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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (02/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380747 de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de Capacidad de Respuesta de los Servicios de Salud frente a una Pandemia de Infl uenza”, fue suscrito el 9 de noviembre de 2006, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º. - Ratifícase el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científi ca y Técnica entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de Capacidad de Respuesta de los Servicios de Salud frente a una Pandemia de Infl uenza”, suscrito el 9 de noviembre de 2006, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 259645-3 Ratifican Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú para la implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Regulación y Fiscalización en Salud Pública en el Proceso de Descentralización en los Ministerios de Salud del Brasil y del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 034-2008-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científi ca y Técnica entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Regulación y Fiscalización en Salud Pública en el Proceso de Descentralización en los Ministerios de Salud del Brasil y del Perú” , fue suscrito el 9 de noviembre de 2006, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científi ca y Técnica entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Regulación y Fiscalización en Salud Pública en el Proceso de Descentralización en los Ministerios de Salud del Brasil y del Perú”, suscrito el 9 de noviembre de 2006, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 259645-4 Ratifican Acuerdo para Apoyar al Gobierno Peruano en la Reunión Ministerial Conjunta y la Reunión de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico, formalizado con el Gobierno de la República Popular China DECRETO SUPREMO Nº 035-2008-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China para Apoyar al Gobierno Peruano en la Reunión Ministerial Conjunta y la Reunión de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC)” , fue formalizado mediante intercambio de Notas el 19 de marzo de 2008, en la ciudad de Beijing, República Popular China. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China para Apoyar al Gobierno Peruano en la Reunión Ministerial Conjunta y la Reunión de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC)”, formalizado mediante intercambio de Notas el 19 de marzo de 2008, en la ciudad de Beijing, República Popular China. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 259645-5