Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

Visto, el Informe Nº 012-2008-AGN/CEPAD-P, de fecha 16 de MORDAZA de 2008, sobre recomendacion de sancion disciplinaria a ex servidor del Archivo General de la Nacion; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural Nº 074-2008AGN/J, de fecha doce de febrero del dos mil ocho, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al ex servidor MORDAZA MORDAZA Acuna, por haber utilizado documentos falsos consistentes en diploma de bachiller en contabilidad y diploma de Contador Publico ambos supuestamente expedidos por la Universidad de San MORDAZA de Porres, con los cuales accedio al cargo de Director General de la Oficina General de Auditoria del Archivo General de la Nacion, percibiendo la remuneracion correspondiente al cargo para el que no reunia las condiciones exigidas, perjudicando economicamente a la institucion, imputandosele haber incurrido en faltas de caracter administrativo disciplinario, tipificadas en el literal a) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, sobre incumplimiento de las normas establecidas, al haber incumplido la obligacion de salvaguardar los intereses del Estado, establecida en el articulo 21º del mencionado Decreto Legislativo y en el literal j) del mencionado articulo, por cometer actos de inmoralidad, al haber elaborado y utilizado documentos falsos para enganar a la entidad, a fin de desempenar un cargo de funcionario publico de confianza para el que no reunia las condiciones necesarias y haberse beneficiado ilicitamente con la percepcion de la remuneracion correspondiente a dicho cargo publico. Igualmente, por haber vulnerado los Principios de probidad y veracidad en la funcion publica, recogidos en los numerales 2 y 5 del articulo 6º de la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, por haber elaborado y presentado documentos falsos para acreditar la culminacion exitosa de estudios profesionales y la obtencion de un titulo profesional que no tenia; con el agravante de haberse desempenado como Director General de Auditoria, es decir, encontrandose a cargo del control de la gestion institucional; Que, mediante expediente Nº 802161, el citado ex servidor presento su descargo de ley, no desvirtuando el carecer del grado academico de bachiller en contabilidad y del titulo de Contador Publico ni que los documentos que presentara en su oportunidad fueran falsificados, sino formulando excepcion de prescripcion al MORDAZA del articulo 233.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante el documento de visto, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios emitio su pronunciamiento final opinando que no es de aplicacion el articulo 233.1 de la Ley N° 27444 toda vez que al ex servidor no se le imputa ninguna falta administrativa contemplada en los articulos 239º y 240º de la indicada ley, por lo que debe declararse improcedente la prescripcion extintiva interpuesta, recomendado se imponga al citado ex servidor la sancion disciplinaria de DESTITUCION, al haber quedado fehacientemente probadas las faltas graves de caracter administrativo disciplinario senaladas, y ademas, conforme a lo dispuesto en los articulos 9º, inciso c) y 12º del Decreto Supremo N° 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Administrativa al no estar el infractor desempenando Funcion Publica, se le imponga una MULTA; Que de la evaluacion efectuada por este Despacho de la documentacion del caso y del informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos se verifica que el ex servidor MORDAZA MORDAZA Acuna accedio a un cargo para el que carecia de los merecimientos academicos y, evidentemente, de los meritos eticos, haciendo uso de documentos publicos falsificados como eran el diploma de bachiller en Contabilidad y el diploma del titulo profesional de Contador Publico, hechos no desvirtuados por este al momento de ejercer su derecho de defensa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA

Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en la Ley Nº 26488 que la modifica, en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Ley N° 27815 ­ Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y su Reglamento, el Decreto Supremo N° 033-2005-PCM, en la Resolucion Ministerial Nº 197-93-JUS ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Archivo General de la Nacion, y en la R.J. Nº 019-2003-AGN/J; Con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina de Personal; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Imponer la sancion disciplinaria de DESTITUCION a don MORDAZA MORDAZA Acuna, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, al haber incurrido en infraccion de los literales a) y j) del articulo 28º del Decreto Legislativo N° 276. Articulo Segundo.- Imponer adicionalmente la sancion disciplinaria de MULTA al mencionado ex servidor, conforme a lo establecido en el articulo 12º del Decreto Supremo N° 033-2005-PCM, ascendente a la suma equivalente a dos Unidades Impositivas Tributarias. Articulo Tercero.- El ex servidor destituido queda inhabilitado para desempenarse en la Administracion Publica bajo cualquier forma o modalidad, en un periodo no menor de cinco (05) anos. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al interesado para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CANOVA MORDAZA Director General Oficina Tecnica Administrativa 249922-1

Aprueban Directiva "Normas para la formulacion y aprobacion del Plan Anual de Trabajo del Organo de Administracion de Archivos de las Entidades de la Administracion Publica"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 346-2008-AGN/J MORDAZA, 3 de setiembre de 2008 Visto, el proyecto de Directiva Nº 03-2008-AGN/ DNDAAI propuesta por la Direccion Nacional de Desarrollo Archivistico y Archivo Intermedio, denominada "Normas para la Formulacion y Aprobacion del Plan Anual de Trabajo del Organo de Administracion de Archivos de las entidades de la Administracion Publica" en base a los documentos elaborados por la Direccion de Normas Archivisticas; CONSIDERANDO: Que de conformidad, con lo dispuesto en el articulo 36º del Decreto Ley No 25993, Ley Organica del Sector Justicia, el Archivo General de la Nacion, es el organismo publico descentralizado integrante del Sector Justicia, rector del Sistema Nacional de Archivos, encargado de normar, administrar y velar por la defensa, conservacion, incremento y servicio del Patrimonio Documental de la Nacion, gozando de autonomia tecnica administrativa en dicha labor; Que mediante la Ley Nro 25323, se creo el Sistema Nacional de Archivos, con la finalidad de integrar estructural, normativa y funcionalmente los Archivos de las entidades publicas existentes en el ambito nacional, mediante la aplicacion de principios, normas, tecnicas y metodos de archivo, garantizando con ello la Defensa, Conservacion, Organizacion y Servicio del Patrimonio Documental de la Nacion;

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