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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de noviembre de 2008 384297 2.3 OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS 2.3.1 Condónese el 90% del importe original y el 100% de intereses a aquellas Papeletas de Infracción Municipal impuestas hasta el 23 enero del año 2006. 2.3.2 Condónese el 30% del importe original y el 100% de intereses a aquellas Papeletas de Infracción Municipal impuestas del 24 de enero del 2006 al 31 de diciembre del año 2007, siempre que, la notifi cación de su respectiva Resolución Gerencial de Sanción haya excedido el plazo de 7 días hábiles de notifi cada. 2.3.3 No son objeto de acogimiento a los benefi cios establecidos en la presente ordenanza, las papeletas de infracción municipal de competencia de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 2.4. GASTOS Y COSTAS PROCESALES2.4.1 Condónese el 75% de los Gastos y Costas Procesales derivado de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias y no tributarias, siempre que el deudor pague al contado el total de la deuda materia de cobranza. 2.4.2 Condónese el 35% de los Gastos y Costas Procesales, derivado de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias y no tributarias, siempre que el deudor pague al contado al menos el 50% del saldo de la deuda materia de cobranza. Artículo Tercero.- VIGENCIA El presente benefi cio estará vigente del 01 al 22 de diciembre del presente año; vencido el plazo establecido, la Administración procederá a cobrar el íntegro de la deuda tributaria y no tributaria reajustada a la fecha de pago, así como los gastos y costas procesales por procedimientos coactivos, de ser el caso, además de las sanciones que se deriven por el incumplimiento de obligaciones formal del contribuyente, en el caso de obligaciones tributarias y no tributarias. Artículo Cuarto.- DESISTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago al contado o en forma fraccionada de las deudas señaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automático de la reclamación, reconsideración o apelación, según sea el tipo de obligación, que pudiera existir respecto de ellas. De la misma manera, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación; por lo cual, el deudor no podrá presentar reclamos futuros, respecto a ellas. Artículo Quinto.- SISTEMA DE PAGO Los contribuyentes que se acojan al presente benefi cio, sólo podrán regularizar sus deudas pagando la obligación pendiente. Artículo Sexto.- PAGO EFECTUADO No podrán ser por ningún motivo materia de devolución los pagos que hubieran realizado los contribuyentes con anterioridad. Los contribuyentes que hayan realizado el pago al contado o en forma fraccionada de las obligaciones con los intereses, moras o sanciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza; no podrán solicitar su devolución. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, a la Ofi cina de Ejecutoría Coactiva, a la Secretaría de Imagen Institucional y a la Subgerencia de Informática y Subgerencia de Tesorería, el cumplimiento de la presente Ordenanza. SEGUNDA.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 284591-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI Autorizan viaje de regidores a Ecuador para participar en el Primer Encuentro Municipal Ecuatoriano RESOLUCION DE ALCALDIA N° 661-2008-A/MDM Mazamari, 5 de noviembre del 2008 VISTO:El Informe Nº 429-2008-SGPPTOT/MDM del Subgerente de Planeamiento y Presupuesto opinando favorablemente que existe una partida presupuestal para el viaje de los Regidores y el Acuerdo de Concejo N° 131- 2008-CM/MDM, donde se aprobó el viaje de 4 Regidores a la ciudad de Macara - Ecuador a fi n de participar en el Primer Encuentro Municipal Ecuatoriano - Peruano en la que por Unanimidad el Concejo Municipal Aprobó el viaje de 4 Regidores a la ciudad de Macara - Ecuador. CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo I de la citada Ley Orgánica de Municipalidades determina que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; Que, en el numeral 11 del Art. 9° de la Ley N° 27972 - la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar donde “autoriza los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los Regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Y; con las facultades conferidas por la citada Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, un Presupuesto Económico por el monto total de S/. 9,520.64 para el viaje de los Señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo - Junín, VICTOR ALFONSO MARTINEZ TASAICO, JOSE AUGUSTO LAZO YMAÑA, ALEJANDRO AURELIO PASTRANA GUTIERREZ, PERCY TOMAS ROJAS ROMERO a la ciudad de Macará - Ecuador los días 6,7,8 y 9 del mes de noviembre del 2008 para participar en el PRIMER ENCUENTRO MUNICIPAL ECUATORIANO, otorgándole a cada uno de los Regidores en mención el monto de S/. 2,380.16. Artículo Segundo: DISPONER que la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto establezca una partida con la cual se atenderá el artículo precedente. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto y a quienes corresponda, adopten las medidas convenientes y necesarias para su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y archívese.JORGE GABRIEL SÁNCHEZ MORVELI Alcalde 284181-1Descargado desde www.elperuano.com.pe