Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2008 (14/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 14 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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atenta contra), asi como del MORDAZA de eficiencia en las contrataciones publicas; por lo que, corresponde declarar la nulidad del citado MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 57 del referido TUO; Estando a lo dispuesto por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; el Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; el Memorandum Nº 685-2008-SUNARP/GI; el Informe Tecnico Nº 007-2008SUNARP/GI-RBM; con la respectiva visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar la nulidad de la ADS Nº 0092008-ZR-V-ST, retrotrayendo el MORDAZA de seleccion hasta la etapa del requerimiento y subsiguiente estudio de MORDAZA, etapas en las cuales se deberan subsanar las omisiones sobre determinacion de especificaciones tecnicas. Articulo Segundo.- Disponer: 1) que el organo de control institucional realice las acciones correspondientes con la finalidad de identificar las responsabilidades funcionales por la presente declaracion de nulidad; 2) que el organo encargado de la determinacion del valor referencial tenga presente lo dispuesto en la Resolucion Nº 052-2008-SUNARP/GG. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General notifique inmediatamente la presente Resolucion a la MORDAZA Registral Nº V-Sede MORDAZA, la cual debera disponer la publicacion de la presente resolucion en el SEACE y remitir el expediente al respectivo Comite Especial para la continuacion del MORDAZA de seleccion. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

Que, mediante Decreto Supremo Nro. 007-2004-SA, se constituyo la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA) como el mecanismo de coordinacion del MORDAZA, a que se refieren los contratos de donacion de programas suscritos, bajo la rectoria tecnica y funcional del Ministerio de Salud; Que, es de prioridad la creacion de la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud COREMUSA ­ Tacna, ya que considerando el "Perfil Epidemiologico" de nuestro MORDAZA, Tacna, ocupa el tercer lugar en altas Tasas de Incidencia por Tuberculosis y el setimo lugar por incidencia de VIH/SIDA, por ello estas enfermedades transmisibles deben ser consideradas prioridad regional en materia de salud, para la intervencion multisectorial, implementacion y ejecucion de estrategias de promocion, prevencion, control, diagnostico, tratamiento y seguimiento; Que, mediante Oficio Nro. 421-2008-GGR-PR-GOB. REG.TACNA, la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional la aprobacion de la "Creacion de la Coordinadora Multisectorial Regional de Salud para el VIH ­ SIDA y Tuberculosis ­ COREMUSA - TACNA", adjuntando al mismo los informes Nro. 017-2008-FCP-GRDS/GOB.REG. TACNA y Nro. 024-2008-GRDS/GOB. REG.TACNA ambos de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, los informes Nro. 510-2008-ORAJ/G.R.TACNA y Nro. 165-2008-MAHFORAJ-GRT de la Oficina Regional de Asesoria Juridica. Asimismo los Informes Nro. 183-2008-GRPPAT/GOB. REG.TACNA y Nro. 209-2008-GRPPAT/GOB. REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, todos los documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobacion de la propuesta mediante Ordenanza Regional; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el articulo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional, en sesion ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente:

263690-1

ORDENANZA REGIONAL
Articulo Primero.- CREASE la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud ­ COREMUSA TACNA como mecanismo de coordinacion de la Region Tacna; bajo los lineamientos del CONAMUSA, para la cooperacion internacional bilateral y multilateral, sociedad civil y organizaciones de personas directamente afectadas por el VIH ­ SIDA y Tuberculosis. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento de la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud ­ COREMUSA Tacna, que consta de: IV (seis) Titulos, 27 (veintisiete) articulos y 4 (cuatro) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, a folios 7 (siete), que anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que en coordinacion con las demas entidades publicas, implementen la ejecucion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veinticinco de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia treinta de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Crean la Coordinadora Regional Multisectorial de Salud - COREMUSA TACNA y aprueban su Reglamento
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2008-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticinco de setiembre del ano dos mil ocho, en sesion ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 9. g) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que los Gobiernos Regionales son competentes para: "Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, (...), educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley"; Que, el articulo 49 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala: Funciones en Materia de Salud: a) Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y planes sectoriales; b) Formular y ejecutar, concertadamente, el Plan de Desarrollo Regional de Salud;

263608-1

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