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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de noviembre de 2008 384293 VISTOS, los Memoranda Nº 1421-2008-MDJM-GR y 222-2008-MDJM/GAJ emitidos por las Gerencias de Rentas y de Asesoría Jurídica y Registro Civil, de fechas 17 y 26 de noviembre del 2008, respectivamente; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 88° del Código Tributario prescribe que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por ley, reglamento, resolución de superintendencia o norma de rango similar, la cual puede constituirse en base para la determinación de la obligación tributaria; Que, conforme lo establece el artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, los propietarios pensionistas de un único predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, cuyo ingreso bruto se encuentre constituido por su pensión y siempre que dediquen el mismo a casa habitación de los mismos, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial el valor de 50 UIT vigentes; Que, resulta necesario disponer los mecanismos necesarios para la obtención de la información mínima necesaria para una adecuada aplicación del benefi cio tributario antes mencionado, por lo que se ha estimado pertinente la aprobación de un formulario especial de Declaración Jurada para el efecto; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar el formato de Declaración Jurada de Pensionistas (DJP) que como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía, el mismo que deben, a partir de la fecha, presentar los contribuyentes que tengan la calidad de pensionistas, a efecto de comunicarlo a la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 284216-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Crean el Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 043-2008-MDP/C Pachacámac, 4 de noviembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC POR CUANTO:El Concejo Distrital de Pachacámac en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de noviembre de 2008. CONSIDERANDO: Que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia según lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, el Inciso 22 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, establece que las municipalidades, en el marco de la autonomía reconocida por ley y sin perjuicio a las responsabilidades que corresponde al alcalde, promoverán, mediante el Concejo Municipal la identifi cación o creación de instancias de coordinación y concertación ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que el artículo 6º de la Ley de Bases de Descentralización aprobada por Ley 27783 señala que se cumplirán los siguientes objetivos ambientales: Ordenamiento territorial y del entorno ambiental; Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental y coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión del Ambiente; Que el artículo 2º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por Ley 28245 decreta que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones públicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales; contando con la participación del sector privado y la sociedad civil; Que el artículo 24º de la referida Ley Marco establece que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes, en concordancia con las Políticas Nacionales, Sectoriales y Regionales, en el marco de los principios de la Gestión Ambiental; Que el numeral 7º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional; Que, siendo la conservación y protección del ambiente una función de competencia municipal, es necesario aprobar el marco general que ha de regular la gestión ambiental de la Municipalidad de Pachacámac desde una perspectiva orientada hacia el desarrollo sostenible y la mejora progresiva de la calidad ambiental distrital, basada en la práctica de la concertación y participación ciudadana y dirigida a garantizar la articulación entre las políticas ambientales de los diversos organismos del estado vinculados a la gestión municipal. Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ley General del Ambiente Nº 28611, y con el voto de los señores Regidores, se aprueba lo siguiente; ORDENANZA QUE CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC Artículo Primero.- Aprobar El Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de Pachacámac, contenida en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 283644-1 Aprueban creación de la Comisión Ambiental Municipal del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 044-2008-MDP/C Pachacámac, 4 de noviembre de 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PACHACAMACDescargado desde www.elperuano.com.pe