NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (12/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de setiembre de 2008 379517 Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; además, señala que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 4 de setiembre de 2000 se suscribió el Convenio de Préstamo PE-P29 (en adelante Convenio de Préstamo) entre el Japan Bank For International Cooperation y la República del Perú hasta por la suma de ¥ 7 636 000 000,00 (Siete Mil Seiscientos Treinta y Seis Millones y 00/100 Yenes Japoneses) para la ejecución, entre otros, del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos”; siendo esta operación de endeudamiento externo aprobada mediante Decreto Supremo Nº 096-2000-EF; Que, el Convenio de Préstamo estableció que la Unidad Ejecutora encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto sería el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP, posteriormente por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, y actualmente por el Programa Agua Para Todos, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA; además, precisó también que la Agencia de Implementación para la ejecución del precitado Proyecto sería las EPS SEDALORETO S.A.; Que, con fecha 11 de junio de 2003 se suscribió el Convenio Marco entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las Municipalidades Distritales de San Juan, Belén, Punchana y la Municipalidad Provincial de Maynas; con el objeto de fi nanciar la contrapartida prevista en el Convenio de Préstamo, acordándose que los referidos Gobiernos Locales asumirían en forma solidaria el 50 % de la contrapartida prevista y el Gobierno Central el 50% restante de la misma; Que, con fecha 19 de noviembre de 2004 se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Maynas y la EPS SEDALORETO S.A.; con el objeto de fi scalizar el cumplimiento de las metas operacionales, comerciales y fi nancieras trazadas a efecto de asegurar la correcta utilización de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo, aprobada por Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, y de los provenientes del fi nanciamiento interno; Que, con fecha 14 de noviembre de 2006, la EPS SEDALORETO S.A. y Constructora Norberto Odebrecht S.A. suscribieron el Contrato de Obra Nº 001-2006/EPS SEDALORETO S.A., para la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos”, por el monto de S/. 112 046 165,50 (Ciento Doce Millones Cuarenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Cinco y 50/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, con Informe Nº 037-2008/VIVIENDA/VMCS/ PAPT/DI/CT PE-P29/ANG de fecha 07 de julio de 2008, el Coordinador Técnico del Proyecto PE-P29 del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para efectuar una transferencia de recursos, en el presente ejercicio fi scal 2008, a favor de la EPS SEDALORETO S.A., hasta por la suma de S/. 5 132 696,00 (Cinco Millones Ciento Treinta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles) para la continuación de la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos” según Contrato de Obra Nº 001-2006/EPS SEDALORETO S.A., en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29; Que, con el Memorándum Nº 2149-2008-VIVIENDA-VMCS- PAPT/DE de fecha 23 de julio de 2008, el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, solicita la aprobación de una transferencia fi nanciera a favor de la EPS SEDALORETO S.A., hasta por el monto de S/. 5 132 696,00 (Cinco Millones Ciento Treinta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles), para la continuación de la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos” según Contrato de Obra Nº 001-2006/EPS SEDALORETO S.A., en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29; Que, mediante Memorándum Nº 1129-2008/VIVIENDA- OGPP de fecha 22 de agosto de 2008, la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través del Informe Nº 270-2008/VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, otorga la disponibilidad presupuestal necesaria para efectuar una transferencia fi nanciera a favor de la EPS SEDALORETO S.A., hasta por la suma de S/. 5 132 696,00 (Cinco Millones Ciento Treinta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1.028027 “Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Iquitos”, para cofi nanciar la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos” en lo referente a las valorizaciones 17 y 18 del Contrato de Obra Nº 001-2006/EPS SEDALORETO S.A.; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A. – EPS SEDALORETO S.A. hasta por la suma de S/. 5 132 696,00 (Cinco Millones Ciento Treinta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para cofi nanciar la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos” en lo referente a las valorizaciones 17 y 18 del Contrato de Obra Nº 001-2006/EPS SEDALORETO S.A., en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29; cuyos desembolsos se efectuarán conforme al cronograma establecido en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para cofi nanciar la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable de la Ciudad de Iquitos” en lo referente a las valorizaciones 17 y 18 del Contrato de Obra Nº 001-2006/EPS SEDALORETO S.A., quedando la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A. – EPS SEDALORETO S.A. prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, Actividad 1.028027 “Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Iquitos” y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos Descargado desde www.elperuano.com.pe