Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

2007-CDU-MDSM de la Comision de Desarrollo MORDAZA, el Concejo Municipal con el MORDAZA UNANIME de sus miembros y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA DE ADECUACION A LA LEY MORDAZA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Articulo Primero.- Aprobar la Regulacion de los Procedimientos de Licencia y Autorizaciones de Funcionamiento en el distrito de San MORDAZA, que consta de cuatro (04) titulos, cincuenta y uno (51) articulos, que forman parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Modificar el contenido de los articulos 56º literal j) y 72º literal e) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobado mediante ordenanza Nº 28-MDSM, por los siguientes textos sustitutorios: "Articulo 56º j): Programar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar los procesos para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento permanentes y temporales, licencias especiales de funcionamiento, autorizaciones temporales de funcionamiento, autorizaciones conjuntas de licencia de funcionamiento e instalacion de anuncios simples adosados a fachada o toldos". "Articulo 72º literal e) Otorgar autorizaciones de colocacion de anuncios y publicidad, de acuerdo a la normatividad vigente, a excepcion de las autorizaciones de anuncios simples adosados a fachada o toldos, que se emitan en forma conjunta con la licencia de funcionamiento". Queda eliminado el literal g) del articulo 58º Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Policia Municipal y Control de la MORDAZA que en un plazo no mayor de diez dias calendario presente la propuesta de modificacion del Reglamento de Aplicacion de Sanciones y el Cuadro Unico de Infraccion y Sanciones, que genere la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, que en un plazo no mayor de treinta dias calendario, presenten informe a la Gerencia Municipal definiendo los giros afines o complementarios entre si, para su aprobacion a traves de ordenanza municipal. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a todas las areas competentes, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Sexto.- Deroguese toda disposicion que contravenga la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA REGULACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LICENCIA Y AUTORIZACIONES DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo 1°.- FINALIDAD Y ALCANCES La presente ordenanza tiene como finalidad regular los aspectos tecnicos y administrativos de los procedimientos para la obtencion de la licencia y autorizaciones de funcionamiento para el desarrollo de actividades economicas; industriales, comerciales, de servicios, lucrativas y no lucrativas, en sus distintas modalidades.

Igualmente se encuentran comprendidos, aspectos concernientes a la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil que forman parte del procedimiento para la obtencion de licencias de funcionamiento. Articulo 2°.- OBJETIVO Constituyen objetivos que orientan el presente cuerpo normativo:

a. Promover la formalizacion de las empresas en el distrito de San Miguel; b. Promover el desarrollo empresarial de las actividades economicas de indole comercial, industrial o de servicios en el distrito de San Miguel; c. Flexibilizar, simplificar, dotar de transparencia y celeridad a los procedimientos que son objeto de regulacion en la presente Ordenanza; d. Mejorar la calidad de los servicios administrativos municipales, prestados en beneficio de los agentes economicos y de la comunidad en su conjunto; y, e. Fomentar el desarrollo de una cultura de prevencion en el distrito, mediante el cumplimiento real y oportuno de las normas de Seguridad en Defensa Civil, a fin de proteger la seguridad fisica y patrimonio de la poblacion, conforme a lo establecido por el Decreto Ley Nº 19338, Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil. Articulo 3°.- AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza rige en el ambito jurisdiccional del distrito de San Miguel. CAPITULO II DEFINICIONES Y CLASIFICACIONES Articulo 4°.- DEFINICIONES Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicacion de la presente ordenanza, considerense las siguientes definiciones:

a. Anuncio Simple adosado a fachada.- Texto leyenda y/o forma de representacion visual que transmite un mensaje publicitario. Su colocacion es unicamente en la fachada del establecimiento y/o galeria comercial. Sus especificaciones tecnicas se detallan en el articulo 36° de la presente ordenanza b. Cese de actividades.- Procedimiento municipal mediante el cual el titular de una licencia de funcionamiento expresa su voluntad de no continuar desarrollando la actividad economica, en el establecimiento para el cual solicito la mencionada licencia. c. Cesionario.- Persona natural o juridica a la cual un particular otorga la potestad de utilizar parte de un establecimiento que cuenta con licencia de funcionamiento para desarrollar una actividad economica en forma simultanea. d. Compatibilidad de Uso.- Evaluacion que realiza la unidad municipal competente con el fin de verificar si el MORDAZA de actividad economica a desarrollarse en un establecimiento resulta o no compatible con la categorizacion del espacio geografico establecido en la bonificacion vigente. e. Declaratoria de Fabrica.- Es el reconocimiento legal de la existencia de cualquier MORDAZA de obra sujeta a los reglamentos vigentes. Se realiza mediante una declaracion del propietario que cumple las formalidades y tramite establecidos por la Ley. f. Espacio Urbano.- Espacio que contiene la poblacion nucleada, donde prevalece como uso de suelo, el soporte de construcciones de viviendas, industria, comercio, actividades culturales, infraestructura de servicios, incluyendo espacios destinados a la circulacion y al esparcimiento, entre otros. g. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad.- Formato unico elaborado por el INDECI, con especificaciones tecnicas en el cual el administrado confirma que cuenta con las condiciones de seguridad en Defensa Civil ahi consignadas. Su MORDAZA es requisito para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento de los establecimientos de categoria A consignados en el articulo 18° de la presente ordenanza.

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