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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de noviembre de 2008 383619 del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/. 34 209 128,00 (Treinta y Cuatro Millones Doscientos Nueve Mil Ciento Veintiocho y 00/100 Nuevos Soles), para el fi nanciamiento de los proyectos de rehabilitación de infraestructura, priorizados por el Directorio de FORSUR según el Acuerdo Nº 051-08-2008 - D - FORSUR, entre otros; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 215-2008- PCM de fecha de 30 de junio de 2008, se aprobó una transferencia fi nanciera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros-PCM, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 5 140 696,23 (Cinco Millones Ciento Cuarenta Mil Seiscientos Noventa Seis y 23/100 Nuevos Soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con la fi nalidad exclusiva de atender la priorización efectuada por el Directorio de FORSUR; Que, por Resolución Ministerial Nº 297-2008-VIVIENDA de fecha 16 de julio de 2008, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el año fi scal 2008 hasta por la suma de S/. 5 140 697,00 (Cinco Millones Ciento Cuarenta Mil Seiscientos Noventa y Siete con 00/100 Nuevos Soles), para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de rehabilitación de infraestructura de saneamiento afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los cuales S/. 584 222,12 (Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Veintidós y 12/100 Nuevos Soles) serán destinados al fi nanciamiento del proyecto denominado “Rehabilitación de la Línea de Conducción, Floculador y Construcción de 5 Filtros de la Planta Nº 1 Alminares Imperial” en la Provincia de Cañete; Que, mediante el Informe Técnico Nº 1063-2008- VIVIENDA/VMCS-DNS, la Dirección Nacional de Saneamiento emite opinión técnica favorable para aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., en adelante EMAPA CAÑETE S.A., para la ejecución del proyecto señalado en el Anexo A, el cual forma parte integrante de la presente Resolución; Que, con fecha 10 de setiembre de 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción Saneamiento, y EMAPA CAÑETE S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, fi nancieros y de operatividad para el fi nanciamiento del proyecto detallado en el Anexo Nº 1 del citado Convenio, así como las condiciones que deberían cumplir las partes para efectivizar la transferencia fi nanciera; Que, el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego;Con la visación del Director Nacional de Saneamiento y las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. – EMAPA CAÑETE S.A., hasta por la suma de S/. 584 222,12 (Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Veintidós y 12/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para fi nanciar la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A, quedando prohibida EMAPA CAÑETE S.A. de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado para el presente año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y, con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4) del artículo 9º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que EMAPA CAÑETE S.A. presente a la Dirección Nacional de Saneamiento, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados, según corresponda. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y de la Dirección Nacional de Saneamiento. Artículo 4º.- LaTransferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co, defecha 10 de setiembre del año 2008, suscrito entre el Ministerio de V ivienda, Construcción y Saneamiento y EMAPA CAÑETE S.A. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO A UNIDAD EJECUTORA: EMAPA CAÑETE S.A. ITEM PROYECTOS DE EMERGENCIAMODALIDAD DE CONTRATACIÓNPRESUPUESTO TOTAL 1Rehabilitación de la Línea de Conducción, Floculador y Construcción 5 Filtros de la Planta Nº 1 Alminares Imperial. INDIRECTA 584 222,12 TOTAL 584 222,12Descargado desde www.elperuano.com.pe