Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2008 (03/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

380854

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2008

la accion del OSIPTEL en el desarrollo y ejercicio de sus funciones; dicho MORDAZA establece que los proyectos de decisiones normativas y/o regulatorias seran previamente publicadas para recibir opiniones del publico en general; Que, asimismo, el Articulo 27º del Reglamento General del OSIPTEL, establece que constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos de caracter general que dicte el OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, la materia regulada por el Proyecto Normativo es de especial importancia considerando que determina la informacion periodica que debe ser remitida por las empresas operadoras al OSIPTEL y con la cual contara este organismo para el ejercicio de sus funciones; desde esa perspectiva, contar con la opinion de los interesados para la elaboracion de la version final de la MORDAZA, MORDAZA como resultado un mayor beneficio para el mercado; Que, en atencion a los fundamentos expuestos, se considera necesario ampliar en sesenta (60) dias calendario adicionales el plazo para la recepcion de comentarios al Proyecto Normativo, establecido en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 018-2008-CD/OSIPTEL; dicho plazo adicional debera computarse a partir del vencimiento del inicialmente otorgado, es decir, a partir del 23 de setiembre de 2008; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso p) del Articulo 25° y en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General de OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesion N° 323; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliar en sesenta (60) dias calendario adicionales el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 018-2008-CD/ OSIPTEL, para la recepcion de comentarios al Proyecto de Resolucion que modificara la Resolucion de Consejo Directivo N° 121-2003-CD/OSIPTEL que establece el requerimiento de informacion periodica a las empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones. Articulo 2º.- El plazo senalado en el articulo precedente sera computado a partir del 23 de setiembre de 2008. Articulo 3°.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo 259812-2

Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nº 27902 y Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en la Entidades Publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, modifica por la Ley Nº. 28807 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, sobre autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, modificado por el Decreto Supremo Nº. 005-2006-PCM; Que, el tercer parrafo del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que no son de obligatoria publicacion las autorizaciones a que se refiere el presente articulo; Que, de conformidad con el Articulo 83º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, la Comision de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estan directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, de conformidad con el articulo 23º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que el Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 dias naturales al ano, por ausencia o impedimento temporal, por suspension o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Cumple funciones de coordinacion y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Percibe la remuneracion correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas; Que, mediante Oficio Nº 1002-2008-GRA/PR, de fecha 22 de setiembre del presente ano, el Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, solicita autorizacion al Consejo Regional de Amazonas para asistir a la Pasantia a realizarse en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA ­ Espana, el mismo que se llevara a cabo durante los dias 06 al 10 de octubre del presente, asimismo senala que los pasajes y estadia seran asumidos por la Agencia Espanola de cooperacion Internacional, por lo que no irrogara gasto alguno al Gobierno Regional de Amazonas; Que, mediante Oficio Nº 1622-2008-PCM/SD de fecha 22 de agosto del 2008, emitida por el Secretario de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el cual hace la invitacion al Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, manifestando que en el MORDAZA del Programa de descentralizacion y Reforma del Estado de la Republica del Peru ­ PRODER PERU, bajo el MORDAZA de la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional ­ AECID, tiene programado realizar una pasantia en Espana entre los dias 06 al 10 de octubre del 2008, con la finalidad de reconocer las experiencias validadas y exitosas en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion espanol en los siguientes temas: · Gestion de Inversion Publica y Privada · Promocion de la Competitividad y Desarrollo Economico · Estrategias y mecanismos de Articulacion Intergubernamental y · Aplicacion del Enfoque de Desarrollo Territorial; Que, de conformidad con lo establecido con el Articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013; los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Extraordinaria desarrollada en la sala de sesiones del Gobierno Regional de Amazonas,

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Autorizan viaje de Presidente del Gobierno Regional para participar en pasantia que se realizara en Espana
ACUERDO REGIONAL Nº 025-2008-GRA/CR Chachapoyas, 23 de setiembre del 2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.