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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de noviembre de 2008 384298 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAZOS Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno a utilizarse como Centro de Acopio de Papas Nativas ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 079-2008-MDP-CM Pazos, 13 de noviembre del 2008 VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 021- 2008-MDP de fecha 13 de Noviembre del 2008, el Informe Técnico N° 053-2008-SGA/MDP presentado por el Sub Gerente de Administración, el Informe Legal N° 068-2008-ASLEG/MDP presentado por el Asesor Legal, sobre “Exoneración de Proceso de Selección para la Adquisición de un Terreno para el Centro de Acopio de Papas Nativas del Distrito de Pazos” CONSIDERANDO:El Art. 194º de la Ley N° 27680 que modifi ca el Capítulo XIV de la Constitución Política del Perú, describe que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. El Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. 084-2004-PCM, contienen los lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público, dentro de criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos y conforme dispone el Art. 4º del D.S. 083-2004-PCM sobre –especialidad de la norma y delegación- la presente ley y su reglamento prevalecen sobre las normas generales de procedimientos administrativos y sobre aquellas de derecho común que les sean aplicables. El Art. 19° inciso e) del D.S. 083-2004-PCM “Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” establece la exoneración de procesos de selección cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, concordante con lo dispuesto por el Art. 144º del D.S. 084-2004-PCM “Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”, que establece en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos o los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. El Art. 28º del D.S. 084-2004-PCM establece la competencia para establecer las características técnicas, y taxativamente expresa lo siguiente: “Efectuado el requerimiento por el área usuaria, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, en coordinación con aquella, defi nirá con precisión las características, la cantidad de los bienes, servicios u obras, para cuyo efecto se realizará los estudios de mercado o indagaciones según corresponda” El Sub Gerente de Administración mediante Informe N° 053-2008-SGA/MDP informa que la Municipalidad Distrital de Pazos requiere adquirir un terreno con fi nes de utilizar como centro de acopio de papas nativas en el distrito de Pazos y teniendo en consideración que en el distrito no hay predios con las características propias para el fi n solicitado, mediante Informe Nº 263-FNCV/SGDUR-MDP el Sub Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural ha presentado los términos de referencia para la adquisición del terreno para la construcción del Centro de Acopio de Papas Nativas – Pazos; en el mismo que se identifi ca el inmueble de propiedad del señor Betsor Romero Castro, las características específi cas con sus respectivos metros lineales realizado por la Jefatura de Estudios y Proyectos, así como el valor referencial, de la misma manera se tiene a la vista el plano topográfi co con un área superfi cial de 7006.80 metros cuadrados y perímetro 432.81 metros lineales, evidenciándose que existe proveedor único con las características solicitadas por la Jefatura de Estudios y proyectos, estando al Informe Legal Nº 068-2008-CM/MDP opina por la procedencia de la exoneración del proceso de selección, porque el terreno se ha ubicado en función al requerimiento de la entidad. Estando a lo acordado en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 021-2008-MDP del Distrito de Pazos, comprensión de la provincia de Tayacaja, departamento Huancavelica con las facultades y competencias que se encuentra investido el Despacho de Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE ACUERDA :Artículo Primero .- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición de un terreno con fi nes de utilizarse como Centro de Acopio de Papas Nativas en el Distrito de Pazos. Artículo Segundo .- ESTABLECER, que el bien inmueble se adquirirá de su propietario Betsor Romero Castro, el valor referencial del costo del bien inmueble es por la suma de S/. 21,020.40 nuevos soles, considerando el valor del metro cuadrado a S/. 3.00 nuevos soles. Artículo Tercero .- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y comunicar a Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ZACARIAS JULIO HUACHOS MENDEZ Alcalde 284551-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe