Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2008 (18/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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CAPITULO IV CLASIFICACIONES

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28. Mobiliario Urbano.- Es el conjunto de instalaciones o elementos que ocupan un espacio publico cuya finalidad es la de atender una necesidad social o prestar un determinado servicio al vecindario. Estaran incluidas tanto las instalaciones y elementos de titularidad publica, explotados directamente o por concesion: paraderos de buses, bancas, cabinas telefonicas, papeleras, buzones, senales, relojes, entre otros. 29. Ornato.- Es el conjunto de elementos arquitectonicos y artisticos que guardan MORDAZA estetica entre si, dentro del espacio urbano; dandole realce, belleza e identidad. 30. Otros Elementos Publicitarios.- Elementos de publicidad exterior innovadores que son producto de la creatividad. 31. Paleta de Comunicacion.- Elemento conformado por una estructura especial que cuenta con dos superficies verticales planas, con o sin soportes, que no exceden los cuatro metros cuadrados (4.00 m2) las cuales se apoyan sobre un elemento vertical. 32. Paramento Exterior o Fachada.- Elemento de cierre que define los limites de la edificacion y la separa del ambiente exterior no techado. 33. Propietario o Titular del Anuncio, Aviso o Elemento Publicitario.- La persona natural o juridica titular del anuncio o aviso publicitario, a nombre de quien se ha emitido la autorizacion municipal de publicidad exterior. 34. Publicidad.- Toda forma de comunicacion realizada por personas naturales o juridicas; publicas o privadas, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, profesional, cultural, politica o de cualquier otra naturaleza. 35. Publicidad Exterior.- Es la actividad que se realiza por medio de anuncios, avisos o elementos publicitarios cuya area de exhibicion es visible desde la via publica o espacios de acceso publico cuyo mensaje publicitario esta dirigido a un publico indeterminado. 36. Retiro Municipal.- Es la distancia minima oficial que debe existir entre el limite de propiedad y el limite de edificacion de acuerdo a las Normas de Zonificacion y Parametros Urbanisticos vigentes. 37. Soporte o Estructura.- Elemento (bastidor, parante, placa, etc.) sobre el cual se sostiene todo elemento de publicidad exterior. 38. Toldo.- Cubierta de lienzo, tela u otro material analogo no rigido que se extiende sobre la via publica o retiro municipal y se sustenta, generalmente, en forma colgante de las fachadas de los inmuebles. 39. Ubicacion del Elemento de Publicidad Exterior.- Se refiere a la instalacion, pegado o adosado del mismo en un bien predeterminado, sea en un elemento fijo o movil. 40. Unidad Movil de Publicidad Exterior.- Es el vehiculo portador de uno o mas anuncios, avisos o elementos publicitarios. Para efectos de la presente Ordenanza estan considerados como unidad movil de publicidad exterior, los vehiculos de transporte publico o privado, tales como de transporte interprovincial e internacional, de servicio turistico, de servicio de grua y MORDAZA mecanico, de transporte de valores, de transporte de carga pesada y mercancias; entendiendose exceptuados los vehiculos que transporten contenedores de carga. 41. Voceador - Jalador.- Persona encargada de anunciar a viva voz las actividades, caracteristicas, promociones o cualquier referencia de un establecimiento comercial, que para dicho fin o no MORDAZA sido contratada. 42. Volanteo.- Reparto de papeles, folletos impresos o productos a titulo gratuito, que se realiza en el interior de un local comercial o en la via publica. 43. MORDAZA Monumental.- Son los sectores del distrito cuya fisonomia es protegida, ya sea porque poseen valor urbanistico en conjunto, poseen valor documental historico o artistico, o en MORDAZA se encuentra un numero apreciable de monumentos o ambientes monumentales, supervisados por el Instituto Nacional de Cultura. 44. MORDAZA Rigida.- MORDAZA dentro de la cual la Municipalidad, prohibe total o parcialmente la ubicacion de todos o de determinada indole de elementos de publicidad exterior, por considerar que su exhibicion afecta el Medio Ambiente o Ambiente MORDAZA del distrito.

Articulo 10°.- Clasificacion de los elementos de publicidad exterior por sus caracteristicas fisicas. 1. Afiche, Poster o Cartel.- Elemento de publicidad exterior temporal impreso en una superficie laminar de papel, carton o material similar, que se ubica sobre la fachada o superficie autorizada. Pudiendose ubicar tambien dentro de MORDAZA luz o backlights. 2. Anuncio Ecologico.- Texto, leyenda o forma de representacion visual que transmite un mensaje publicitario elaborado con elementos organicos o inorganicos, implantados en areas verdes, jardines, taludes o laderas de cerros.. 3. Banderin.- Elemento de publicidad exterior generalmente de forma triangular, de material no rigido. 4. Banderola.- Anuncio impreso en vinilo, tela u otro material analogo no rigido con un area total de dieciseis metros cuadrados (16.00 m2) y dos metros lineales (2.00 m.) de ancho como MORDAZA que se cuelga de cada uno de sus extremos de algun elemento que lo sustenta sobre la fachada o paramento de una edificacion, salvo en las excepciones incluidas en la presente Ordenanza. Solo se autorizara en forma temporal y en las condiciones establecidas en la presente norma. 5. MORDAZA De Luz o Backlight.- MORDAZA de instalacion en la cual el afiche, poster o cartel es MORDAZA desde el interior por una fuente de luz artificial. 6. Cartelera.- Elemento fijo de superficie plana, que se adosa a un paramento con la finalidad de instalar afiches, posters o carteles de propiedad municipal. 7. Elemento de Publicidad Exterior en Poste Propio.Anuncio soportado en estructura anclada al piso que puede contar con uno (1) o dos (2) parantes que sostiene el o los elementos de publicidad exterior. De una (1) o dos (2) caras. Solo se permitira ser ubicado en el area interseccion retiros. 8. Elemento de Publicidad Exterior MORDAZA bandera.Elemento de publicidad exterior de una (1) o dos (2) caras sujeto a la fachada de los inmuebles de forma perpendicular a esta. 9. Elemento de Publicidad Exterior MORDAZA Monumental.- Es el elemento de publicidad exterior que requiere, debido a sus dimensiones y por su exposicion a los vientos o elementos de la naturaleza, de una estructura mas compleja y especial, por lo cual debe ser calculada tecnicamente y construida de acuerdo a las normas del Reglamento Nacional de Edificaciones. Requiere Certificado de Factibilidad. Estan incluidos en esta clasificacion los paneles monumentales, los totem o monolitos, globos aerostaticos, los elementos de publicidad exterior en poste propio, las vallas, etc. 10. Escaparate o Vitrina.- Ventana u hornacina con cierre transparente ubicada en la fachada o paramento de locales comerciales, industriales o de servicios, y que sirve para exponer mercancias o exhibir los elementos de publicidad exterior. 11. Gigantografia.- Anuncio temporal, confeccionado sobre material de vinilo o material no rigido similar, que se caracteriza por su formato de gran extension. Con un area total superior a los dieciseis metros cuadrados (16.00 m2) o mas de dos metros lineales (2.00 m.) de ancho. 12. Globo Aerostatico Anclado.- Elemento cuyo mensaje publicitario se presenta en un material flexible, lleno de un gas ligero incombustible que se eleva y mantiene equilibrio en la atmosfera, el cual debera ser anclado a superficie fija. 13. Letras Recortadas.- Anuncios constituidos por letras, numeros o simbolos independientes entre si, que se adosan una por una a los paramentos del inmueble. 14. Monolito o Totem.- Estructura autoportante anclada al piso que puede contar con uno o dos parantes que sostiene el o los elementos de publicidad exterior. De dos caras. Solo podra ser instalado en el area de interseccion de retiros. 15. Panel Simple.- Elemento de publicidad exterior constituido por superficies rigidas, autoportante o sostenido por parantes simples o adosados a las fachadas o paramentos de los inmuebles. Puede ser de una o dos caras.

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