NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (12/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de setiembre de 2008 379531 OSIPTEL en la ciudad del Cusco, por cuanto la titular no ha alcanzado, dentro del plazo legal, la documentación exigida para la fi rma del contrato. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia General remita copia de la presente resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación, así como la correspondiente publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 250184-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban modificaciones al Cuadro para Asignación de Personal - CAP y del Presupuesto Analítico de Personal - PAP 2008 de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 236-2008-SUNARP/SN Lima, 14 de agosto de 2008CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es un Organismo Público Descentralizado del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, dotada de Personería Jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídica, registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, mediante Resolución Suprema Nº 207-2005- SUNARP/SN, se aprobó el Cuadro para Asignación para Personal – CAP, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el cual comprende a trece (13) Zonas Registrales y la Sede Central; Que mediante Resoluciones de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nºs 062-2006- SUNARP/SN y 253-2006-SUNARP/SN y Nº 312-2007- SUNARP/SN, se aprobaron las modifi caciones al Cuadro para Asignación de Personal – CAP, por reordenamiento de cargos, en aplicación a lo establecido por el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Que el artículo 13° del Decreto Supremo N° 043- 2004-PCM, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP, que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP, requiriendo para su aprobación, de la resolución del titular de la Entidad; Que la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo, ha presentado, mediante el Informe N° 173-2008-SUNARP/GPD, la viabilidad de realizar un reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal y modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal, de la Sede Central en lo que respecta al cargo de Jefe de la Ofi cina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas; Que en tal sentido, resulta necesario modifi car el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de la Sede Central, precisando que la modifi cación propuesta será fi nanciada íntegramente con Recursos Directamente Recaudados; Que estando a lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, artículo 6º de la Ley Nº 29208 y literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar a partir del 1 de setiembre de 2008, la modifi cación al Cuadro para Asignación de Personal – CAP, por reordenamiento de cargos, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en lo que respecta al anexo de la Sede Central, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar a partir del 1 de setiembre de 2008, la modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal – PAP 2008 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, aprobado con la presente Resolución sea publicado en el portal electrónico de la SUNARP. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO DELGADO SCHEELJE Superintendente Nacionalde los Registros Públicos (e) 250443-1 Declaran nulidad de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 021-2008-ZR-V-ST RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 268-2008-SUNARP/SN Lima, 11 de setiembre de 2008VISTO el Ofi cio N° 1024-2008-ZR Nº V/JEF y el Informe de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo señalado en el Ofi cio Nº 1024- 2008-ZR Nº V/JEF, el Jefe de la Zona Registral Nº V-Sede Trujillo, solicita que se declare la nulidad de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 021-2008-ZR-V-ST, adquisición de 10 CPUs y 07 Monitores para la ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº V-Sede Trujillo. Tal pretensión se sustenta en el Informe Nº 253-2008-Z.R.Nº V/GAF, según el cual en dicho proceso “se ha incurrido en una imprecisión al momento de elaborar las bases, por lo que solicita se tramite la nulidad del proceso en mención”; Que, de los documentos que obran en el expediente, se advierte que tal imprecisión estaría referido a que las “los términos del requerimiento del área usuaria (…) son muy generales, los mismos que no se ajustan a las necesidades de la institución y que han generado las imprecisiones en las bases administrativas” (Informe Nº 253-2008-Z.R.Nº V/ GAF), lo que podría originar que los bienes que se van adquirir no se ajusten “a las necesidades de la institución” (Informe Nº 001-2008-Z.R. Nº V/AMC Nº 021-2008); Que, todos los órganos, áreas o funcionarios que intervengan en el proceso de contratación (desde el requerimiento hasta la liquidación del contrato, pasando por el proceso de selección), deben sujetar sus conductas estrictamente a los principios y fi nes de las contrataciones públicas, entre ellos, al principio de efi ciencia, según el cual “ Los bienes, servicios o ejecución de obras que se adquieran o contraten deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y entrega y deberán efectuarse en las mejores condiciones en su uso fi nal”; Que, tal principio de efi ciencia se encuentra refl ejado en toda la legislación sobre contrataciones del Estado; en consecuencia, tanto las especifi caciones técnicas (que describen e identifi can el bien) como las bases (factores y criterio de califi cación y evaluación, fundamentalmente), Descargado desde www.elperuano.com.pe