NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (18/09/2008)
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TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de setiembre de 2008 379913 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican Art. 3º de la Ordenanza Nº 228-MSI que aprobó la Creación de la Comisión Ambiental Municipal ORDENANZA Nº 241-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO;EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO:Visto en Sesión Ordinaria de fecha 20 de agosto de 2008, los Dictámenes Nº 046-2008-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Nº 008-2008-CDS/MSI de la Comisión de Desarrollo Social; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 228-MSI, publicada el 31 de enero del año 2008, se aprobó la creación de la Comisión Ambiental Municipal de San Isidro; Que, resulta conveniente realizar modifi caciones en la norma citada en el párrafo precedente, con el objeto de adecuarla a las reales necesidades y expectativas de la Comisión Ambiental Municipal de San Isidro – CAM San Isidro; Que, por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, incisos 8) y 40) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3º DE LA ORDENANZA Nº 228-MSI QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 3°, de la Ordenanza Nº 228-MSI, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3º.- La Comisión Ambiental Municipal del distrito de San Isidro está conformada por representantes de los siguientes sectores: 1. Municipalidad de San Isidro, quien la presidirá. 2. Junta Vecinal.3. Sector Empresarial.4. Sector Comercial.5. Organismos No Gubernamentales.6. Universidades ubicadas en el distrito de San Isidro.7. Institutos ubicados en el distrito de San Isidro.8. Colegios Públicos y Privados ubicados en el distrito de San Isidro. 9. Consultoras Ambientales ubicadas en el distrito de San Isidro. 10. Jóvenes que residan en el distrito de San Isidro.11. Sector Público. Los representantes de los organismos antes citados serán elegidos por el área municipal con mayor conocimiento en el tema de gestión ambiental. Los cargos de representantes y el delegado representante ante la Municipalidad de San Isidro serán renovados cada año, con posibilidad de ser reelegidos.” Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil ocho. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 252456-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JOSE DE LOS MOLINOS Exoneran de proceso de selección la elaboración, ejecución y supervisión de proyecto de rehabilitación y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado y del tratamiento de aguas servidas RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 159-2008-MDSJM/A San José de los Molinos, 10 de Setiembre del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LOS MOLINOS. VISTO:En Sesión Consejo de fecha 10 de Setiembre del 2008, el Informe Técnico Nº 0012-JAMT-2008, y el Informe Legal Nº. 001-2008-MDSJM/ de fecha 04 de setiembre del Asesor Externo, sobre la Exoneración del Proceso de Selección para la ejecución de la obra “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE LAS AGUAS SERVIDAS DEL DISTRITO DE SAN JOSÉ DE LOS MOLINOS Y SUS ANEXOS”. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680; y el II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a lo establecido en el artículo 39, concordante 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referida a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, según Informe Técnico Nº 0012-JAMT-2008. De fecha 05 de setiembre del 2008, emite su opinión de la urgente necesidad de ejecutar la obra denominada ”REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE LAS AGUAS SERVIDAS DEL DISTRITO DE SAN JOSÉ DE LOS MOLINOS Y SUS ANEXOS” debido a que se encuentra colapsados por las fuertes vibraciones y ondas del sismo ocurrido el 15 de Agosto del 2007, las mismas que se pueden verifi car con la inspección y evaluación de la infraestructura del citado servicio inspección realizada por el Ingeniero José Alejandro Marquez Trinidad, y mediante acuerdo de Consejo sesión del día 17 de Agosto del 2007 se aprobó declarar en estado de Emergencia el Centro Poblado de los Molinos y sus Anexos. Que, la Municipalidad Distrital de los Molinos, actualmente cuenta con la aprobación de la PIP Ficha Técnica del Proyecto de Inversión Publica, del Proyecto ”REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE LAS AGUAS SERVIDAS DEL DISTRITO DE SAN JOSÉ DE LOS MOLINOS Y SUS ANEXOS” aprobado mediante Acuerdo N° 057-08-2008 –D-FORSUR, del 20 de Agosto del 2008 por un monto equivalente de S/.8.091,509.16 (Ocho millones noventa y un mil quinientos nueve con 16/100 nuevos soles). Contando Descargado desde www.elperuano.com.pe