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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380768 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Amplían la vigencia de la Ordenanza Nº 285-2008/MDB-CDB que aprobó Beneficio Especial Tributario y No Tributario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2008-DA/MDB Breña, 1 de setiembre del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: El Informe Nº 160-2008-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldía. CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 285-2008/MDB-CDB de fecha 25 de junio del 2008 se aprueba la Ordenanza que otorga bene ¿ cio Especial Tributario y No Tributario para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones formales y sustanciales pendientes con la Municipalidad Distrital de Breña, hasta el 12 de julio del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 017-2008-DA/MDB de fecha 15 de julio del 2008 y Decreto de Alcaldía Nº 018-2008-DA/MDB de fecha 1 de agosto del 2008. Que mediante Informe Nº 160-2008-GATR-GM/MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldía la prórroga de la Ordenanza Nº 285-2008/MDB-CDB hasta el 06 de setiembre del 2008, en virtud a que se otorga bene ¿ cio tributario a los contribuyentes del distrito otorgándoles descuentos del 50%, 40%, 30%, 20% y 10% de descuentos en los arbitrios municipales desde el año 2002 al año 2008. Asimismo condona los intereses y moras del Impuesto Predial desde el año 1996 al año 2008 y los arbitrios municipales del año 2002 al año 2008. Otorga descuento en las multas administrativas del 50% y 80% de descuento. Dentro de este contexto se ha podido establecer que los contribuyentes en ambos casos han procedido a realizar los pagos oportunos de los tributos antes mencionados, a ¿ n de regularizar la deuda tributaria que contrae con esta Entidad, por lo que se hace necesario prorrogar dicho bene¿ cio hasta el 06 de setiembre del 2008, no habiendo más prórroga puesto que esto originaría incumplimiento de pagos en aquellos contribuyentes con el pago puntual de sus obligaciones tributarias. Que, la Primera disposición final de la Ordenanza Nº 285-2008/MDB-CDB autoriza al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente ordenanza. Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6º del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA:Artículo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 285-2008/MDB-CDB de fecha 25 de junio del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldí a Nº 017-2008- DA/MDB, Decreto de Alcaldía Nº 018-2008-DA/MDB y Decreto de Alcaldía Nº 020-2008-DA/MDB, con e ¿ cacia a partir del 01 de setiembre del 2008 hasta el 06 de setiembre del 2008. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano bajo responsabilidad y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática su publicación en el portal de la Municipalidad. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 250964-1MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Implementan sanciones para las obras de construcción o demolición en el distrito ORDENANZA Nº 141-MDCH Chorrillos, 27 de septiembre del 2008.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS: POR CUANTO:El Concejo Distrital de Chorrillos en sesión ordinaria de la fecha y : CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad con los Art. 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modi ¿ cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680 y en concordancia con el Art. 11 del Título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 79 señala que las Municipalidades deben normar regular y otorgar autorizaciones, decretos, licencias y realizar la ¿ scalización de construcciones, remodelación o demolición de inmuebles o declaratorias de fábricas. Que, la Ley 27157 Ley de Regularización de Edi¿ caciones del Procedimientos para la Declaratoria de Fabrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad exclusiva y Propiedad Común y su Reglamento el D.S. N° 035-2006/Viv., regulan el procedimiento del trámite de regularización de los edi ¿ caciones construidas o demolidas antes del 21 de Julio de 1999, así como el procedimiento regular para obtener la licencia de obra, cuando se trate de obra nueva, sea ampliación, remodelación, modi ¿ cación, etc. Que, esta administración Municipal viene observando en el distrito incremento de edi ¿ caciones y/o demoliciones, informales y/o que carecen de licencias de obra y por ende de la respectiva Declaratoria de Fábrica, por lo que resulta necesario complementar mediante ordenanza Municipal la Ley N° 27157 y su Reglamento, a ¿ n de establecer nuevos criterios, mediante mecanismos adecuados, en especial en temas relacionados con la detección y sanción de infracciones en aplicación de la facultad de ¿ scalización de la Municipalidad así prevenir posibles riesgos de tener construcciones inseguras sin supervisión profesional y con el consiguiente hecho de transgredir, las normas y parámetros técnicos vigentes. Que, con el ¿ n de encauzar dentro de la legalidad a un gran sector del Distrito, deviene en necesario dictar, una norma que uniformice los procedimientos sancionadores, cuando se detecte construcciones sin la debida autorización municipal, o sin cumplir con los procedimientos administrativos establecidos para tal ¿ n. En uso de las atribuciones conferidas en los Art. 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha ha aprobado por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE IMPLEMENTA LAS SANCIONES PARA LAS OBRAS DE CONSTRUCCION O DEMOLICION EN EL DISTRITO CAPITULO I BASE LEGAL - CONSTITUCION POLITICA DEL PERU - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES - LEY N° 27972 - LEY N° 27157 - LEY DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES DEL PROCEDIMIENTOS PARA LA