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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (18/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de setiembre de 2008 379912 N°SANCIONES % UITMEDIDAS COMPLEMENTARIAS 11-116Por instalar elementos de publicidad exterior en áreas de dominio público.1 UIT RETIRO 11-117Por instalar elementos de publicidad exterior en los inmuebles declarados de valor monumental histórico o artístico, incluyendo fachadas y azoteas.1 UIT RETIRO 11-118Por instalar elementos de publicidad exterior sin autorización que no guarden armonía con el entorno y con la edi fi cación.50%RETIRO 11-119Por instalar elementos de publicidad exterior sin autorización sobre la super fi cie en áreas verdes de los parques, calzada cementos de las vías destinadas a la seguridad de los peatones o vehículos tales como islas, taludes, plazuelas públicas o cualquier otro lugar de descanso, esparcimiento o recreación pasiva y demás instalaciones construidas o diseñadas con ese fi n.1 UITRETIRO 11-120Por instalar elementos de publicidad exterior de proyección o variables.2 UIT RETIRO 11-121Por instalar elementos que anuncien productos que dañen la salud, favorezcan o estimulen cualquier clase de ofensa o discriminación económica, racial, sexual, social, política o religiosa, sin respetar las restricciones establecidas en las normas vigentes.2 UIT RETIRO 11-122Por instalar elementos que anuncien cigarrillos y bebidas alcohólicas, sin respetar las restricciones establecidas en las normas vigentes.2 UIT RETIRO 11-123Por arrojar o entregar publicidad en la vía pública en los casos de volanteo.1 UIT RETIRO 11-124Por almacenar o colocar en la vía pública para su distribución folletos y demás elementos de publicidad o por obstruir la circulación peatonal o vehicular.1 UIT RETIRO 11-125Por no cumplir con las distancias mínimas para la ubicación de publicidad señaladas en el Código Nacional de Electricidad.2 UIT RETIRO 11-126Cuando estén instalados al interior de un establecimiento comercial y son percibidos desde el exterior dentro de la Zona Monumental e inmuebles de valor intangible del distrito.1 UIT RETIRO 11-127Cuando sean luminosos y están instalados dentro de la Zona Monumental o inmuebles de valor intangible del distrito.1 UIT RETIRO 11-128Por instalar elementos publicitarios por encima del segundo piso de las edifi caciones.50% RETIRO 11-129Por instalar elementos publicitarios en la zona de la playa de la Costa Verde en establecimientos no autorizados por el Concejo50% RETIRO 11-130Por colocar vitrinas portátiles en las fachadas que dan hacia la vía pública.25% RETIRO 11-131Por instalar elementos publicitarios exonerados de la obtención de la autorización municipal sin comunicarlo previamente a la municipalidad o sin cumplir las normas técnicas previstas en esta Ordenanza.50% RETIRON°SANCIONES % UITMEDIDAS COMPLEMENTARIAS 11-132Por instalar toldos sin contar con la autorización municipal correspondiente:a) Si se trata sólo de un toldo.b) Si el toldo cuenta con elementos de publicidad exterior.20 % 50 %RETIRO RETIRO 11-133Por realizar campañas de difusión o promoción comercial en áreas comunes o áreas destinadas a circulación peatonal tales como vía pública, centros comerciales, galerías, mercados y a fi nes sin contar con la autorización municipal correspondiente.50% DECOMISO 11-134Por no adecuar el elemento de publicidad exterior autorizado a las normas técnicas señaladas en la presente Ordenanza en el plazo establecido.2 UIT RETIRO 11-135Por tener instalado un elemento de publicidad exterior sin anuncio.2 UIT RETIRO 11-136Por no tramitar el cese del elemento de publicidad exterior.5% 11-137Por publicitar la prestación de bienes o servicios que induzcan a error al público consumidor.25% INDECOPI 11-138Por fi jar paneles, carteles o banderola, pegar a fi ches o dibujar propaganda electoral en ubicaciones no autorizadas.50 % RETIRO 11-139Por no retirar o borrar cada una de las propagandas electorales, dentro del plazo señalado en la presente Ordenanza.50 %RETIRO 11-140Por efectuar pintas, destruir o deteriorar la propaganda electoral colocada por una organización política.50 % 11-141Por colocar propaganda que impida u obstaculice la visión de otra previamente colocada.50 % RETIRO 11-142Por exhibir propaganda política en zonas no permitidas.50 % RETIRO 11-143Por fi jar paneles, carteles o banderolas, pegar a fi ches o dibujar propaganda electoral en propiedad privada sin la autorización del propietario.50 % RETIRO 11-144Por emitir propaganda sonora.50 % 11-145Por no comunicar a la autoridad municipal la ubicación de propaganda electoral.50 % RETIRO 11-146Por instalar elementos de publicidad exterior en retiros municipales o jardines, dentro del limite de propiedad privada diferentes a tótem.50 % RETIRO 11-147Por instalar elementos de publicidad exterior en forma perpendicular a la línea de fachada.50 % RETIRO 11-148Por instalar elementos de publicidad exterior sobresaliendo al paramento al cual están adosados.50 % RETIRO 11-149Por instalar elementos de publicidad exterior cubriendo elementos ornamentales o vanos, puertas, ventanas, balcones de la edifi cación.50 % RETIRO 11-150Por pintar o pegar a fi ches, carteles, etiquetas, etc. en bordes de aceras, postes de alumbrado, etc.50 % RETIRO 11-151Por permitir los voceadores o jaladores en la vía pública, o desde el interior de los locales comerciales hacia la vía pública.50 % 252516-1Descargado desde www.elperuano.com.pe