Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2008 (14/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 14 de octubre de 2008

PROYECTO
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MT/BT (% Alimentador SOT, % Alimentador SUT segun corresponda). Ademas, para el calculo del factor (Ap) se considera que este decrece uniformemente desde el suministro que fue evaluado al ultimo suministro donde se determino que tiene mala calidad. En ese sentido, el mencionado factor para toda la SED se considerara como el promedio del obtenido en el suministro donde se llevo a cabo la medicion y el calculado para el ultimo suministro con mala calidad. Para calculo el factor (Ap) del ultimo suministro con mala calidad, se debe restar o sumar uniformemente una cantidad, a los valores registrados de tension del suministro donde se llevo a cabo la medicion. La cantidad a adicionar o restar es la diferencia de V SO1 o V SU2 respecto a la tension V SOT o V SUT, segun corresponda. Para el calculo de la compensacion total de todos los clientes afectados por mala calidad de tension en una determinada SED MT/BT se suman dos componentes. · Compensacion por sobre tension Se utiliza la formula N° 2 de la NTCSER, pero considerando que:

· A los 20 dias calendario de finalizado cada mes, el reporte de los puntos con mediciones y/o remediciones fuera de tolerancias, segun las Tablas Informaticas cuya estructura se detalla en el ANEXO N°6R y ANEXO N° 7R. · A los 20 dias calendario de finalizado cada semestre, el reporte de compensaciones segun la estructura de las Tablas Informaticas cuya estructura se detalla en el ANEXO N° 8R. El reporte de las compensaciones incluye a todos los suministros MT o SED MT/BT que hayan resultado afectados con mala calidad del servicio electrico detectada mediante las mediciones del semestre recientemente controlado y a todos los suministros MT o SED MT/BT afectados con mala calidad detectada en mediciones de campanas anteriores y que aun no MORDAZA sido superada, ademas de los que corresponda a las repeticiones de mediciones fallidas. c) Reporte Informe Consolidado Dentro de los 20 primeros dias calendario de finalizado el semestre de control, las concesionarias deben entregar al OSINERGMIN, en forma impresa, el Informe consolidado de mediciones para el control de la tension. El informe debe contener los siguientes puntos: · Resumen de las mediciones efectuadas, de acuerdo con el formato de la Tabla 1. · La causa que origino cada una de las mediciones en puntos alternativos. · La causa que origino cada medicion fallida. · Justificacion de cada incumplimiento de los plazos fijados para la ejecucion de mediciones y la remision de informacion al OSINERGMIN. · Montos globales de compensaciones por sistema electrico. · Determinacion de la cantidad de mediciones donde se detecto una mala calidad y se encuentran pendientes de ser levantadas. Incluye la MORDAZA de control y las campanas anteriores. Tabla 1
MORDAZA de Medicion Basicas Descripcion Exigida por NTCSER Programada Ejecutada Exigidas Programada Ejecutada Requerida por Base Metod. Programada Ejecutada Programada Ejecutada Ejecutada Mediciones de Tension BT MT AT y/o MAT

EPj debe corresponder a la energia total suministrada en la SED MT/BT multiplicandolo por el factor % Alimentador SOT. (Ap) El promedio entre el factor ( (Ap) ) que corresponde a los registros de tension del suministro donde se efectuo la medicion y el factor ( (Ap) ) que se calcule al disminuir (V SO1 ­ V SOT) voltios a los registros de tension del suministro mencionado.
· Compensacion por sub tension Se utiliza la formula N° 2 de la NTCSER, pero considerando que:

Epj_ debe corresponder a la energia total suministrada en la SED MT/BT multiplicandolo por el factor % Alimentador SUT. (Ap) El promedio entre el factor ( (Ap) ) que corresponde a los registros de tension del suministro donde se efectuo la medicion y el factor ( (Ap) ) que se calcule al aumentar (V SUT ­ V SU2) voltios a los registros de tension del suministro mencionado.
i) Calculo de compensacion en el semestre donde se levanta la mala calidad. Cuando en un determinado mes del semestre se levanta la mala calidad de tension se debe calcular la compensacion semestral y prorratearlo por el numero de meses donde se mantuvo la mala calidad de tension. j) Trasferencia de montos de compensacion por la Mala Calidad de Tension. Durante los primeros 30 dias calendario de finalizado el semestre de control el suministrador procede a trasferir a OSINERGMIN el monto total de compensaciones por excederse las tolerancias. 5.1.7 Reporte de resultados. a) Reporte de archivos MORDAZA de tension El primer dia habil de cada semana, el suministrador, via el MORDAZA SIRVAN, debe remitir al OSINERGMIN el archivo de la medicion en formato del propio equipo (informacion primaria sin procesar) de las mediciones que concluyeron la semana anterior. Las mediciones que resulten fallidas tambien son remitidas. En caso la medicion no genere archivo fuente se debe informar este hecho. b) Reporte del resultado de mediciones de tension. Para el caso de empresas generadoras en el reporte de resultados requeridos por el numeral 5.1.6 e) de la BM se debe incluir, cuando corresponda, los resultados de los puntos de entrega generador-distribuidor donde se aplica la NTCSER. En el caso de empresas distribuidoras, via el MORDAZA SIRVAN, se debe hacer llegar a OSINERGMIN lo siguiente:

Requeridas por OSINERGMIN Repeticion de mediciones fallidas

Remedicion para levantar Mala calidad Reclamos Total Ejecutadas

En forma adicional al informe consolidado, deben entregar MORDAZA de la planilla de mediciones (Grafico N° 1, ANEXO N° 19 de la BM). d) Actualizacion por Fuerza Mayor En caso una solicitud de calificacion de fuerza mayor se mantenga pendiente hasta despues del respectivo reporte semestral de compensaciones por mala calidad del producto; si se agota la via administrativa declarandose infundada o improcedente, el Suministrador procede a calcular las compensaciones pendientes que correspondan y transferir el monto a OSINERGMIN al mes siguiente (de agotada la via administrativa). Asimismo, debera actualizar trimestralmente el reporte de compensaciones incluyendo los clientes involucrados con estos casos, segun la misma estructura de las Tablas Informaticas especificadas en el ANEXO N° 8R.

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