TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de octubre de 2008 381226 Estado, por tanto procedería la misma en vía de exoneración bajo la causal de servicios que no admiten sustitutos; Que, con la Resolución Directoral N° 592-2008-EF/43.01 se aprobó la modi ¿ cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas, para el Ejercicio Fiscal correspondiente al año 2008, incluyendo el proceso de selección de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, para tal efecto, la O ¿ cina Financiera de la O ¿ cina General de Administración, mediante el Memorando Nº 1165-2008-EF/43.60 informa que se cuenta con la certi ¿ cación del crédito presupuestario para efectuar la contratación del mencionado servicio; Que, el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modi¿ catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas que brinda la empresa Telefónica del Perú S.A.A., como servicios que no admiten sustitutos de conformidad con el inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modi ¿ catorias. Artículo 2°.- Exonerar al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas que brindará la empresa Telefónica del Perú S.A.A. Artículo 3°.- La contratación a la que se re ¿ eren los artículos precedentes será por un período de doce (12) meses y hasta por el importe de Ciento Ochenta y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Ocho y 92/100 Nuevos Soles (S/. 184 768,92), incluido los impuestos de Ley, siendo dicha contratación con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Administración General del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas. La realización de las acciones inmediatas correspondientes estará a cargo de un Comité Especial que seguirá el procedimiento dispuesto por el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modi ¿ catorias. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, así como el Memorando Nº 723-2008-EF/42.01 de la O ¿ cina General de Informática y Estadística y los Informes N°s. 261-2008-EF/43.50 y 2046-2008-EF/60.01, de la O ¿ cina General de Administración y de la O ¿ cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, serán remitidos a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer, que la O ¿ cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la O ¿ cina General de Administración remita la información de la presente Resolución Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 262296-2 Aprueban Nuevo Reglamento Operativo del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 581-2008-EF/15 Lima, 7 de octubre de 2008VISTA: La Carta Nº CF-07803-2007/DO, de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, proponiendo la aprobación de un nuevo Reglamento Operativo del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE la misma que ha sido complementada mediante las Cartas CF–00195–2008/DO, CF–04567–2008/DO, CF–05411–2008/DO, CF–06646–2008/DO y CF–07963–2008/DO; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley de Fortalecimiento del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, Ley Nº 28368, se modi ¿ có el Fondo de Respaldo destinado a la ejecución de un Programa de A¿ anzamiento para la Pequeña y Microempresa, el mismo que fuera creado por el Decreto de Urgencia Nº 056-96, a efectos de cumplir con lo establecido por la Ley Nº 28015 y sus normas modi¿ catorias, reglamentarias y complementarias. Que, las modi ¿ caciones dispuestas por la Ley Nº 28368 tienen por objeto consolidar y fortalecer un fondo de a¿ anzamiento y aseguramiento constituido en el Ministerio de Economía y Finanzas con la nueva denominación de Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, destinado a la ejecución de programas de garantía y seguros a favor de la micro y pequeña empresa, dotándolo con recursos por aproximadamente US$ 50’000,000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos); Que, mediante el Artículo 3° de la Ley Nº 28368, se autoriza a la Dirección Nacional del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir, en representación de dicha entidad, el correspondiente Contrato de Fideicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) para la administración del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, el mismo que fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 412-2005-EF/15; Que, el Artículo 2° de la mencionada Resolución Ministerial, aprueba el Reglamento Operativo del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, que tiene por objeto establecer los términos y condiciones bajo los cuales se regirá dicho Fondo; Que, en virtud al Artículo 6° y siguientes del Reglamento Operativo, se aprueba el Programa de Cobertura Múltiple MYPE - COBMYPE, que se otorga con cargo a los recursos del Fondo, para brindar cobertura a las garantías y/o seguros que las entidades operadoras otorguen a favor de las instituciones ¿ nancieras intermediarias en respaldo de los bene ¿ ciarios ¿ nales; Que, con el propósito de dinamizar el uso del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, en especial del Programa de Cobertura Múltiple MYPE – COBMYPE, a efectos de facilitar el acceso directo de las MYPES a los programas de cobertura que otorga el fondo, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento Operativo del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley Nº 28368, Ley de Fortalecimiento del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE y en la Resolución Ministerial Nº 412-2005-EF/15, que aprueba el Contrato de Fideicomiso suscrito con COFIDE para la administración del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE y el Reglamento Operativo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Apruébese el nuevo Reglamento Operativo del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, que consta de seis (6) Títulos, treinta y ocho (38) Artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias y Transitorias, el mismo que forma parte de la presente Resolución Ministerial como Anexo. Artículo 2°.- Déjese sin efecto el Reglamento Operativo del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 412-2005-EF/15. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas REGLAMENTO OPERATIVO FONDO MÚLTIPLE DE COBERTURA MYPE TÍTULO I PROPÓSITOS Y DEFINICIONES Artículo 1°.- Propósito del Reglamento El presente Reglamento Operativo tiene por objeto, establecer los términos y condiciones mediante los cuales se regirá el Fondo Múltiple de cobertura MYPE.