Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2008 (03/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2008

que pueda presentar garantia de venta de repuestos y prestacion de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores, Que, el Memorandum Nº OAJ-497-2008 senala que efectuada la justificacion tecnica sobre la procedencia de exonerar del MORDAZA de seleccion el requerimiento efectuado por la Unidad de Logistica, corresponde aplicar el Articulo19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 0832004-PCM, que senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico. Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su articulo 144, senala que siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; asimismo que se considera que existe proveedor unico cuando se ha establecido la exclusividad del proveedor; Que, la MORDAZA MORDAZA ha otorgado la exclusividad de la venta de sus repuestos y equipos asi como el servicio de mantenimiento a la empresa ASCENSORES S.A., Que, para la calificacion del postor se ha tenido en cuenta que el titular del privilegio de la MORDAZA MORDAZA es la empresa ASCENSORES S.A., al tener la representacion en exclusividad, por lo que la necesidad o requerimiento no puede ser satisfecho por otros, toda vez que en el MORDAZA no hay sustitutos convenientes por lo que convocar a MORDAZA de seleccion resulta imposible, ya que solamente ASCENSORES S.A. seria el unico que se presente formulando propuesta, Que, conforme al articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Titular del Pliego debe proceder a la aprobacion de la resolucion directoral correspondiente, lo mismo que constituye una facultad que es indelegable y que obligatoriamente requiere de un informe tecnico-legal previo, Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 148º del Reglamento, los contratos que se celebren como consecuencia de la exoneracion del MORDAZA deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, Con la Visacion de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica, Director de la Oficina de Administracion, y del Director de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de 02 Ascensores MORDAZA OTIS", para el ano 2008, ubicados en la Sede Central del Instituto MORDAZA del Peru, por la causal establecida en el Articulo 19º inciso e) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Autorizar el MORDAZA de exoneracion por un valor referencial de S/. 41,316.00 (Cuarenta y Un Mil Trescientos Dieciseis y 00/100 Nuevos Soles) por un periodo de 12 meses, a razon de S/. 3,443.00 (Tres Mil Cuatrocientos Cuarentaitres y 00/100 Nuevos Soles) mensuales a partir del de septiembre del 2008. Articulo Tercero.Designar como organo encargado de ejecutar las acciones directas tendientes a la contratacion exonerada a la Unidad de Logistica e Infraestructura. Articulo Cuarto.- La contratacion autorizada por la presente Resolucion Directoral se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Articulo Quinto.- El gasto que demande la contratacion a que se contrae la presente Resolucion se efectuara con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios: Programa 003 Administracion. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano" remitiendose MORDAZA a la Contraloria General de la Republica, Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

sin prejuicio de su publicacion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones, SEACE, del CONSUCODE dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 259190-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del Sonar cientifico MULTHIHAZ OMNIDIRECCIONAL SIMRAD Modelo SX90
RESOLUCION DIRECTORAL Nº DE-305-2008 Callao, 26 de septiembre del 2008 VISTOS: Informe Nº UleI-2058-2008 Memorandum Nº OAJ-504-2008 Memorandum Nº DOA-928-2008 Memorandum DIPDT Nº 370-2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE - Decreto Legislativo Nº 95 senala en su Articulo 2º que el IMARPE tiene por finalidad realizar investigaciones cientificas y tecnologicas MORDAZA y de las aguas continentales y de los recursos de ambos, con el objeto de lograr el racional aprovechamiento de los mismos, Que, conforme al Decreto Supremo Nº 009-2001-PE - Reglamento de Organizacion y Funciones del IMARPE, entre otras funciones tiene la de realizar investigaciones oceanograficas, limnologicas y de la calidad del ambiente acuatico; realizar investigaciones tecnologicas de extraccion y deteccion; y promover el desarrollo de la investigacion cientifica y tecnologica, asi como la formacion, perfeccionamiento y especializacion de los investigadores cientificos y tecnicos (...), Que, es Objetivo del IMARPE proporcionar al Ministerio de Pesqueria (ahora Produccion) las bases cientificas y tecnicas en forma veraz y oportuna, a fin de contribuir al aprovechamiento racional de los recursos marinos y, por ende, al desarrollo socioeconomico del MORDAZA, Que, el IMARPE con fecha 20.05.2008 ha suscrito el Convenio de Cooperacion Interinstitucional con el Ministerio de la Produccion cuya finalidad es establecer los terminos y condiciones de la cooperacion interinstitucional entre MORDAZA entidades, para ejecutar el estudio integral de las caracteristicas tecnicas biologicas y pesqueras de los recursos jurel y caballa en el mar peruano, para poder emitir recomendaciones a los administradores del recurso, y al publico en general, Que, conforme al Informe Tecnico emitido por la Direccion de Investigaciones en Pesca y Desarrollo Tecnologico, (Memorandum DIPDT Nº370-2008) el Proyecto de Investigacion de la Meta Nº 0061: Programa, prospeccion bioceanografica de los recursos jurel y caballa, que ejecuta el IMARPE en cooperacion con el Vice-Ministerio de Pesqueria, sector privado y consultores internacionales; esta dirigido a esclarecer los diferentes aspectos biologicos del ciclo de MORDAZA del jurel y caballa frente al Peru, cuyos resultados serviran de base para un manejo integrado de estas poblaciones de peces transzonales. Asimismo, indica que las principales actividades del Programa comprenden la recuperacion de datos historicos de la pesqueria de jurel y la ejecucion de dos cruceros al ano, a realizarse en otono y MORDAZA, con areas de rastreo mayores a las 100 millas, Que, la ejecucion de los cruceros de evaluacion directa de las especies jurel y caballa, contempla la aplicacion del metodo hidroacustico para conocer la abundancia poblacional de estas especies en el mar peruano, especialmente por fuera de las 100 mn de la costa. Esta investigacion se realizara a bordo del BIC Humboldt, que

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