Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2008 (14/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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El Peruano MORDAZA, martes 14 de octubre de 2008

detallada en el ANEXO N° 11 R. El plazo es dentro de los 20 dias calendario de finalizado cada trimestre. d) Reporte Informe Consolidado En aplicacion del numeral 8.1.2 la NTCSER, las empresas generadoras y trasmisoras deben incluir en el Informe Consolidado de Calidad del Suministro, requerido por el numeral 5.2.5 d) de la BM, la evaluacion de la calidad de los suministros o puntos de red donde se aplica la NTCSER. Para el caso de las empresas distribuidoras, dentro de los 20 primeros dias calendario de finalizado el semestre de control, las concesionarias deben entregar al OSINERGMIN, en forma impresa, el Informe Consolidado del Control de la Calidad del Suministro en Zonas Rurales. El informe debe contener lo siguiente: · Resumen de las interrupciones acontecidas en el semestre de acuerdo, al siguiente formato:
Suministros MT Sistema Electrico Rural NIC DIC Cantidad Suministros NIC Suministros BT DIC Cantidad Suministros

Adicionalmente al informe impreso, las empresas concesionarias remiten, Via SIRVAN y en archivo Excel, las tablas requeridas en el presente numeral. 5.3 CALIDAD DEL SERVICIO COMERCIAL.

5.3.1 Trato al cliente. La concesionaria de distribucion remite informacion, a fin de que OSINERGMIN evalue el cumplimento de los tiempos de atencion. a) Informacion sobre reclamos y pedidos de los usuarios Dentro de los 20 dias calendario posteriores a la finalizacion de cada mes evaluado, el Distribuidor presenta al OSINERGMIN, via el SIRVAN, un reporte mensual en hoja Excel, sobre Estadistica de Reclamos y Pedidos (pedidos, solicitudes y otros que no son reclamos) por cada oficina de atencion comercial a la que atienden, segun se detalla en el ANEXO N° 12 de la BM. La empresa debe permitir, via su pagina WEB, acceder a la base de datos de reclamos (actualizacion en linea) de acuerdo con el formato del ANEXO N° 17 de la BM. Se debe tener acceso a la base de datos de por lo menos los ultimos 6 meses. b) Informacion sobre atencion de solicitudes de nuevos suministros o ampliacion de potencia contratada, reconexiones y opciones tarifarias Dentro de los 20 dias calendario posteriores a la finalizacion de cada semestre evaluado, el Distribuidor presenta al OSINERGMIN, via el SIRVAN, en hoja Excel el "Resumen Semestral de Calidad del Servicio Comercial" donde debe constar la cantidad de solicitudes sobre nuevos suministros, cambios de opcion tarifaria, reconexiones y tiempos de atencion, complementado con informacion adicional de oficinas de atencion, libros de observaciones, reparto de facturas y precision de medida, de acuerdo al formato que se detalla en el ANEXO N° 12A de la BM. La empresa debe permitir, via su pagina WEB, acceder a la base de datos de solicitudes de los Clientes (actualizacion en linea) de acuerdo con el formato del ANEXO N° 17 de la BM. Se debe tener acceso a la base de datos de por lo menos los ultimos 6 meses. c) Reporte de casos donde se exceden tolerancias. Dentro de los 20 dias calendario posteriores a la finalizacion de cada semestre evaluado, el Distribuidor reporta, via el SIRVAN, los registros informaticos que se detallan a continuacion y que se refieren solo a los casos que excedieron los plazos establecidos en la NTCSER, para la atencion de solicitudes de los siguientes aspectos: · Nuevas conexiones o ampliacion de la potencia Contratada Una tabla informatica, de acuerdo con la estructura de datos que se detalla en el ANEXO N° 13R, con informacion de las solicitudes de Nuevos Suministros o Ampliacion de la Potencia Contratada, que excedieron los plazos maximos de atencion que se precisan en el numeral 6.1.3 a) de la NTCSER. · Reconexiones Se aplicara lo dispuesto por el "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de las normas sobre corte y reconexion del servicio publico de electricidad", aprobado mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 161-2005OS/CD, o el que lo sustituya. · Opciones tarifarias

· La relacion de las interrupciones que no fueron considerados en el calculo de indicadores por estar asociadas a solicitudes de fuerza mayor, exoneraciones por expansion o reforzamiento de redes de transmision u otra exoneracion contemplada en la normativa vigente:
Codigo Interrupcion Motivo N° Expediente o Documento OSINERGMIN (1)

Nota (1): Aplicable solo a los casos de fuerza mayor o exoneracion por expansion o reforzamiento de redes. Donde : Codigo Interrupcion : Codigo con el cual fue registrado en el ANEXO N° 9. Motivo : Razon de la exoneracion. N° Expediente o Documento: N° de Expediente de OSINERGMIN asociado a la solicitud de fuerza mayor o exoneracion por expansion o reforzamiento. Cuando no exista numero de expediente, se debe indicar el codigo de registro de OSINERGMIN del documento con el cual se inicio la solicitud. · Un resumen de las compensaciones a ser transferidos a OSINERGMIN bajo el siguiente formato:
Sistema Electrico Rural Compensaciones US $ BT MT

· Un resumen de las compensaciones a ser transferidas a los suministros bajo el siguiente formato: Por interrupciones originadas fuera de la SER:
Sistema Electrico Rural Compensaciones por NTCSE US $ BT MT AT/MAT BT Compensaciones por LCE US $ MT AT/MAT

Por aplicacion de la decimo tercera disposicion final del al NTCSE:
Sistema Electrico Rural Compensaciones por NTCSE US $ BT MT AT/MAT BT Compensaciones por LCE US $ MT AT/MAT

Una tabla informatica, segun estructura de datos que se detalla en el ANEXO N° 15R de la BM NTCSE, de todas las solicitudes que excedieron los plazos maximos de atencion, senalados en el numeral 6.1.3 c) de la NTCSER por "cambio de opcion tarifaria". · Reclamos por Errores de medicion/facturacion y Otros relacionados El Suministrador debe mantener un registro informatico de todos los suministros corregidos por similitud con el error de medicion/facturacion detectado y corregido

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