 34 209 128,00 (Treinta y Cuatro Millones Doscientos Nueve Mil Ciento Veintiocho y 00/100 Nuevos Soles), para el financiamiento de los proyectos de rehabilitacion de infraestructura, priorizados por el Directorio de FORSUR segun el Acuerdo Nº 051-08-2008 - D - FORSUR, entre otros; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 215-2008PCM de fecha de 30 de junio de 2008, se aprobo una transferencia financiera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros-PCM, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 5 140 696,23 (Cinco Millones Ciento Cuarenta Mil Seiscientos Noventa Seis y 23/100 Nuevos Soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con la finalidad exclusiva de atender la priorizacion efectuada por el Directorio de FORSUR; Que, por Resolucion Ministerial Nº 297-2008-VIVIENDA de fecha 16 de MORDAZA de 2008, se autorizo la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para el ano fiscal 2008 hasta por la suma de S/. 5 140 697,00 (Cinco Millones Ciento Cuarenta Mil Seiscientos Noventa y Siete con 00/100 Nuevos Soles), para ser destinados al financiamiento de proyectos de rehabilitacion de infraestructura de saneamiento afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los cuales S/. 584 222,12 (Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Veintidos y 12/100 Nuevos Soles) seran destinados al financiamiento del proyecto denominado "Rehabilitacion de la Linea de Conduccion, Floculador y Construccion de 5 Filtros de la Planta Nº 1 Alminares Imperial" en la Provincia de Canete; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 1063-2008VIVIENDA/VMCS-DNS, la Direccion Nacional de Saneamiento emite opinion tecnica favorable para aprobar la transferencia financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Canete S.A., en adelante EMAPA CANETE S.A., para la ejecucion del proyecto senalado en el Anexo A, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, con fecha 10 de setiembre de 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion Saneamiento, y EMAPA CANETE S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, financieros y de operatividad para el financiamiento del proyecto detallado en el Anexo Nº 1 del citado Convenio, asi como las condiciones que deberian cumplir las partes para efectivizar la transferencia financiera; Que, el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectuan mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego;

Con la visacion del Director Nacional de Saneamiento y las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construccion y Saneamiento, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Canete S.A. ­ EMAPA CANETE S.A., hasta por la suma de S/. 584 222,12 (Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Veintidos y 12/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para financiar la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuara conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los cuales forman parte integrante de la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo A, quedando prohibida EMAPA CANETE S.A. de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a dichos recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado para el presente ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construccion y Saneamiento en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y, con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4) del articulo 9º de la Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el articulo 1º de la presente Resolucion, solo se efectivizaran luego que EMAPA CANETE S.A. presente a la Direccion Nacional de Saneamiento, el contrato de ejecucion de estudios, obra o supervision del proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otro documento relacionado a componentes aprobados, segun corresponda. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podra ser materia de modificacion en funcion de los resultados de la ejecucion del proyecto, asi como por factores externos no previsibles. La modificacion del cronograma de desembolsos debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y de la Direccion Nacional de Saneamiento. Articulo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolucion se sujeta a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Especifico, de fecha 10 de setiembre del ano 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y EMAPA CANETE S.A. Articulo 5º.- La Direccion Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento ANEXO A UNIDAD EJECUTORA: EMAPA CANETE S.A.
ITEM PROYECTOS DE EMERGENCIA Rehabilitacion de la Linea de Conduccion, Floculador y Construccion 5 Filtros de la Planta Nº 1 Alminares Imperial. TOTAL MODALIDAD DE CONTRATACION INDIRECTA PRESUPUESTO TOTAL 584 222,12 584 222,12

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