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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (02/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380763 Valores, así como a lo establecido por el artículo 36, del Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, por el que se faculta a la Dirección de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y efectuar todo trámite vinculado a dichas ofertas, así como disponer la inscripción y registros que correspondan en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el “Quinto Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Credileasing”, hasta por un monto máximo de emisión de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en otras monedas y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Inscribir los valores correspondientes a la primera emisión del “Quinto Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Credileasing” hasta por un monto de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y registrar el prospecto complementario respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Inscribir los valores correspondientes a la segunda emisión del “Quinto Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Credileasing” hasta por un monto en Nuevos Soles equivalente a US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y registrar el prospecto complementario respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Inscribir los valores correspondientes a la tercera emisión del “Quinto Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Credileasing” hasta por un monto en Nuevos Soles equivalente a US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y registrar el prospecto complementario respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- En tanto Crédito Leasing S.A. mantenga su condición de entidad cali ¿ cada y se trate de la emisión de valores típicos, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el marco del programa al que se re¿ ere el artículo 1 de la presente resolución, se podrán entender realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto por el artículo 14, literal b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 6º.- La oferta pública de los valores a que se re¿ eren los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25 y, de ser el caso, por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se re ¿ eren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores o, de ser el caso, de la recepción de documentos a la que se re ¿ ere el artículo 14 literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 7º.- La aprobación, la inscripción y el registro a los que se re ¿ eren los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 8º.- Publicar la presente resolución en el Diario O¿ cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet.Artículo 9º.- Transcribir la presente resolución a Crédito Leasing S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Scotiabank Perú S.A.A., en su condición de representante de los obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL RODRÍGUEZ VARGAS Director de Emisores (e) 256581-1 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Se toma conocimiento de la renuncia de miembros de Directorios de empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 009-2008/017-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modi ¿ catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de esta Empresa. Se comunica que, con cartas de fechas 05.09.08, 24.09.08 y 25.09.08 se ha tomado conocimiento de las renuncias al cargo de miembro de directorio de empresas en las que participa FONAFE, presentadas por las personas señaladas a continuación, agradeciéndoles por los servicios prestados durante el desempeño de sus funciones: NOMBRE DE RENUNCIANTE EMPRESA CARGO SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO COFIDE DIRECTOR CARLOS GIESECKE SARA-LAFOSSE SERPOST S.A. DIRECTOR CARLOS GIESECKE SARA-LAFOSSE ELECTROPERU S.A. DIRECTOR MARTÍN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS Director Ejecutivo 259646-1 Designan miembro de Directorio de empresa en la que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 009-2008/017-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modi ¿ catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la designación deberá ser publicada en el Diario O¿ cial El Peruano. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 009- 2008/017-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada con fecha 30 de setiembre de 2008, se designó como miembro de directorio de empresaa en la que FONAFE