TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380754 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Provincial de Luya Lamud y Distritales de Longuita y de Leymebamba para la ejecución de proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 622-2008-VIVIENDA Lima, 30 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No. 688- 2007-VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año ¿ scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley No. 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, modi¿ cado por Decreto Supremo No. 045-2006- VIVIENDA, señala que es misión del Ministerio mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, propiciar el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de in À uencia, mediante la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario oficial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con el Informe Técnico No. 206-2008-MVCS/ VMVU-PIMBP-BBS de fecha 12 de setiembre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Luya Lamud, hasta por la suma de Un Millón Ciento Diecinueve Mil Ciento Cincuenta y 19/100 Nuevos Soles (S/. 1 119 150,19) para financiar la ejecución de los Proyectos con Código SNIP Nos. 55939, 77786, 76903 y 76904; Que, con fecha 26 de setiembre de 2008 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribió el Convenio Especí ¿ co con la Municipalidad Provincial de Luya Lamud (en adelante el Convenio Especí¿ co), con el objeto de ¿ nanciar la ejecución de los Proyectos: “CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS, VEREDAS, EVACUACION PLUVIAL Y PARQUE INFANTIL EN VIAS DE ACCESO A LA LOCALIDAD DE NUEVO TINGO, DISTRITO DE TINGO - LUYA – AMAZONAS”, “CONSTRUCCION DE LA PLAZA PRINCIPAL DEL ANEXO SAN MARTIN DEL MANGO, SAN JUAN DE LOPECANCHA, DISTRITO DE SAN JUAN DE LOPECANCHA - LUYA – AMAZONAS”, “CONSTRUCCION DE MALECON EN LA LOCALIDAD DE QUIZANGO, DISTRITO DE MARIA - LUYA – AMAZONAS” y “CONSTRUCCION DE MALECON EN LA LOCALIDAD DE CUCHAPAMPA, DISTRITO DE MARIA - LUYA – AMAZONAS” con Código SNIP Nos. 55939, 77786, 76903 y 76904, respectivamente; Con la visación de las Directoras Generales de las O¿ cinas Generales de Plani ¿ cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia ¿ nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, a favor de la Municipalidad Provincial de Luya Lamud hasta por la suma de Un Millón Ciento Diecinueve Mil Ciento Cincuenta y 19/100 Nuevos Soles (S/. 1 119 150,19) para ¿ nanciar la ejecución de los Proyectos con Código SNIP Nos. 55939, 77786, 76903 y 76904, detallados en el Anexo 1, cuyo desembolso se efectuará conforme el cronograma establecido en el Anexo 2, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia ¿ nanciera serán destinados exclusivamente para ¿ nanciar la ejecución de los referidos Proyectos, quedando la Municipalidad Provincial de Luya Lamud, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2.- La transferencia ¿ nanciera a que se re¿ ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio ¿ scal 2008 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Provincial de Luya Lamud presente al Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, el Contrato de Ejecución Obra o Supervisión de los Proyectos; así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad de los Proyectos. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución podrá ser modi ¿ cado en función a los resultados de la culminación de los Proyectos, así como por factores externos no previsibles. La modi¿ cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora de los Proyecto y del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Especí ¿ co de fecha 26 de setiembre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Provincial de Luya Lamud para el ¿ nanciamiento de los Proyectos. Artículo 5.- El Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio