Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

Visto, en la sesion Ordinaria de la fecha , el Informe Nº 0147-MDSJM-RR.CC-08 de la Sub Gerencia de Registros Civiles remitido a la Secretaria General; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendoles a los Concejos Municipales, las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la cual ejercen mediante Ordenanzas; Que, conforme lo dispone el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores promover la regularizacion de la situacion de aquellas parejas que encontrandose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos economicos para formalizarlo; Que, dentro del distrito existen numerosos hogares formados de hecho que por lo senalado en el considerando anterior no pueden regularizar su situacion; Que, asi mismo el Articulo 73º y 84º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 ­ Materias de competencia municipal establecen en materia de programas sociales, de defensa y promocion de los derechos de los ninos, adolescentes, mujeres y adultos mayores promoviendo la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 9 incisos 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades y el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, con la aprobacion UNANIME de los senores regidores ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- AUTORIZAR la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2008 para el Sabado 15 de noviembre del 2008, para lo cual las inscripciones se realizaran desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 12 de noviembre del 2008 en la Unidad de Registros Civiles ubicada en el 2º Piso del Palacio Municipal. Articulo 2º.- Apliquese una exoneracion por concepto de Pliego matrimonial senalado en el MORDAZA vigente de la Municipalidad para quienes quieran contraer matrimonio Civil en la fecha senalada en el articulo precedente. Articulo 3º.- CONSIDERESE como requisitos para aquellas personas que desean acogerse a este beneficio lo siguiente: · Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes. · MORDAZA simple del documento de identidad de ambos. · MORDAZA simple del documento de identidad de dos testigos. · Pago del Pliego Matrimonial: S/. 80.00 Nuevos Soles · Examen Medico Pre ­ Nupcial, que realizara el area de Servicios a la Salud: S/. 20.00 Nuevos Soles PARA CONVIVIENTES: · Partida de Nacimiento de uno de los hijos (original). EXONERACIONES: · Certificado de Solteria. · Examen pre nupcial siempre y cuando tengan descendentes. Articulo 4º.- DISPENSAR la publicacion de los Edictos Matrimoniales en base a la facultad que

confiere el articulo 252º del Codigo Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de los demas documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, debiendo la Unidad de Registros Civiles proceder a la publicidad en el periodico mural del Edictos Matrimoniales. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, la Unidad de Registro Civil y demas areas involucradas el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Oficina de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Informatica la difusion oportuna de la presente Disposicion. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: registrese, comuniquese, publiquese y

Mando cumplase.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 249919-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2008-MDSMP San MORDAZA de Porres, 9 de setiembre del 2008 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES: POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 09.SETIEMBRE.2008 bajo la presidencia del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el quorum reglamentario de los senores Regidores, se trato sobre declaratoria de situacion de desabastecimiento inminente para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de la fecha, se debatio el proyecto de Acuerdo que declara la situacion de desabastecimiento inminente para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche del distrito de San MORDAZA de Porres; situacion que se ha creado, segun da cuenta el Informe Nº 819-SGLYSG-GAF/MDSMP del Subgerente de Logistica y Servicios Generales, por la imposibilidad de realizar un contrato complementario, toda vez que el contratista no esta dispuesto a suscribirlo bajo el mismo precio y condiciones contractuales que contiene el contrato principal; habiendose reunido para ello el Comite de Administracion que acordo - segun el Memorandum Nº 303-2008-GM-SGRA-MDSMP de la Subgerencia de Recursos Alimentarios - la eleccion del producto de Leche Evaporada Modificada para el abastecimiento mediante un MORDAZA de exoneracion; Que, fundamenta el Subgerente de Logistica y Servicios Generales, dicha modificacion se sustenta en la variacion del precio de Leche Evaporada Entera de 410 gramos cotizada por la empresa contratista NIISA CORPORATION S.A. a un precio de S/.2.25 Nuevos Soles el tarro, imposibilitando asi la suscripcion de un contrato complementario;

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