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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (03/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de octubre de 2008 380857 Ordenanza, objeto de la rati fi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la documentación sustentatoria, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe N° 004-082-000000844, que procede la rati fi cación de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria - SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 195-2008-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ:Artículo Primero.- Rati fi car la Ordenanza N° 311- MDMM, modi fi cada por la Ordenanza N° 360-MDMM; y la Ordenanza N° 320-MDMM, modi fi cada por la Ordenanza N° 361-MDMM, que aprueba los derechos de trámites por los procedimientos administrativos y la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, excepto el Procedimiento 6.01 denominado “inspección técnica de paraderos” del Departamento de Obras Públicas y Transporte; y Procedimiento 6.07 a), b) y c) denominado “inspección ocular para control de obra en el área de usos público” del Departamento de Obras Públicas y Transporte. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación de la Ordenanza N° 360-MDMM con su respectivo Anexo, así como el Anexo de la Ordenanza N° 361; anexos que contienen los listados de los derechos de trámites por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 259096-1 Aprueban Reglamento de Uso, Circulación y Operación de la Av. Almirante Miguel Grau RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 608-2008-MML-GTU Lima, 15 de agosto de 2008VISTO: El Informe N° 048-2006-MML/GTU-SETT-DITE-YJCA de fecha 03 de diciembre, el Memorando N° 840-06-MML/GTU-SETT, de fecha 31 de agosto del 2006, el Informe N° 041-2007-MML/GTU-SETT-YJCA de fecha 04 de mayo del 2007; Informe N° 376-2008-MML/GTU-SETT de fecha 22 de mayo del 2008 de fecha 22 de mayo del 2008 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; la Carta N° 182-2007-EMAPE-GG de fecha 02 de abril del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 97º de la Ordenanza Nº 812º MML, establece: “La Gerencia de Transporte Urbano, es el órgano de línea responsable de formular, evaluar, conducir, supervisar los procesos de regulación de transporte regular y no regular, de tránsito y uso especial de las vías en el ámbito de la provincia de Lima, dentro del marco de los dispositivos legales aplicables”; Que, mediante el artículo segundo de la Resolución de Alcaldía N° 1402 de fecha 11 de octubre del 2006 se resuelve entre otros, encargar a la Gerencia de Transporte Urbano, el correcto funcionamiento del tránsito público, particular y peatonal, y otras tareas que por razón de sus funciones le corresponda dentro de la Vía Expresa Almirante Miguel Grau; Que, el artículo 16° numeral 16.2 establece que el acto administrativo que otorga bene fi cio al administrado se entiende e fi caz desde la fecha de su emisión salvo disposición diferente en el mismo acto, sin embargo el artículo 23°, numeral 23.1, ítem 23.1.1, señala que la autoridad administrativa procederá a publicar los actos administrativos de su competencia cuando éstos se traten de disposiciones de alcance general, como es el caso del Reglamento de Uso, Circulación y Operación de la Av. Almirante Miguel Grau; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Reglamento de Uso, Circulación y Operación de la Av. Almirante Miguel Grau, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución de Alcaldía N° 1402, a fi n de preservar la correcta y segura operación y circulación de todos los vehículos que se desplazan en esa vía, así como contribuir a elevar el nivel de calidad de vida de las personas que viven y transitan en las zonas aledañas, contribuyendo a la reducción y control de niveles de emisión de gases contaminantes de los vehículos, preservando la tranquilidad y la integridad física de los peatones y conductores; De conformidad con los artículos 16° y 23° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, y la Ordenanza N° 812 – Reglamento de Organización y Funciones; y la Resolución de Alcaldía N° 1402, y los informes técnicos emitidos por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Uso, Circulación y Operación de la Av. Almirante Miguel Grau, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa, el mismo que consta de 16 artículos y ocho disposiciones fi nales. Artículo 2°.- Encárguese a todas las Subgerencias que integran la Gerencia de Transporte Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en el citado Reglamento. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS FELIX ALVAREZ ESQUIVEL GerenteGerencia de Transporte Urbano REGLAMENTO DE USO, CIRCULACIÓN Y OPERACIÓN DE LA AVENIDA ALMIRANTE MIGUEL GRAU TÍTULO I: BASE LEGAL 1. Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Ley N° 27181 – Ley de Transporte y Tránsito Terrestre. 3. Ordenanza Metropolitana N° 131 – Ordenanza Marco del Transporte Terrestre en la Provincia de Lima. 4. Ordenanza Metropolitana N° 132 – Ordenanza Marco del Tránsito en la Provincia de Lima. 5. Ordenanza N° 196 – Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano.